Derecho Administrativo

23/04/2015

¿Es posible recurrir las multas de estacionamiento en zona azul?

Las infracciones de la zona azul no son multas sino denuncias efectuadas por los trabajadores encargados de estas áreas.

Autor: Vanessa Fernández Ferré

En caso de no poner ticket en zona azul o haber transcurrido el tiempo de su validez sin poner otro, el documento que encontramos en el vehículo cuando vamos a recogerlo, no es una multa sino una denuncia efectuada por “alguien”, en la que se nos imputa haber cometido una determinada infracción (aparcar el vehículo en zona de estacionamiento limitado sin poner el ticket). Por lo tanto, no tendríamos qué pagar nada, únicamente nos están denunciando no sancionando.

¿Quién nos denuncia?

El trabajador de la zona azul que nos deja la presunta multa sobre nuestro coche, no es un Policía Local o Municipal (funcionario público, autoridad), por lo tanto, su declaración no goza de presunción de veracidad.

Podemos no hacer nada en ese momento, es decir, no anular la falsa multa y esperar a que nos llegue el acuerdo del Ayuntamiento, de iniciación del procedimiento sancionador. Si nos llega el acuerdo de iniciación, por un correo no certificado, la recomendación es de no hacer nada (ni pagar la multa, ni hacer alegaciones), porque al no tener la Administración constancia de la infracción, lo primero que se debe hacer es notificar fehacientemente la denuncia en el domicilio del titular del vehículo, corriendo los plazos de una posible prescripción.

No obstante, si llega a nuestro domicilio por correo certificado el acuerdo de inicio del expediente sancionador y finalmente resolución sancionadora, debemos alegar o, en su caso, recurrir la resolución definitiva.

Numerosos pronunciamientos de los tribunales han resuelto las denuncias presentadas por los controladores de estacionamiento y tráfico de la Zona Azul (en sus diversas denominaciones), negando la eficacia probatoria o, al menos, la suficiente como para destruir la presunción de inocencia por sí mismas.

Por un lado, El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en sentencia de 15 de marzo de 1999, afirma que:

“las denuncias de este tipo de personal equivalen a la denuncia de un particular y, al no ser adverada por pruebas posteriores, no tiene fuerza suficiente para acreditar los hechos denunciados”

Por otro lado, la Sentencia del TSJ de Madrid, de 7 de septiembre de 2000, afirma:

“el testimonio de un particular como es el controlador de la ORA es una prueba legítima que, en principio, aunque no goce de la presunción de veracidad”, apuntando a continuación “puede tener eficacia probatoria y sobre todo, si la otra parte no prueba hechos, contradictorios con los denunciados”

En conclusión, se pueden llevar a cabo acciones desde el punto de vista legal, contra esas “multas” de estacionamiento en zona azul, impuestas por controladores, que no poseen la calidad de funcionarios ni agentes de la autoridad, si bien la viabilidad del recurso dependerá de la existencia de otras pruebas además de la denuncia del controlador, así como prueba contradictoria por nuestra parte respecto a los hechos denunciados.

Para resolver cualquier duda al respecto, puede consultar con nuestro equipo especializado de abogados en Granada, Jaén y Málaga.

También puede contactar con nuestros profesionales vía online a través de la oficina virtual.

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399 comentarios

  • victor dice:

    Hola

    Ayer me multaron en Madrid por carecer de ticket en la zona azul. Había pagado el estacionamiento por la aplicación telpark y tengo la prueba de ello, de modo que no entiendo muy bien por qué me pusieron la multa ¿Como podría proceder en este caso para reclamarlo?

    Muchas gracias

  • Antonio dice:

    No hice caso de las notificaciones de una multa de aparcamiento , y me ha llegado una tercera carta (por correo ordinario) en la cual incluyen un aviso en el que dice que de conformidad con el art.112 de la Ley 58/2003 de 17 de Diciembre , se me citara a mi o mi representante para ser notificado por comparecencia en las dependencias de la Agencia tributaria de Madrid, por medio de anuncios que se publicaran por una sola vez, los lunes, miércoles y viernes de cada semana en el BOE.
    Si no compareciera se entenderá practicada a todos los efectos legales el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

    Quiere decir que ya no hay salida y se debe pagar, o es otra maniobra de acojonamiento del Ayuntamiento.

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Antonio, la Administración ha seguido el procedimiento administrativo que regula este tipo de infracciones. En el caso concreto, la Agencia Tributaria intenta comunicarte el requerimiento de pago y, si el mismo no es atendido y dejas trascurrir más tiempo, podrían proceder al embargo de tus bienes por el importe de la cantidad reclamada, más los recargos y los intereses de demora que se hubieran devengado hasta la fecha.

  • Foto del avatar HispaColex dice:

    Alberto, lamentablemente entendemos que la infracción se encuentra cometida, además las fotografías son pruebas que acreditan la misma siendo estas a favor del Ayuntamiento, por lo que sería conveniente proceder al pago de la multa con el fin de evitar recargo e intereses que pudieran ser de aplicación por el retraso.

  • Javier Fernández dice:

    Buenas tardes hoy aparqué en una zona que creía que era zona azul y puse el ticket y me han multado dentro del tiempo de validez del ticket porque es zona verde. La hora era ya tarde y estaba oscureciendo y había poca luz. Esa calle hace esquina con otra que sí que es zona azul ¿Puedo reclamar?

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Javier, si ya no tienes posibilidad de anular la sanción puedes alegar en ese sentido cuando te llegue la notificación de la multa, aportando como prueba el ticket abonado, así como fotografías para acreditar la dificultad de diferenciar si era zona azul o verde.

  • Eva Perelló dice:

    Buenos días :
    El Viernes 8 de Enero aparqué en un carga y descarga después del horario establecido de carga y descarga en el disco correspondiente pero cual fue mi sorpresa al encontrarme con una multa de la O.R.A. que encima dice que no puedo anular . ¿ Cómo he de proceder en este caso ?. Dispongo de foto de que no estoy aparcada en zona Azul si no en un carga y descarga .

    Muchas Gracias

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Eva, por lo que indicas se trata de una zona compartida de carga y descarga y zona azul por lo cual rige la señalización vertical en asunto de marca vial, de tal modo que al haber sobrepasado el horario de carga y descarga y regir el horario de la zona azul entendemos que la infracción se ha cometido.

  • Anna dice:

    Buenos dias,aparque con una aplicación de mi movil y pague.salian diferentes opciones y cogi la tarifa normal,y al volver vi la sancion de 60€ por equivocarme y no poner zona azul en vez de zona roja.Yo no me di cuenta de ello pues fui aparcando a la vez que me alejaba,total,ya que pagaba que mas me daba unos euros mas…estoy de acuerdo a pagar la diferencia por mi error,pero 60€ lo encuentro una aberración.Puedo hacer algo al respecto???.Gracias.

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Anna, es obligación del usuario comprobar que la zona de estacionamiento donde se encuentra su vehículo coincide con la que constan en el ticket del parquímetro. Puedes formular alegaciones intentando justificar que el vehículo disponía de ticket dentro de la franja horaria que se sanciona, el cual has de acompañar, indicando el error en la delimitación de la zona si bien insistimos, es responsabilidad tuya verificarla previamente.

  • Marta dice:

    Buenas noches, quiero recurrir por segunda vez una sanción de zona azul, ya que al parecer las alegaciones de la primera no fueron las debidas.
    ¿Qué debería poner en las alegaciones en este caso?
    Muchas gracias de antemano

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Marta, con los datos facilitados no podemos argumentarte unas alegaciones. En todo caso si la sanción se te ha comunicado fehacientemente a tu domicilio y has cometido la infracción, debes tener en cuenta los intereses que se están devengando durante este periodo hasta el pago.

  • Foto del avatar HispaColex dice:

    Ana, cada Ayuntamiento determina en las Ordenanzas Municipales aprobadas por el Pleno, la cuantificación de las sanciones que habrán de imponerse por la comisión de este tipo de infracciones, especificado la cuantía que corresponde en este caso y, no habiendo posibilidad de reducir dicho importe.

  • Foto del avatar HispaColex dice:

    Alba, si bien podrías presentar alegaciones explicando tu situación, lamentablemente no tienes pruebas que acrediten tal circunstancia, por lo que deberías abonar la multa en el menor tiempo posible para poder beneficiarte de la bonificación del 50% de la sanción.

  • JOSE MANUEL dice:

    mehan multado en Sevilla por no tener ticket de zona azul en zona de carga y descarga pasada la hora permitida pero es que a la media hora me volvieron a multar en línea amarilla también por operarios de azul sin dejar notoficacion solo foto.Mi em presa me indica que me llegara en unos días a casa: ¿Puedo recurrirla alegando una parada inferior a 2 minutos para descargar?
    Saludos y gracias de antemano

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Jose Manuel, la infracción se entiende cometida dado que no has abonado el ticket correspondiente en las zonas que legalmente se exigen, por lo que si se notifica la multa por correo certificado con acuse de recibo en tu domicilio, tendrás la opción de realizar alegaciones si no estás de acuerdo, pero ten en cuenta que si la abonas en período voluntario podrás beneficiarte de las bonificaciones que la ley establece.

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