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25/09/2018

Los pequeños empresarios estarán obligados a llevar los libros fiscales

Los empresarios y profesionales encuadrados en el régimen simplificado del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y aquellos cuya actividad empresarial no tiene carácter mercantil se verán obligados a la llevanza de libros fiscales -el Libro de inventario y Cuentas Anuales y el Diario- para facilitar el control tributario.

Así se establece en el proyecto de real decreto que modifica el Reglamento del IRPF en materia de deducciones en la cuota diferencial por circunstancias familiares, obligación de declarar, pagos a cuenta, rentas vitalicias aseguradas y obligaciones registrales, que ultima el Ministerio de Hacienda.

La norma suprimirá la actual dispensa para llevar estos libros cuando los empresarios lleven la contabilidad ajustada a lo dispuesto en el Código de Comercio sin así exigírselo la regulación del Impuesto.

El Reglamento, que está en periodo de información pública hasta el 28 de septiembre, adapta la norma a las modificaciones incluidas en la Ley IRPF, que se introdujeron en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018.

Por otra parte, se establecen nuevos límites para las retenciones, aplicables a partir de 1 enero de 2019, adaptando su contenido a las nuevas cuantías introducidas en la Ley por la reducción en la obtención de rendimientos del trabajo.

Fuente: Los pequeños empresarios estarán obligados a llevar los libros fiscales

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