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13/03/2025

La Justicia declara abusivo el IRPH en un préstamo hipotecario en Badajoz y condena a La Caixa a devolver lo cobrado en exceso

El magistrado del Juzgado de Primera Instancia 1 de Badajoz, Luis Cáceres Ruiz, ha declarado nula, por abusividad por falta de transparencia, la cláusula de IRPH del préstamo de 150.000 euros a 40 años que La Caixa concedió a un matrimonio.

La Caixa no informó adecuadamente a los demandantes, Fernando Mendoza y María José Gómez, sobre cómo se calculaba el IRPH y su impacto económico. Se ocultó que el índice incluía comisiones y diferenciales aplicados por los bancos, lo que lo hace que el IRPH sea más caro que el Euríbor.

La sentencia número 82/25 de 7 de marzo obliga a La Caixa a devolver las cantidades cobradas indebidamente en aplicación del IRPH con los intereses legales correspondientes. Además deberá recalcular el cuadro de amortización del préstamo desde su origen, eliminando la cláusula declarada abusiva, y abonar las costas.

La estimación de la demanda, interpuesta por el abogado Adrián Rebollo, socio director de ASJ Jurídico y uno de los grandes expertos en este campo, ha sido total.

«Nosotros suscribimos la hipoteca en 2004 con la idea de que el IRPH era más estable que el Euríbor pero a partir de 2013 el IRPH quedó fijo. Pagábamos un 4 y pico por ciento frente al Euríbor, que estaba en el 1 o más bajo. Reclamamos al banco y nos respondió proponiéndonos que suscribiéramos con ellos un seguro de 5.000 euros para bajar 30 euros mensuales la cuota, que era de 715 euros. Nos sentimos engañados y estafados», explica María José Gómez.

Este matrimonio ya ha abonado los 150.000 euros del préstamo suscrito pero todavía le restaría por pagar otros 90.000 euros, con la cláusula anulada. «Todavía no sé cómo va a quedarnos, pero estoy segura que va a ser un gran alivio para una economía familia como la nuestra, con dos hijos», añade.

Lo que viene ahora es un cálculo entre los intereses que han pagado con el IRPH y los que habrían pagado con otro índice de referencia más favorable, como el Euríbor. La Caixa debe devolver las cantidades cobradas de más con intereses.

LA CAIXA NO LES INFORMÓ DE LAS CONSECUENCIAS NEGATIVAS DEL IRPH

Fernando Mendoza y María José Gómez alegaron en el juicio que La Caixa no les informó adecuadamente sobre el impacto del IRPH.

Y así lo ha vio el magistrado Cáceres Ruiz, que ha fundamentado su decisión en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que ha establecido hasta en seis ocasiones en que una cláusula es abusiva si no permite al consumidor comprender sus consecuencias económicas (C-125/18, Gómez del Moral Guasch).

La más reciente, de fecha 12 de diciembre de 2024, establece que, aunque el IRPH sea un índice oficial publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), esto no exime a las entidades bancarias de su obligación de proporcionar información clara y comprensible a los consumidores sobre su funcionamiento y consecuencias económicas.

«La exigencia de que una cláusula contractual debe redactarse de manera clara y comprensible implica que, en el caso de los contratos de préstamo, las instituciones financieras deben facilitar a los prestatarios la información suficiente para que estos puedan tomar decisiones fundadas y prudentes», escribe el magistrado.

Una jurisprudencia que finalmente asumió la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Supremo al asumir que el IRPH era menos ventajoso que otros índices si los bancos no aplicaban el diferencial negativo aconsejado por el Banco de España en su Circular 5/1994, para no encarecer los préstamos.

El diferencial negativo era un mecanismo corrector para el IRPH, un índice que incluye, además de su interés nominal, comisiones y otros gastos inherentes a las hipotecas, lo que no ocurre con el Euríbor.

Las entidades financieras debían haber restado ese diferencial para que el IRPH se igualase con el resto de los índices del mercado y fuera más justo. Cosa que no hicieron. Y tampoco informaron a los consumidores, como Fernando Mendoza y María José Gómez.

«No puede exigirse a un consumidor medio que investigue por sí mismo circulares internas del Banco de España para comprender el alcance real del índice de referencia aplicado en su contrato», dice la sentencia.

La cláusula no fue negociada individualmente y favoreció unicamente a La Caixa, perjudicando al matrimonio. De ahí que el magistrado haya visto con toda claridad la abusividad por transparencia.

ADRIÁN REBOLLO, PIONERO EN ESTA BATALLA

El abogado de este matrimonio en este caso, Adrián Rebollo, es una figura clave en la batalla legal contra el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH).

Su papel fue decisivo para lograr la sentencia del TJUE, de 13 de julio de 2022 (asunto C-265-22) –anterior a la última– en la que, con el apoyo de la Comisión Europea, logró que se cuestionara la transparencia en la comercialización de hipotecas referenciadas al IRPH y abrió la puerta a la devolución de cantidades cobradas de más a los consumidores.

Rebollo fue uno de los primeros que detectaron la anomalía del IRPH. «Fue en 2013, mientras el Euríbor comenzaba a descender hacia valores cercanos al cero, el IRPH se mantuvo estable alrededor del 2%. Los bancos solían argumentar a sus clientes que el IRPH ofrecía mayor estabilidad y era menos variable que el Euríbor, aunque en muchos casos omitían mencionar que este índice generalmente se situaba en niveles más altos», relata.

«Esta diferencia provocó un aumento en las cuotas mensuales de las hipotecas vinculadas al IRPH, con un impacto económico de entre 200 y 300 euros adicionales al mes. Una diferencia que beneficiaba a las entidades financieras», añade.

El abogado dice sentirse muy feliz. «Porque por fin se ve la luz al final del túnel. La sentencia de Fernando y María José abre las dos puertas para que todos los afectados por hipotecas referenciadas al IRPH reclamen la nulidad de sus cláusulas y la devolución de las cantidades pagadas de más», subraya.

«Los Bancos deben cumplir con la normativa de transparencia y protección al consumidor. Lo que viene ocurriendo hasta ahora debe de acabarse de una vez por todas», concluye.

Fuente: https://confilegal.com/20250313-la-justicia-declara-abusivo-el-irph-en-un-prestamo-hipotecario-en-badajoz-y-condena-a-la-caixa-a-devolver-lo-cobrado-en-exceso/?utm_source=onesignal&utm_medium=push&utm_campaign=2025-03-13-

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