¿Es posible recurrir las multas de estacionamiento en zona azul?
Las infracciones de la zona azul no son multas sino denuncias efectuadas por los trabajadores encargados de estas áreas.
Autor: Vanessa Fernández Ferré
En caso de no poner ticket en zona azul o haber transcurrido el tiempo de su validez sin poner otro, el documento que encontramos en el vehículo cuando vamos a recogerlo, no es una multa sino una denuncia efectuada por “alguien”, en la que se nos imputa haber cometido una determinada infracción (aparcar el vehículo en zona de estacionamiento limitado sin poner el ticket). Por lo tanto, no tendríamos qué pagar nada, únicamente nos están denunciando no sancionando.
¿Quién nos denuncia?
El trabajador de la zona azul que nos deja la presunta multa sobre nuestro coche, no es un Policía Local o Municipal (funcionario público, autoridad), por lo tanto, su declaración no goza de presunción de veracidad.
Podemos no hacer nada en ese momento, es decir, no anular la falsa multa y esperar a que nos llegue el acuerdo del Ayuntamiento, de iniciación del procedimiento sancionador. Si nos llega el acuerdo de iniciación, por un correo no certificado, la recomendación es de no hacer nada (ni pagar la multa, ni hacer alegaciones), porque al no tener la Administración constancia de la infracción, lo primero que se debe hacer es notificar fehacientemente la denuncia en el domicilio del titular del vehículo, corriendo los plazos de una posible prescripción.
No obstante, si llega a nuestro domicilio por correo certificado el acuerdo de inicio del expediente sancionador y finalmente resolución sancionadora, debemos alegar o, en su caso, recurrir la resolución definitiva.
Numerosos pronunciamientos de los tribunales han resuelto las denuncias presentadas por los controladores de estacionamiento y tráfico de la Zona Azul (en sus diversas denominaciones), negando la eficacia probatoria o, al menos, la suficiente como para destruir la presunción de inocencia por sí mismas.
Por un lado, El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en sentencia de 15 de marzo de 1999, afirma que:
“las denuncias de este tipo de personal equivalen a la denuncia de un particular y, al no ser adverada por pruebas posteriores, no tiene fuerza suficiente para acreditar los hechos denunciados”
Por otro lado, la Sentencia del TSJ de Madrid, de 7 de septiembre de 2000, afirma:
“el testimonio de un particular como es el controlador de la ORA es una prueba legítima que, en principio, aunque no goce de la presunción de veracidad”, apuntando a continuación “puede tener eficacia probatoria y sobre todo, si la otra parte no prueba hechos, contradictorios con los denunciados”
En conclusión, se pueden llevar a cabo acciones desde el punto de vista legal, contra esas “multas” de estacionamiento en zona azul, impuestas por controladores, que no poseen la calidad de funcionarios ni agentes de la autoridad, si bien la viabilidad del recurso dependerá de la existencia de otras pruebas además de la denuncia del controlador, así como prueba contradictoria por nuestra parte respecto a los hechos denunciados.
Para resolver cualquier duda al respecto, puede consultar con nuestro equipo especializado de abogados en Granada, Jaén y Málaga.
También puede contactar con nuestros profesionales vía online a través de la oficina virtual.
Si tiene dudas sobre como aplicar este artículo a su caso, puede realizarnos una consulta a través de nuestro formulario
399 comentarios
Hola: Me han puesto una denuncia con posterior multa por aparcar en zona azul, pero tengo diversas dudas:
1- no estoy asegurada en el coche multado ni lo conduzco, pero estoy como titular: ¿pueden multarme a mí sin ser conductora?
2- me ha denunciado un “controlador” (lo pone tal cual en la denuncia),por tanto un particular que no
se identifica: ¿las denunciasde tráfico también pueden ser realizadas por particulares o solo agentes de la autoridad? En caso de que pueda hacerlas un particular, ¿no debe aparecer identificado? Quiero decir: me invento algo sobre alguien, lo denuncio y lo multan (no han querido decirme si hay pruebas al respecto ni enseñarme el registro de la denuncia ni nada, ¿no tengo derecho tampoco a saber cómo me han denunciado sin más?)
3- la denuncia ha llegado a una dirección en la que no vivo y con el nombre de la calle mal, pero como la cartera conoce a mi madre y sabe que soy su hija, al ver el nombre, se lo ha llevado a mi madre y ella ha cogido la carta certificada. Todos los papeles del cotxe y mi empadronamiento están en la dirección donde resido.
4- ¿cómo podemos alegar que el coche estaba parado para carga y descarga y el conductor estaba dentro? ( a esto se añade que el “controlador” no dijo nada al respecto ni puso “multa” delante del coche)
Gracias.
Noemi, si la notificación finalmente la has recibido aunque viniese mal la dirección es complicado alegar defectos de notificación, ahora bien, si tú no eras quien conducía le habrán notificado como titular del vehículo para que identifiques al conductor, lo cual debes hacer en caso contrario te podrían sancionar con mayor multa y una vez llegue la multa al conductor alegar sobre el tema de carga y descarga aportando toda la prueba posible.
Lo que debemos hacer todos los ciudadanos afectados por tal normativa es empezar EJERCER nuestro poder democrático uniéndonos contra las leyes que nos afectan a todos como lo son la ORA, los recortes de presupuestos del estado para educación, salud y pensiones, y empezar a crear las leyes ciudadanas que estipulen como delitos de alta traición con condenas a cadenas perpetuas a todos los políticos que nos ultrajan con leyes que solo les benefician a ellos en su pensiones vitalicias!
Hola, esta tarde han denunciado a mi mujer por exceso de tiempo, le vencía a las 17:56 y la denuncia pone las 19:14. Lo peor es que al pie de la denuncia indica “DENUNCIA NO ANULABLE”, es decir o paga 48 €, o 50% en plazo que son 24 €. Ella es Agente comercial, y por su trabajo va visitando clientes, y este cliente en concreto le retrasó demasiado, y la vida está muy mal como para perder una venta o un trabajo y tuvo que esperarlo. El caso es que lo considero muy injusto, pues podría llegar a entender que se pague una cantidad por el exceso, pero no un importe abusivo. ¡¡Que Ella no gana eso ni en un día por Dios!!, lo considero abusivo, pues un AUTÓNOMO ya asume pagar bastantes impuestos y gastos para también tener que acarrear con este tipo de multas. Por ello, le pregunto, como puede recurrirse esto, pues había ticket y la buena voluntad es pagar, pero que no abusen de las personas.. Gracias y quedo a la espera. Un saludo.
Manuel, cuando os notifiquen fehaciente el inicio del procedimiento sancionador podrás alegar en ese sentido, justificando que existía ticket o bien pagar con la bonificación del 50%.
Buenos días, en mi caso pagué el estacionamiento con tarjeta bancaria anoche en zona azul del distrito retiro (Madrid) y no salió el ticket, pero el cobro a la tarjeta si me lo han hecho, y esta mañana me he encontrado el recibo de la denuncia en el parabrisas, a una hora que aún no había superado lo que pagué.
En caso de que me llegue la carta a casa, que debería hacer?
Carlos, te recomendamos que en caso de recibir la notificación fehaciente de la multa por tal infracción, recurras la misma dentro del plazo que te conceden al efecto, acompañando dicho justificante de pago.
Hola, en mi caso he recibido una multa de ORA por no exhibir ticket. La multa es de las 9:30h y de esa misma hora tengo el pago hecho desde una app (Telpark), a las 9:30h exactas. ¿Puedo recurrir con éxito esta multa? El hecho de haber pagado y tener un ticket virtual no exime ya del hecho de “exhibir” un ticket ?? Muchas gracias.
Sylvia, es tu obligación dejar en un lugar visible el ticket que acredite el cumplimiento del pago en la franja horaria en la que tu vehículo se encuentra estacionado. No obstante, en caso de recibir fehacientemente en tu domicilio la multa por la autoridad competente, podrías intentar formular alegaciones acreditando el pago a través de la aplicación. En este caso, acompaña el justificante donde conste el abono y la hora a la que lo realizaste.
Ayer me multaron a las 13:38 y pague con la aplicación a las 13:39, pues me dirigí a la maquina y ayude a una señora mayor con el parquímetro, me entetuvw y mientras tanto saque con mi app Telpark, tengo alguna posibilidad de recurrir??
Gracias, un saludo, Jorge
Jorge, lamentablemente la infracción se entiende cometida por lo que si recibes la multa en tu domicilio por correo certificado te recomendamos que procedas al pago de su importe en el plazo voluntario.
Me han puesto una multa en zona azul, yo he pagado el estacionamiento mediante una app, al no ser exacto he pagado “supuestamente” para otra zona diferente, pero estaba dentro del rango de hora que había pagado puedo recurrir este tipo de multa?
Noelia, es obligación del usuario comprobar que la zona de estacionamiento donde se encuentra su vehículo coincide con la que constan en el ticket del parquímetro. Puedes formular alegaciones intentando justificar que el vehículo disponía de ticket dentro de la franja horaria que se sanciona, el cual has de acompañar, indicando el error en la delimitación de la zona si bien, es responsabilidad tuya verificarla previamente.
Buenos dias
Ayer aparqué y fui a sacar ticket, no tenia suelto y cargué mi tarjeta epark y puse desde las 10:52, luego renové y renové.
Cuando dos horas despues sali, tenía una multa puesta a las 10:50 me pusieron una multa dos minutos antes de poner papelito. Se puede hacer algo? no te dejan ni llegar! uf
Mariola, podrías formular alegaciones explicando esta circunstancia y acompañando los tickets que acrediten que habías abonado el importe exigido para el estacionamiento de tu vehículo si bien, la infracción se entiende cometida, tendrás que esperar a que la multa sea notificada en tu domicilio por correo certificado.
Hola:
Hace 3 dias me llegó una carta certificada del Ayuntamiento de Ciudad Real y era una multa por aparcar en zona azul sin poner el ticket. La verdad es que cuando aparqué ni me di cuenta de que era zona azul. En esta carta aparece impresa una foto de mi coche, pero es una foto donde solo aparece el salpicadero. Y mi pregunta es: es posible recurrir esta sanción alegando que ellos no pueden demostrar que ese es mi coche ya que en la foto no aparece la matrícula? Un saludo
Juanjo, lamentablemente tenemos que indicarte que la infracción se entiende cometida. Asimismo, las fotografías y la denuncia del controlador que identifica tu vehículo, constituyen prueba suficiente para imponerte la sanción, considerando que tus alegaciones carecerían de viabilidad, por lo que te recomendamos que abones la cantidad en el periodo voluntario de pago.
Buenos días,
He sito multada por sobrepasar el límite horario de zona azul. Mi intención en principio fue cancelar la denuncia pero en las instrucciones de pago te informan de pago de 3.80 si te excedes en menos de una hora y 7.80 de carecer de comrobante. Yo tenía comprobante pero rebasado en mas de una hora, así que no supe claramente que hacer. Me consta que suelen hacer fotos a los vehículos pero en la carta la carta de pago, enviada por correo certificado, no adjuntan dicha fotografía. Qué tipo de alegaciones podría formular?.
Gracias
Isabel, podrías formular alegaciones indicando que disponías de ticket en el momento de la sanción, a efectos de intentar reducir la cuantía si bien, no puedes acreditar tal circunstancia dado que no dispones del documento que lo acredite y probablemente desestimen tus alegaciones, perdiendo la bonificación de la que dispones si pagas en periodo voluntario.