Derecho Administrativo

23/04/2015

¿Es posible recurrir las multas de estacionamiento en zona azul?

Las infracciones de la zona azul no son multas sino denuncias efectuadas por los trabajadores encargados de estas áreas.

Autor: Vanessa Fernández Ferré

En caso de no poner ticket en zona azul o haber transcurrido el tiempo de su validez sin poner otro, el documento que encontramos en el vehículo cuando vamos a recogerlo, no es una multa sino una denuncia efectuada por “alguien”, en la que se nos imputa haber cometido una determinada infracción (aparcar el vehículo en zona de estacionamiento limitado sin poner el ticket). Por lo tanto, no tendríamos qué pagar nada, únicamente nos están denunciando no sancionando.

¿Quién nos denuncia?

El trabajador de la zona azul que nos deja la presunta multa sobre nuestro coche, no es un Policía Local o Municipal (funcionario público, autoridad), por lo tanto, su declaración no goza de presunción de veracidad.

Podemos no hacer nada en ese momento, es decir, no anular la falsa multa y esperar a que nos llegue el acuerdo del Ayuntamiento, de iniciación del procedimiento sancionador. Si nos llega el acuerdo de iniciación, por un correo no certificado, la recomendación es de no hacer nada (ni pagar la multa, ni hacer alegaciones), porque al no tener la Administración constancia de la infracción, lo primero que se debe hacer es notificar fehacientemente la denuncia en el domicilio del titular del vehículo, corriendo los plazos de una posible prescripción.

No obstante, si llega a nuestro domicilio por correo certificado el acuerdo de inicio del expediente sancionador y finalmente resolución sancionadora, debemos alegar o, en su caso, recurrir la resolución definitiva.

Numerosos pronunciamientos de los tribunales han resuelto las denuncias presentadas por los controladores de estacionamiento y tráfico de la Zona Azul (en sus diversas denominaciones), negando la eficacia probatoria o, al menos, la suficiente como para destruir la presunción de inocencia por sí mismas.

Por un lado, El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en sentencia de 15 de marzo de 1999, afirma que:

“las denuncias de este tipo de personal equivalen a la denuncia de un particular y, al no ser adverada por pruebas posteriores, no tiene fuerza suficiente para acreditar los hechos denunciados”

Por otro lado, la Sentencia del TSJ de Madrid, de 7 de septiembre de 2000, afirma:

“el testimonio de un particular como es el controlador de la ORA es una prueba legítima que, en principio, aunque no goce de la presunción de veracidad”, apuntando a continuación “puede tener eficacia probatoria y sobre todo, si la otra parte no prueba hechos, contradictorios con los denunciados”

En conclusión, se pueden llevar a cabo acciones desde el punto de vista legal, contra esas “multas” de estacionamiento en zona azul, impuestas por controladores, que no poseen la calidad de funcionarios ni agentes de la autoridad, si bien la viabilidad del recurso dependerá de la existencia de otras pruebas además de la denuncia del controlador, así como prueba contradictoria por nuestra parte respecto a los hechos denunciados.

Para resolver cualquier duda al respecto, puede consultar con nuestro equipo especializado de abogados en Granada, Jaén y Málaga.

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399 comentarios

  • María José dice:

    Hola, aparqué mi coche y busqué el parkímetro más cercano que estaba a tan solo 10 metros en la misma calle. Mi sorpresa fue cuando volví al coche después de 2 horas y me encuentro con una denuncia que decía que no había aparcado con el distintivo válido para dicha zona. Al parecer yo aparqué en el número 70 de una calle y en el número 72 hay cambio de zona (siendo las dos azules), pero parece ser que es otro número de zona. Es indignante porque yo había pagado mi correspondiente ticket y como no es mi barrio, no tenía ni idea de que en la misma calle podía haber varias zonas. ¿Qué puedo hacer? Ya me ha llegado la denuncia a casa por correo certificado y estoy en plazo para presentar alegaciones, pero ahora me surge la duda de si poner:
    -que realmente no pueden demostrar que mi coche estaba aparcado en la zona equivocada o
    -alegar que realmente no existe ningún distintivo que identifique una u otra zona.
    Insisto, es la misma calle de Madrid (aunque hay otra calle que baja y que cruza dicha calle y al parecer en ese cruce hacen el corte) me podéis dar algún motivo más para recurrir.
    La verdad que no es justo que pongas el correspondiente ticket y cuando vuelves tienes una notita blanca en el parabrisas. No había ningún distintivo que me dijese que dicho parkímetro era de una zona u otra y yo no me podía imaginar que justo ahí había un cambio de zona.
    Gracias.

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      María José, podrías formular alegaciones argumentando la falta de señalización en el cambio de zona de estacionamiento controlado, lo cual implica la posibilidad de incurrir en error por causa ajena al usuario que actúa de buena fe abonando la cantidad exigida. En este sentido deberías acompañar el ticket que acredite el pago de la zona indicada, si bien no debes olvidar que es obligación del usuario comprobar la certeza de los datos de su vehículo y de la zona de estacionamiento del mismo con los que constan en el ticket del parquímetro.

  • David dice:

    Hola,
    Mi caso es que me sancionaron por no sacar tiquet en zona azul,me vino la multa a traves del ayuntamiento de mi pueblo,puse recurso alegando lo que explicais aqui.que al no ser un agente de la autoridad el que me puso la denuncia.si no un controlador.Y la verdad es que debería de valer con eso.
    Pero me ha llegado la propuesta de resolucion sancionadora de trafico,y desestiman mi recurso alegando:
    1.que lo que alega la denuncia del controlador es veridico ya que hay fotos.(pero pienso yo,si no es un agente de la autoridad que validez tiene.
    2.segun el art 73 de real decret legislativo.339/1990 alegan que segun este articulo actuaron bien,y tb cumplieron con lo que dice el art.7 del mismo texto legal y 127 de la ley 7/1985.
    Y por ultimo alegan que denuncias efectuadas por el controlador se efectuan.como denuncia particular al amparo del 73.1 de la LSV y atcs. 4 y 7 del real decreto 320/1994.
    Ante esto que me recomiendas que haga,mi intencion es seguir hasta el final.ya que no estoy dispuesto a abonarla,que pasos podria dar si es que se puede dar alguno?
    Muchas gracias

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      David, como hemos manifestado en otras contestaciones los controladores no son agentes de la autoridad pero como cualquier persona, están habilitados para denunciar los hechos que pudieran ser constitutivos de infracción, como ha ocurrido en tu caso. Por consiguiente están habilitados para denunciar siendo competencia del Ayuntamiento la incoación de un procedimiento sancionador. Sería conveniente que procedieses al pago de la sanción impuesta dado que no disponen de pruebas que desvirtúen la denuncia interpuesta.

  • Gema dice:

    El pasado día 8 de febrero recibí una notificación de sanción por parte del Ayuntamiento de Sevilla por correo certificado a mi domicilio. El motivo es “estacionar en lugar señalizado como de estacionamiento con limitación horaria sin tique o distintivo/tarjeta de residente válido”. Estaba segura de que había puesto el tique electrónico (a través de la app Presto Parking) y así lo he comprobado, pero por lo que veo también, me equivoqué de zona, puse Azul en lugar de MAR, que era lo que correspondía en esa calle. Entiendo que la denuncia por tanto procede, pero claro, al no haber sido entregada en el acto alegando “conductor ausente”, no pude cancelarla en el momento. Quisiera que me asesoraran sobre este punto, es decir, confirmarme si es legal no dejarme la denuncia sobre en el limpiaparabrisas, para así alegar o no.
    Muchas gracias,

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Gema, cualquier persona en el ámbito de su esfera privada puede realizar una denuncia voluntaria por alguna infracción de tráfico que a su juicio se esté cometiendo. Además, en casos como este donde el vehículo está estacionado y el conductor no está presente, la denuncia se puede notificar con posterioridad. Si bien, entendemos que podrías formular alegaciones justificando que el vehículo disponía de ticket dentro de la franja horaria exigida, explicando el error cometido y acompañando un justificante de dicha circunstancia.

  • Cristina R dice:

    Muchas gracias!!

  • TONI dice:

    BUENAS TARDES,EL VIERNES 19 DE FEBRERO ME PUSIERON UNA MULTA DE LA OLA PORQUE TENIA PUESTA LA PEGATINA DEL 2015..YO YA TENGO PAGADO EL AÑO 2016 DESDE ENERO PERO SE ME OLVIDO PEGARLA EN LA LUNA…SI LLEVO LOS PAPELES Y LA PEGATINA JUNTO CON LA MULTA A LA OFICINA DE LA OLA ME LA PODRAN QUITAR?,MUCHAS GRACIAS SALUDOS

  • leo dice:

    Hola,
    Entiendo lo que me dice que si esta en apremio, pero ellos no estan obligados a comunicarte la multa dos veces?, el primer aviso de certificado no pude recogerlo por que estaba de vacaciones, pero el segundo nunca vino, detras de la nota informativa, pone que podre interponer en el plazo de un mes siguiente de la notificacion recurso de reposicion ante este organo o reclamcion economico-administrativo ante el consejo economico administrativo del ayuntamiento de valladolid,sin que puedan simultanearse ambos recursos.
    y tambien pone,
    Adverttencia:el procedimiento de apremio,aunque se interponga recurso,solamente se suspendera en los terminos y condiciones señalados en los articulos, tal…..
    Yo no he tenido la oprtunidad de recurrir la denuncia de la hora por que no cumplieron pienso con las dos notificaciones que me pertenecen, es asi? y que puedo hacer?.
    saludos y gracias

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Leo, para que el recurso de reposición o reclamación económico administrativa tenga viabilidad debes comprobar en el Ayuntamiento el expediente de la multa original y, efectivamente, si no hay dos intentos podrás recurrir dicho apremio

  • Foto del avatar HispaColex dice:

    Amaia, se trata de una denuncia que realiza el controlador de la zona el cual está habilitado para hacerlo, como cualquier persona en el ámbito de su esfera privada, al presenciar cualquier infracción de tráfico que a su juicio se esté cometiendo. Dicha denuncia no implica una multa, a no ser que la misma se remita a tu domicilio por correo certificado por la autoridad competente si bien te dan la oportunidad de anularla en el propio parquímetro para no darle traslado de la misma al Ayuntamiento que es el competente para iniciar el procedimiento sancionador.

  • Cristina R. dice:

    Hola, hoy me han puesto una multa en zona azul en Madrid. Pague con la App del móvil y no me di cuenta de que marque otra matrícula de un coche familiar que también utilizo ya que se quedan apuntadas en la App., en una lista, para no tener que escribirlas cada vez. He visto al controlador que me ha multado y me ha dicho que le reclame a la empresa de la App. La multa son 90€ no anulables.
    Mis preguntas son:
    – Puedo hacer esta reclamación a la empresa de la App, y ellos me pueden anular la multa??
    – Debo intentar recurrirla o reclamar la multa a través del ayuntamiento (o de otro medio), justificando que yo he pagado (tengo el justificante), pero que ha sido un error al escribir la matricula y que en ningún caso se trata de no haber querido pagar, es decir, hay voluntad de pagar y de hecho hay un pago del estacionamiento.
    – Es mejor pagar antes y aprovechar un descuento, aunque en la hoja de la multa no he visto que tenga deducción, ni periodo de tiempo para que te apliquen el descuento. Como puedo saber si tiene deducción la multa??

    Muchas gracias por vuestras respuestas.

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Cristina, actualmente has sido denunciada por el controlador de la zona, el cual no puede sancionarte sino enviar dicha denuncia al órgano competente para incoar un procedimiento contra ti con motivo de la infracción cometida. En caso de que te llegase la notificación fehaciente de una multa, en la misma te indicarán la bonificación por el pago en el periodo voluntario, que en tu caso es lo más recomendable, si bien puedes optar por presentar alegaciones intentando explicar el error cometido, acompañando el justificante de pago, dado que a través de la aplicación, se puede comprobar la hora y el lugar del estacionamiento.

  • leo dice:

    Hola,
    Me pusieron dos multas en Valladolid por VOLVER A ESTACIONAR EN ZONA ORA FINALIZADO EL TIEMPO MAX, en mi comunidad no es asi, tu puedes ir pagando la ora todo el tiempo que quieras y en valladolid solo don dos horas y no lo indica en ninguna señal, por que si vas alli de turismo y no lo sabes te multan, por otra parte me fui de vacaciones y en el buzon habia una notificacion de correos ya pasada de fecha que no pude recoger, pero mi sorpresa es que las multas vienen con recargo de apremio, tengo 30 dias para recurrir, el ayuntamiento de Valladolid reconoce a los de la ora como autoridad competente para multar a los controladores de la ora.
    saludos

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Leo, si la multa te llega con apremio, existe una resolución firme contra la que ya no te admitirán alegaciones sobre el fondo del tema, por lo que, salvo que puedas justificar defectos de notificación será complicado que te lo estimen.

  • Raquel dice:

    Hola.
    Hoy me han puesto una multa en zona verde porque al poner la matricula me equivoque en un numero, en lugar de poner 3526 puse 3528 el resto estaba bien. Busque a la sra. Y me dijo que el tiket no correspondia a mi coche. Puedo recurrirla?

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Raquel, las sanciones también se ponen por ese tipo de errores para evitar fraudes, no obstante si consigues probar que tu coche tenía ticket por ejemplo al coincidir la hora o con algún testigo podrás recurrirla.

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