Deducción por maternidad en IRPF de las mujeres en ERTE o desempleo
Hacienda abre la puerta a que aquellas mujeres que durante la pandemia se encontraran en medio de un expediente de regulación de empleo (ERTE) o en desempleo puedan practicar la deducción por maternidad en su Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Hasta este momento, Hacienda venía manteniendo el criterio por el cual, aquellas madres suspendidas temporalmente de empleo, no podían beneficiarse de la deducción por cada hijo, de un importe aproximado de 1.200 euros anuales, en su IRPF. Durante los dos últimos ejercicios se han estado reclamando a esas mujeres en ERTE, los importes de las deducciones practicadas.
A pesar de todo, la situación de crisis provocada por la pandemia del virus COVID-19, ha incentivado que la Administración Tributaria flexibilice su criterio y permita aplicar esta deducción a todas aquellas madres que se han encontrado en ERTE en estos años de pandemia, y ello debido a que, con todas las restricciones ocasionadas en estos años pandémicos, se han incrementado exponencialmente los números de personas en situación de ERTE.
El cambio de criterio que se ha promovido es debido a la multitud de requerimientos recientemente recibidos por esas mujeres, madres, que han recibido reclamaciones de los importes deducibles por cada hijo.
En estas fechas de recién apertura de la campaña de Renta de 2022, aquellas mujeres que se hayan visto afectadas por estas medidas, y que no pudieron aplicar o les requirieron la devolución de las deducciones aplicadas por cada hijo por encontrarse en situación de ERTE o desempleo en los años 2020 y 2021 podrán recuperar esas cuantías deducibles en la presentación de su Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2022. Esta medida, además de a aquellas madres en ERTE, también beneficiará a aquellas madres que cesaran en su actividad como autónomas y no pudieran aplicar su deducción por maternidad.
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