Accidente de trabajo y recargo de prestaciones
Recargo de prestaciones en la Seguridad Social.
Autor: HispaColex
Cuando se produce un accidente de trabajo o enfermedad profesional como consecuencia directa de la falta de medidas preventivas, el legislador impone al empresario un recargo en las prestaciones de Seguridad Social, siendo este recargo independiente y compatible con el resto de responsabilidades ( Art 42.3 Ley de Prevención de Riesgos Laborales -LPRL- ). Supone un aumento de la cuantía de todas las prestaciones económicas derivadas de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional.
El presupuesto de este recargo es la producción de un daño al trabajador como consecuencia de la falta de medidas preventivas. Esta omisión se debe vincular con el incumplimiento de la normativa que señala el artículo 1 de la LPRL.
Por lo tanto cuando exista relación de causalidad entre la lesión y los incumplimientos empresariales, se aumentarán todas las prestaciones económicas según el grado de la falta desde un 30 a un 50 por 100. Esta sanción ya figuraba en la centenaria Ley de Accidentes de 1.900, siendo una figura de aplicación muy frecuente.
Es imprescindible para que nazca este tipo de responsabilidad que se establezca de manera diáfana la relación de causalidad entre la lesión y la falta de medidas de seguridad. A la vez es preciso, según lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley General de la Seguridad Social, que las lesiones se produzcan por las circunstancias siguientes: por máquinas, artefactos o en instalaciones, centros o lugares que carezcan de los dispositivos de precaución reglamentarios, los tengan inutilizados o en malas condiciones o cuando no se hayan observado las medidas generales o particulares de seguridad e higiene en el trabajo, o las elementales de salubridad o las de adecuación personal a cada trabajo, habida cuenta de las características y de la edad, sexo y demás condiciones del trabajador.
Como todos sabemos, cuando nos referimos a una figura jurídica en la que su eje es la relación de causalidad, de forma inmediata hemos de afirmar que no podemos generalizar soluciones y que por lo tanto se precisa acudir a la jurisprudencia para poder estudiar en cada caso concreto cuando concurre la mencionada relación. En consecuencia a esta me remito.
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402 comentarios
Hola,
Soy responsable de mantenimiento de una fábrica de muebles. Mi pregunta es sobre riesgos laborales. Una mujer embarazada puede decidir no comunicar a la empresa su estado?
Muchas gracias.
Saludos
Buenas tardes,
Tengo una duda relativa al recargo del artículo 123 LGSS en relación con una persona declarada incapaz total permanente cualificado, al ser menor de 55 años.
En este caso, el recargo se aplica sobre el 55% de la base reguladora que le correspondería como pensión o sobre el 75% (55% + incremento del 20% por ser IP cualificada).
Muchas gracias y un saludo.
hola yo percibo mes a mes mi pension del 55%por enfermedad profesional,a la empresa le impusieron un 30% mas de multa por falta de medidas,pero ya pasaron todos los plazos para pagar y no lo an hecho,,, ¿cobrare esto? o ya lo daran por perdido si la empresa no responde,,,,gracias
Hola, hace ahora 3 años sufrí un accidente y me han dado una incapacidad permanente total, aunque aun estoy de medicos, me ha quedado una paga de unos 1500 euros. A la empresa le han puesto un recargo del 30%, por el cual tuve un juicio hace unos meses y aun no e recibido la sentencia, pero me ha llegado una carta diciéndome que la empresa ha efectuado un pago y me piden un numero de cuenta para que me hagan un ingreso.
Mis preguntas son:
¿Me han concedido la prestación?, ¿la sentencia sera firme o la pueden recurrir?.
¿Cuanto me darán si hace ahora 34 meses del accidente?.
¿Cuanto me dan al mes desde ahora?.
Gracias de antemano y un cordial saludo.
Buenos días,
Tenemos un trabajador que el INSS le han concedido un 55% de incapacidad total para el trabajo que realiza y un recargo del 30%. Mis preguntas son las siguientes:
– el recargo es de por vida al igual que la pensión de incapacidad?
– puede solicitar el trabajador que el recargo se le abone de forma mensual o solicitar un pago único?
Gracias.
Hola
si me podeis ayuda Yo en el 2008 sufri un accidente laboral la perdida casi total de la vision en un ojo y pir ello me indenizo la mutua por 24 mensualidades y ahora me enfrento a un recargo de prestaciones pir falta de medidas de seguridad por parte de el empresario es un juicio me oarece que ya es difinitivo quisiera saber que siendo un recargo de un 30% cuanto me tendrian q dar si he recibido de indennizacion 29 000 e. Por partede la mutua y la ss me ha dado 5 000e. O como lo calculas ha esto tebdria q sumar todas las cantidades . Gracias
Buenas tardes, les comento mi caso, para ver si me pueden responder una duda que tenemos; tengo una pequeña empresa la cual, hace 5 meses sufrió un accidente laboral con causa de muerte, estamos pendiente de alegaciones ante el Ministerio de Trabajo, nos ha llegado una carta de la seguridad social, en la que nos gravan con un 30% de recargo en las prestaciones a la viuda e hijo, dicha señora tiene 53 años y el hijo 18, nos han comentado que dichas prestaciones serian de por vida para ella y hasta los 25 para el hijo, pero la capitalizacion, como la calcula, durante cuantos años, y si esta señora falleciese, me devolverían parte del capital, mi gran duda es de que cantidad estaríamos hablando, el salario base es de aprox. 1.500 euros y percibe ahora mismo un 52% y el hijo un 20%. Rogaría me dijesen algo, puesto que vamos a llegar a un acuerdo, pero me falta saber de que cantidad estaríamos hablando con dicha capitalización. Muchas gracias, quedo en espera de sus breves noticias. O me indiquen donde tengo que dirigirme para que me lo calculen.
buenas;
tras un accidente laboral (09/2011)dando lugar a un incapacidad permanente total (febrero2012);y como resultado una pension dincapacidad del 55% de la base reguladora y un recargo sobre las prestaciones del 30% a cargo de la empresa; y que la empresa a hecho un pago unico de esos 30% a la TGSS en marzo2012;mi pregunta es si puedo cobrar ese recargo que me partenece de un pago unico y como solicitarlo. o si estoy obligado a cobrarlo en mensualidades junto a mi pension;
muchas gracias
cobro del recargo sobre las prestaciones
buenas;
tras un accidente laboral (09/2011)dando lugar a un incapacidad permanente total (febrero2012);y como resultado una pension dincapacidad del 55% de la base reguladora y un recargo sobre las prestaciones del 30% a cargo de la empresa; y que la empresa a hecho un pago unico de esos 30% a la TGSS en marzo2012;mi pregunta es si puedo cobrar ese recargo que me partenece de un pago unico y como solicitarlo. o si estoy obligado a cobrarlo en mensualidades junto a mi pension;
muchas gracias
Hola el 17-2-2011 tuve un accident laboral (la escalero donde estaba trabajando se resbalo) me llevaron a la mutua y me operaron y me opusieron una protesis cabeza de radio.Hice rehabilitacion pro me dolia mucho la muñca.El 15-7-2011 me operan nuevamente haciendo una osteotomia de cubito para liberar l muñeca(esto es un corte oblicuo del hueso) posteriormente rehabilitacion.Me sigue doliendo la muñeca y tambien el brazo.Hago prueba de esfuerso pero me sale negativa debido al dolor de antebrazo.El 20-12-2011 me dan el alta yo la impugno y el tribunal medico me da la razon puesto k hay dolor.La mutua me hace expediente ante dicho tribunal por lesiones no invalidantes ante mi sorpesa.lñe digo al medico k yo no e solicitado eso bajo minombre.Me manda hacer radigrafias y me dictaminana pseudoartrosis de cubito y ademasn k debo de seguir de baja .me operan el 5-3-12012 de estas dolecncias y artroscopia de muñeca.
La empresa ,me despide el 32-12-2012 mi pregunta es la siguiente a kien debo reclamar por falta de seguridade higienie o recargo empresarial y k hacer ahora desde entonces
perdon por el tochaco