No todos los despidos estando de baja médica serán nulos
Autor: Juan José González Hernández
Hace pocos días ha tenido mucho eco un pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que ha declarado nulo el despido de un trabajador que estaba en situación de incapacidad temporal (baja médica).
El TJUE indica que se trata de un despido nulo equiparando una baja médica prolongada con una situación de discapacidad Ya en esta situación se pueden ir respondiendo a muchas consultas.
- ¿Todos los despidos en baja médica serán nulos? No. Será nulo el despido de trabajadores en incapacidad temporal si ésta es prolongada.
- ¿Qué se entiende por baja prolongada o duradera? Que de los elementos objetivos que se tengan se pueda interpretar que esa situación va a ser larga. Así si el despido se produce a los meses de estar en situación de IT será más probable que sea nulo porque se está viendo que está siendo prolongada o porque de la propia naturaleza de la enfermedad se pueda saber que su curación va a ser prolongada.
- ¿Es lo mismo que la baja sea por enfermedad común o por accidente de trabajo? Nuestra respuesta es no. Aunque en los partes de la empresa no consta el diagnóstico, en los accidentes de trabajo, sí conoce las circunstancias del accidente, ya que está obligada a comunicarlo por el sistema Delta.
Por tanto, la casuística será muy amplia y se deberán tener en cuenta, antes de proceder al despido, algunos elementos: naturaleza de la baja (accidente de trabajo o enfermedad común), indicios del diagnóstico o si el empleado ha manifestado algo al respecto (no es lo mismo que diga que sea una gripe o un cáncer), momento en el que se produce el despido respecto a desde cuando está de baja y cualquier otro tipo de indicio que pueda hacer pensar que esa baja será larga.
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