Retenciones al 15% para determinados profesionales
Requisitos para las retenciones sobre los rendimientos de actividades.
Autor: HispaColex
El Real Decreto-Ley 8/2014, de 4 de julio recoge una serie de medidas legislativas de carácter urgente para dar forma al Plan de Medidas para el Crecimiento, la Competitividad y la Eficiencia, aprobado por el Consejo de Ministros; que pretende, como principales objetivos, impulsar la flexibilidad de los mercados y recuperar la competitividad de la economía española.
Como consecuencia de dichas medidas, el porcentaje de retenciones sobre los rendimientos de actividades profesionales será del 15%, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
- Que el volumen de rendimientos íntegros correspondiente al ejercicio anterior sea inferior a 15.000 €.
- Que el porcentaje de rendimientos de actividades profesionales suponga más del 75% del total de rendimientos íntegros de actividades económicas y del trabajo obtenidos por el contribuyente en dicho ejercicio.
Además, las retenciones para autónomos se reducirá del 21% al 20% en 2015, y al 19% en 2016.
Como apunte adicional, la normativa exige que estos profesionales comuniquen escrito al pagador de los rendimientos que cumplen los requisitos, quedando éste obligado a conservar dicha comunicación.
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