Derecho Administrativo

23/04/2015

¿Es posible recurrir las multas de estacionamiento en zona azul?

Las infracciones de la zona azul no son multas sino denuncias efectuadas por los trabajadores encargados de estas áreas.

Autor: Vanessa Fernández Ferré

En caso de no poner ticket en zona azul o haber transcurrido el tiempo de su validez sin poner otro, el documento que encontramos en el vehículo cuando vamos a recogerlo, no es una multa sino una denuncia efectuada por “alguien”, en la que se nos imputa haber cometido una determinada infracción (aparcar el vehículo en zona de estacionamiento limitado sin poner el ticket). Por lo tanto, no tendríamos qué pagar nada, únicamente nos están denunciando no sancionando.

¿Quién nos denuncia?

El trabajador de la zona azul que nos deja la presunta multa sobre nuestro coche, no es un Policía Local o Municipal (funcionario público, autoridad), por lo tanto, su declaración no goza de presunción de veracidad.

Podemos no hacer nada en ese momento, es decir, no anular la falsa multa y esperar a que nos llegue el acuerdo del Ayuntamiento, de iniciación del procedimiento sancionador. Si nos llega el acuerdo de iniciación, por un correo no certificado, la recomendación es de no hacer nada (ni pagar la multa, ni hacer alegaciones), porque al no tener la Administración constancia de la infracción, lo primero que se debe hacer es notificar fehacientemente la denuncia en el domicilio del titular del vehículo, corriendo los plazos de una posible prescripción.

No obstante, si llega a nuestro domicilio por correo certificado el acuerdo de inicio del expediente sancionador y finalmente resolución sancionadora, debemos alegar o, en su caso, recurrir la resolución definitiva.

Numerosos pronunciamientos de los tribunales han resuelto las denuncias presentadas por los controladores de estacionamiento y tráfico de la Zona Azul (en sus diversas denominaciones), negando la eficacia probatoria o, al menos, la suficiente como para destruir la presunción de inocencia por sí mismas.

Por un lado, El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en sentencia de 15 de marzo de 1999, afirma que:

“las denuncias de este tipo de personal equivalen a la denuncia de un particular y, al no ser adverada por pruebas posteriores, no tiene fuerza suficiente para acreditar los hechos denunciados”

Por otro lado, la Sentencia del TSJ de Madrid, de 7 de septiembre de 2000, afirma:

“el testimonio de un particular como es el controlador de la ORA es una prueba legítima que, en principio, aunque no goce de la presunción de veracidad”, apuntando a continuación “puede tener eficacia probatoria y sobre todo, si la otra parte no prueba hechos, contradictorios con los denunciados”

En conclusión, se pueden llevar a cabo acciones desde el punto de vista legal, contra esas “multas” de estacionamiento en zona azul, impuestas por controladores, que no poseen la calidad de funcionarios ni agentes de la autoridad, si bien la viabilidad del recurso dependerá de la existencia de otras pruebas además de la denuncia del controlador, así como prueba contradictoria por nuestra parte respecto a los hechos denunciados.

Para resolver cualquier duda al respecto, puede consultar con nuestro equipo especializado de abogados en Granada, Jaén y Málaga.

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399 comentarios

  • Jose dice:

    Hola,
    Me ha sucedido algo similar a lo comentado por Antonio el 29 29 julio, 2015 at 8:05.
    “Buenos dias, hace un mes me pusieron una multa en zona azul, por estacionar con distintivo no válido. Cometí el “error” de equivocarme en la matricula de coche, normalmente utilizo dos coches, pues con las prisas, anote la del otro coche que habitualmente conduzco. Tendría opciones de ganar al recurrir la multa? ”

    Lo que peor me sienta es que hablé con el controlador, me vió poner el ticket a las 18:18 y la multa me la puso a las 18:30..
    Mi duda es si recurrir o entrar por el aro y pagar 60€. por favor, contestenme lo antes posible que voy justo con el plazo.
    Gracias de antemano.

  • María Mercedes dice:

    Me han denunciado por aparcar en zona azul y no poner la letra M delante de la matrícula de mi coche. Mientras buscaba a la persona que me había puesto la sanción, me encontré con un señor que también la estaba buscando por el mismo motivo, en su caso no puso una F. Creemos que el dispositivo de cobrar el estacionamiento no funciona correctamente. Localizamos a la persona y se limitó a llamar a un superior. Nosotros llamamos a los municipales. Según los agentes municipales ellos no pueden hacer nada, aunque entienden que se podía haber evitado, ya que nosotros pagamos el estacionamiento. El inspector de la empresa concesionaria, dice que es la normativa y la empleada que denunció, no sabe ni contesta. La empleada ha actuado con mala fe ya que vio perfectamente que habíamos pagado tanto el señor mencionado anteriormente como yo. Me niego a pagar por una injusticia. Qué puedo hacer?

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      María Mercedes, en este caso concreto y dado que habéis procedido al pago de la cuantía exigida por la zona de estacionamiento regulada, podrías formular alegaciones aportando el ticket que acredite dicho pago realizado dentro de la franja horaria en la que te han multado, aclarando el fallo en el parquímetro, con todas las circunstancias mencionadas y nombrando testigos en caso de que los hubiere. No obstante, no podemos garantizarte el éxito de tales alegaciones dado que tendrías que acreditar que es un error técnico de la máquina, habiendo abonado el importe exigido y no siendo un error tuyo como usuaria.

  • RAUL dice:

    EN MI CASO, EN LA MAQUINA DE LA HORA NO ESTABAN BIEN COLOCADAS LAS INSTRUCCIONES Y NO FUNCIONABA, CON LO CUAL NO LO PODIA SACAR Y NO HE PUESTO TICKET. AL VOLVER TENIA EL PAPEL DE LA MULTA. ¿ SI AL DENUNCIAR EL TRABAJADOR DE LA HORA HACE UNA FOTO DEL VEHICULO, SE PUEDE RECURRIR?

  • JAVIER T. dice:

    Hola buenos días, el pasado día 7 de abril recibí una notificación con apremio, la cual me indicaba que 9/08/2013 rebase en media hora el estacionamiento en zona azul, hasta entonces nunca he recibido notificación alguna. Además en dicha notificación no pone lugar de infracción, ni motivo de la no notificación y entiendo que son datos esenciales para la confección de la denuncia. Mi pregunta es, si pasado tanto tiempo no ha prescrito dicha sanción y si no es motivo de nulidad de la infracción.
    Muchas gracias y espero su contestación.

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Javier T., la prescripción se interrumpe por cualquier actuación administrativa de la que tenga conocimiento el denunciado o esté encaminada a averiguar su identidad o domicilio. El plazo de prescripción de las infracciones previstas en la Ley será de tres meses para las infracciones leves. Para el caso concreto deberías personarte en la DGT de tu localidad al objeto de que te indiquen cuál o cuáles han sido los domicilios donde te hayan notificado sin efecto y en qué fechas, para poder valorar una posible prescripción.

  • Beatriz dice:

    Buenas tardes,
    He tenido un problema con el pago de la tarjeta de aparcamiento para residentes y me gustaría saber si tiene solución o me va a tocar pagar todas las multas que me lleguen…
    En el año 2015 no pagué el impuesto de circulación del vehículo (despiste) y por tanto, a la hora de realizar el pago de la tarjeta de residentes para poder aparcar en mi zona (en Madrid), ese pago fue rechazado. No obstante, yo no tenía constancia de que hubiesen rechazado el pago y por tanto, seguí aparcando en mi zona ajena a este tema hasta este mes de marzo. El problema es que en este mes de marzo de 2016 el operador de zona me ha ido dejando varias multas (que yo atribuía a errores), hasta que decidí llamar al ayuntamiento y me comunicaron que no tenía pagada la zona residente (y por tanto todas mis multas de parquimetro eran válidas). ¿Qué puedo hacer?¿hay alguna solucion? He comprobado mi cuenta y mis tarjetas y evidentemente el pago no está hecho…pero hay alguna alternativa para evitar que me lleguen multas por cada uno de los días de marzo que he aparcado en zona verde (todos)?¿y qué puedo alegar para no tener que pagarlas (si es que puedo alegar algo…)?

    Gracias!!!

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Beatriz, al no tener vigente la tarjeta de residente, por falta de abono del impuesto de circulación de vehículos a motor, es un hecho no imputable a la Administración, por lo que al ser sancionada por estacionamiento indebido en zona azul, tienes obligación a abonar las multas.

  • Cristina R dice:

    Se me olvidó decir que esto me ocurrió en un pueblo de Valladolid

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Cristina R, para que tengas la obligación de abonar la multa, en primer lugar deberá ser notificada por correo certificado en tu domicilio, no obstante si previamente al comprobar los datos la matrícula no coincide con la tuya y no existe ninguna prueba más, podrás realizar las alegaciones que consideres oportunas de cara al error que entiendas producido, al objeto de no tener por qué abonar la cuantía de la misma.

  • Cristina R dice:

    Buenos días.
    Ayer por la tarde me pusieron una “notificación de denuncia” de la zona azul por no poner ticket. Son 48€ y ponía no anulables. Al revisar el ticket que me dejaron, vi que ellos han puesto mal mi matrícula. No se corresponde con la de mi coche por un número. Imagino que harían foto. Esto llegará a algún sitio?? Me llegará notificación aun poniendo ellos mal la matricula?
    Muchas gracias

  • juan dice:

    me gustaría saber si ante dos multas que eran de 90 y que me han cobrado 218 en lugar de 180 ¿¿?? puedo interponer reposición.
    Gracias!

  • ruben garcia dice:

    Me ha lllegado una notificación certificada de multa por aparcar en zona azul en Madrid. Estoy sorprendido porque nunca se me dejó la notificación en el cristal, ¿esto es motivo de alegaciones? No sabia que me habían multado, no la pude anular……

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Rubén, cualquier persona en el ámbito de su esfera privada puede realizar una denuncia voluntaria por alguna infracción de tráfico que a su juicio se esté cometiendo, si bien sólo cuando se remita por correo certificado con acuse de recibo estarás obligado a abonarla. Si no estás de acuerdo con la misma podrás realizar alegaciones que entiendas oportunas para recurrirla, si bien ten en cuenta que si la abonas en período voluntario podrás beneficiarte de las bonificaciones que la ley establece.

  • Daniel dice:

    Buenas tardes,

    Tengo dos sanciones por infringir la ordenanza municipal que regula los aparcamientos limitados. El caso es que quién denuncia es el Ayuntamiento, pero quién informa es una empresa privada (DORNIER). Según la Agencia Estatal de Protección de Datos, la matrícula se considera un dato de carácter personal pero en el documento que me dejaron en el parabrisas informando, no viene nada referente a la LOPD.

    Además, el documento que me dejaron en el parabrisas está firmado por un controlador de la ORA pero tiene el sello del ayuntamiento de Valladolid, ¿es correcto?

    Gracias

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Daniel, por lo que indicas en el primer caso se trata de una zona compartida de carga y descarga y zona azul, entendemos que la infracción se ha cometido. En cuanto al segundo caso, la Ordenanza Municipal reguladora de los aparcamiento limitados por el que se rige el Ayuntamiento de Valladolid, considera infracción el hecho de volver a estacionar una vez finalizado el periodo máximo de dos horas de estacionamiento incluso en un radio inferior a 250 metros del lugar último de estacionamiento, por lo que entendemos que lamentablemente también se considera cometida.

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