Derecho Administrativo

02/12/2010

Novedades en la contratación con la Administración

Contratación administrativa.

Autor: HispaColex

A través de  la reciente Ley 34/2010, de 5 de agosto, se ha producido una modificación de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, lo más destacable se refiere al recurso especial en materia de contratación.

El citado recurso especial se circunscribe a los siguientes contratos administrativos:

  1. Contratos de obras, concesión de obras públicas, de suministro, de servicios, de colaboración entre el Sector Público y el Sector Privado y acuerdos marco, sujetos a regulación armonizada.
  2. Contratos de servicios comprendidos en las categorías 17 a 27 del Anexo II de la Ley de Contratos del Sector Público cuyo valor estimado sea igual o superior a 193.000 euros.
  3. Contratos de gestión de servicios públicos en los que el presupuesto de gastos de primer establecimiento, excluido el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido, sea superior a 500.000 euros y el plazo de duración superior a cinco años.

Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación previo a la interposición del contencioso-administrativo los siguientes actos:

  1. Los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación.
  2. Los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que éstos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. Se considerarán actos de trámite que determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento los actos de la Mesa de Contratación por los que se acuerde la exclusión de licitadores.

Una vez interpuesto el recurso, si el acto recurrido es el de adjudicación, quedará en suspenso la tramitación del expediente de contratación.

Para resolver cualquier duda al respecto, puede consultar con nuestro equipo especializado de abogados en Granada, Jaén y Málaga.

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16 comentarios

  • Jordi dice:

    Buenas tardes. Si en un concurso para prestar un servicio a un Ayuntamiento la mesa de contratación, valora según las bases, a una empresa el estar domiciliada en la misma localidad y eso no es cierto, ¿que pueden hacer las otras empresas concursantes para que dicha puntuación no se otorgue, si la mesa de contratación dice que no hace falta documentar dicho domicilio? ¿puede de alguna manera un licitador obligar a que se documente dicho dato? ¿se puede paralizar la adjudicación?

  • HispaColex dice:

    Estimada Cris:
    Depedendiente del tipo de contrato de que se trate, así como su cuantía, habrá que interponer recurso especial en materia de contratación administativa o bien recurso de reposición contra adjudicación definitiva, exclusión del concurso, etc.

  • Cris dice:

    Buenas tardes, me gustaria saber que recursos existen en materia de contratacion administrativa ademas del especial del art. 37 de la ley de contratos del sector publico.

    muchas gracias y espero que puedan contestarme

  • Hispacolex dice:

    Estimada Cristina,

    Si no ha sido recurrido el acto por el que se acuerda la exclusión en plazo, al recurrir al adjudicación provisional cabra alegar defectos en dicha adjudicación pero no la exclusión presuntamente irregular de otro licitador.

    Saludos

  • Cristina dice:

    Buenos días, mi duda es la siguiente, tras un acto administrativo donde se excluye a un licitador, que es firme, porque no se recurre, ¿cabría la posibilidad de recurrir la resolución de adjudicación provisional? y así solicitar que se anule el acto de exclusión?, muchas gracias

  • Hispacolex dice:

    Estimado Raúl:

    Como ejemplo de un acto de trámite adoptado en el procedimiento de adjudicación, que decida directa o indirectamente sobre la adjudicación, encontramos la adjudicación provisional.

    Y, como ejemplo de un acto de trámitea doptado en el procedimiento de adjudicación, que produzca indefención o perjuicio irreparablea derechos o intereses legítimos, podríamos citar la inadmisición de documentación aportada por el licitador que supongan una puntuación inferior en el procedimiento concursal.

    Un cordial saludo

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