Asesoría de Empresas

22/04/2020

Medidas urgentes de apoyo al empleo

Las empresas y autónomos podrán solicitar un aplazamiento del pago de las cuotas de seguros sociales a ingresar en los meses de abril, mayo y junio.


Autor: Departamento de Gestión Laboral de HispaColex


Dentro de las nuevas medidas para facilitar el ajuste de la economía y proteger el empleo desarrolladas en el Real Decreto Ley 15/2020, de 21 de abril, encontramos especialmente significativas las siguientes:

Reducción de coste para trabajadores agrarios

  • Art.25. “Se aprueba la reducción de las cotizaciones para determinados trabajadores agrarios durante los periodos de inactividad en 2020”.

A los trabajadores que hubiesen realizado un máximo de 55 jornadas reales en el año 2019, se les aplicará a las cuotas resultantes durante los periodos de inactividad en 2020 una reducción del 19,11 %.

Cobertura completa y extraordinaria para trabajadores autónomos

  • Disposición Adicional 10 y 11. “Opción por una mutua colaboradora con la Seguridad Social de los trabajadores del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos que hubieran optado inicialmente por una entidad gestora”.  

Los trabajadores autónomos tenían de plazo hasta el mes de junio de 2019 para elegir alguna Mutua colaboradora con la Seguridad Social para la gestión de determinadas prestaciones de Seguridad Social. Un número importante de trabajadores autónomos quedaron fuera por error o desconocimiento.

Se dispone en este Real Decreto-ley un nuevo plazo de 3 meses desde la fecha de fin del Estado de alarma para que cumplan la obligación de adherirse a alguna Mutua. También se habilita la posibilidad de solicitar la prestación por Cese de Actividad de Autónomos en el mismo acto, con objeto de asegurarse la adhesión y la solicitud de la prestación a la vez.

Igualmente, a través de la Disposición final octava. Modificación del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, se especifica lo referido en la Disposición Adicional 11, estableciendo la obligación de los Autónomos que no lo estuvieran de adherirse a una Mutua y la inclusión de las coberturas de Contingencias comunes, profesionales y cese de actividad

Ayudas a la contratación de personal investigador y contratos predoctorales

  • Disposición Adicional 14. “Reglas aplicables a los contratos predoctorales para personal investigador en formación suscritos en el ámbito de la investigación

Se habilita la posibilidad de extender la duración de dichos contratos por el tiempo que dure el Estado de alarma, incluso sobrepasando los límites temporales legales establecidos. El coste laboral y social de dichas ampliaciones de contrato serán sufragados por las entidades contratantes, que pueden trasladar dichos costes a las partidas de gasto correspondientes a cada contratación

Simplificación y agilización de la inscripción de trabajadores agrarios en el Régimen Especial Agrario

  • Disposición transitoria quinta. “Comprobación de los requisitos de incorporación en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios”

Se agilizan los procedimientos de comprobación de las incorporaciones al Sistema Especial Agrario y Disposición final sexta. Modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre. Se definen los requisitos para la inscripción en el Sistema Especial Agrario en lo referente a parcelas agrícolas, trabajadores por cuenta ajena contratados y tipos de cotización de dichos trabajadores

Aplazamiento en el pago de los seguros sociales

Finalmente, y quizás como medida más esperada, el aplazamiento en el pago de los seguros sociales regulada en la Disposición final décima. Modificación del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

Las empresas y autónomos pueden solicitar un aplazamiento del pago de las cuotas de seguros sociales a ingresar en los meses de abril, mayo y junio con un tipo de interés del 0.5% y un plazo de amortización de 4 meses por cada mes aplazado. Dicha solicitud debe hacerse antes del día 10 del mes de pago.

Para cualquier ampliación de la información, puede ponerse en contacto con nuestro Departamento de Gestión Laboral y resolveremos sus dudas en función de su caso particular.


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