Derecho Laboral

14/11/2011

Alta del becario en Seguridad Social

Ley que regula la situación laboral de los becarios.

Autor: HispaColex

Desde el pasado 1 de noviembre los becarios ya pueden ser dados de alta en la Seguridad Social, según el Real Decreto 1493/2011, por el que se regula la situación de los becarios ó estudiantes en prácticas: las empresas y administraciones que empleen a estos trabajadores tendrán la obligación de cotizar por ellos.

Esta nueva legislación también contempla que los que hayan sido becarios antes del 1 de noviembre puedan reclamar su periodo de cotización.

¿Qué trámites hay que seguir para dar de alta en la Seguridad Social a un becario?

La empresa deberá solicitar un nuevo código de cuenta de cotización específico para incluir a los becarios en el Régimen de la Seguridad Social. “La incorporación deberá ser con efecto del 1 de noviembre para los becarios que están actualmente trabajando, y se realizará en el plazo de un mes”.

Los empresarios tienen que dar de alta a los becarios desde principios de este mes, pero tendrán hasta el 31 de enero de 2012 para pagar las cuotas de noviembre y diciembre.

¿Qué debe hacer el becario?

Tramitar el alta en la Seguridad Social es una tarea de la empresa. No obstante, el Real Decreto que regula esta nueva medida contempla el hecho de que las personas que hayan sido becarias antes del 1 de noviembre puedan cotizar por ese periodo trabajado. Eso sí, ellos correrán a cargo de las gestiones y de pago de las cuotas. Si el becario desea recuperar las cotizaciones correspondientes a los programas de formación anteriores al 1 de noviembre de 2011, lo solicitará ante cualquier Administración de la Seguridad Social antes del 31 de diciembre de este año.

Este trabajador acreditará la duración de su labor con una certificación del centro de trabajo y asumirá el coste de la cotización, tanto de la empresa como la del empleado. La cuota íntegra no está definida, pero se calculará con un coeficiente del 0,77.

¿Quién puede ser dado de alta?

No todos los llamados becarios pueden acogerse a esta medida. Para incluir a un becario en el sistema de la Seguridad Social éste debe cumplir una serie de condiciones:

– Deben participar en un programa formativo que incluya prácticas.
– El programa debe estar dirigido a la obtención de una titulación de formación profesional o universitaria.
– Las prácticas deben desarrollarse en empresas o instituciones públicas o privadas, debiendo ser remuneradas.
– Estos programas no pueden constituir una auténtica relación laboral.

¿Qué implica para el becario esta nueva medida?

El hecho de que el becario cotice en la Seguridad Social no le convierte en un trabajador como otro de la empresa: no genera antigüedad ni indemnizaciones en caso de despido. Tienen derecho durante la duración de su práctica de formación a recibir prestaciones como la baja por enfermedad, la de maternidad o paternidad y el periodo de beca computará como tiempo trabajado a efectos de pensiones como la jubilación o la viudedad.

Para la empresa supondrá un coste mensual de 34,51 euros al mes por becario, y para éste será de 6,05 euros. El mismo importe que ya tenían los trabajadores con un contrato de formación o aprendizaje.

Esta normativa implicará la salida a la luz de todos aquellos becarios que percibían una compensación de su beca bajo mano. Ahora será necesario retener seguridad social e IRPF en su nómina y, por lo tanto, preparar una nómina como al resto de empleados.

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229 comentarios

  • Maria dice:

    Hola, actualmente y desde octubre de 2014 soy becaria en una institución pública, pero no cobro todos los meses, sino cada 3, y además no tengo nómina,ni un contrato como tal, tengo la resolución de abjudicación de la beca y lo que cobraría cada trimestre, quiero decir no tengo un papel de un contrato donde se detalle lo que me retiene o pago de seguridad social, aunque sí estoy de alta en la seguridad social, y sé que una parte la pago yo y otra lainstitución pública por mí. La beca de me acaba en octubre(12 meses) y estoy embarazada de 5 meses. Me gustaría saber si tengo derecho a baja por maternidad y a cuantos meses, ya que salgo de cuentas la primera semana de septiempre, y un mes más trade se me acabaría la beca.
    Muchas Gracias

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimada María:

      Informarte que si tienes derecho a la prestación por maternidad y la duración de la misma son 112 días.

      Un cordial saludo.

  • Mariana dice:

    Hola, estoy de becaria de formación desde hace unos meses (cotizo seguridad social pero no para paro), me he enterado que estoy embarazada para finales de diciembre y la beca acaba justo a final de año. Como daré a luz unas semanas antes de que acabe ¿qué derechos tengo? cobro la maternidad entera de 4 meses o solo de los dias que me quedarían como becaria? en el caso de que la pueda cobrar, que tampoco lo sé… Muchas gracias

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimada Mariana:

      Informarte que si das a luz antes de que te finalice el contrato, tendrás derecho a la prestación por maternidad completa, es decir, a los 112 días de prestación.

      Un cordial saludo.

  • Lola dice:

    Buenas tardes. Mi pregunta es: si me hacen un contrato de becaria y a continuación quiero irme a otra empresa, tengo algún tipo de penalización en el contrato de becaria por baja voluntaria? Muchas gracias.

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimada Lola:

      Informarte que solicitas la baja voluntaria, para que la empresa no pueda reclamarte nada debes preavisar con una antelación mínima de 15 días.

      Un cordial saludo.

  • Jorge dice:

    Buenas noches.

    Después de cerca de cinco años trabajando como indefinido a jornada completa mi empresa ha cerrado y al poco tiempo comencé como becario por mediación de la universidad por 500€ al mes y cotizando. Cuando acabe la beca me han confirmado que estaré por lo menos un par de semanas como ETT en la misma empresa. La idea para cuando acabe con la ETT es pedir el paro por lo que mi duda es la siguiente:
    ¿Para la media de la base de cotización de los últimos 180 días se cuenta lo cotizado como becario?

    Muchas gracias.
    Un saludo

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimado Jorge:

      Informarte que las cotizaciones realizadas como Becario, no dan derecho a obtener prestación por desempleo, por lo que dicho período no computará.

      Un cordial saludo.

  • Gabriela dice:

    Hola,

    Soy becaria desde hace un mes y en el primer pago me han aplicado una retención del 2% y el importe correspondiente de cotización a la seguridad social (6,05€ creo recordar) pero también los 30,34€ que en teoría debe pagar la empresa. ¿Es legal repercutir este importe al becario? Gracias

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimada Gabriela:

      Informarte que no es legal que te hayan repercutido en la nómina el importe del coste de Seguridad Social, que debe pagar la empresa. Pues esa cuota es obligatoria que la abone la empresa, por lo que puedes reclamarle dicho importe sin que puedan negarse. Pero asegúrate que dicho importe realmente te lo han descontado de la nómina, porque a partir de 2015 debe aparecer en la misma la parte que cotiza la empresa por el empleado y no se descuenta, solo es a título informativo.

      Un cordial saludo.

  • E. Felipe dice:

    Estimado Personal de Hispacolex,
    Desde Enero de 2012 hasta Enero de 2014 encadené tres becas consecutivas (Leonardo da Vinci, Erasmus Jóvenes Emprendedores y una beca de un año en la Comisión Europea) con una duración total de 2 años, estando en la actualidad trabajando (y obviamente cotizando a la Seguridad Social).
    Después de haber leído el foro, entiendo que pagando 40,56€/mes tengo derecho a cotizar esos dos años, ¿es correcta mi interpretación?
    Sin otro objeto, un cordial saludo,
    Enrique

  • Pablo dice:

    Les agradecería que me aclarasen la siguiente duda:
    Llevo trabajando como becario algo más de un año y medio de manera ininterrumpida (siete meses en un organismo y un año exacto en otro). Estoy dado de alta en la Seguridad Social desde el primer día y en unas semanas se me acaba el “contrato”, por asi decirlo, que tengo en el organismo en que estoy trabajando.
    1-¿Tengo derecho a algún tipo de ayuda al desempleo? Ya sea prestación o subsidio?
    2-¿Tengo que realizar algún trámite con la SS o el Servicio Publico de Empleo cuando acabe el “contrato”?
    Muchas gracias x su ayuda.

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimado Pablo:

      Debes cerciorarte en qué régimen exactamente estás dado de alta, pues si se trata del Régimen Especial de los Becarios, no tienes derecho a desempleo, si por en contrario, se trata del Régimen General, si tendrías derecho a la prestación por desempleo y tendrías que acudir a tu oficina de empleo correspondiente a solicitarla.

      Un cordial saludo.

  • Beatriz dice:

    Hola,
    mi duda es la siguiente, estaba inscrita en el paro en Burgos donde residía con mis padres. En Abril me ofrecieron un contrato de becaria a través de la fundación de la universidad de león en la Bañeza, por lo que fui a vivir allí. (durante los primeros 6 meses tengo contrato de alquiler a mi nombre, pero el resto he estado compartiendo piso con una compañera, aunque algunos recibos están a mi nombre). Ahora me han contratado, exigiéndome inscribirme al paro previamente, por lo que me di de alta en el paro durante tres días en Burgos y ahora voy a trasladar mi residencia a León. Me correspondería algo de la deducción por movilidad geográfica? Debo solicitarla o si es incorrecta la solicitud me penalizaran?
    Un saludo y gracias

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimada Beatriz:

      Informarte que en éste apartado no podemos ayudarte, pues la consulta que realizas es de materia Fiscal, por lo que debes ponerte en contacto con los compañeros en otro blog al respecto.

      Un cordial saludo.

  • J.Ger dice:

    Muy buenas,

    Mi pregunta es si por haber cotizado a la S.S. solamente durante 6 meses y como becario, tengo derecho a solicitar la tarjeta sanitaria europea de un anyo de duracion. Me encuentro finalizando unas practicas Leonardo da Vinci en Francia y me han propuesto prolongarlas con la condicion que pueda seguir teniendo convertura social. La Tarjeta actual la pedi para 3 meses y caduca a finales de este mes.

    Gracias de antemano

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimado J.Ger:

      Te informamos que si puedes solicitar la prórroga del tarjeta sanitaria europea, pero para ello debes realizarlo en la oficina del INSS que te corresponde, según tu domicilio.

      Un cordial saludo.

  • Maria L. dice:

    Hola,
    Estoy realizando un Master en la Universidad Autónoma y en enero empezaré las prácticas no remuneradas que se incluyen en el master. Me han dicho que para poder realizar las prácticas tengo que pagarme un seguro médico que ellos mismos me ofrecen. Esto es legal? Este seguro no estaría incluído en la matrícula del master, que ya de por sí es carísima?
    Gracias,
    Un cordial saludo

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimada Maria:

      Te informamos que debes consultar con la Entidad que imparte el Master, pues se trata de algo privado y pueden establecer las condiciones que estimen oportunas.

      Un cordial saludo.

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