Derecho Administrativo

27/05/2022

Dotaciones mínimas de recarga de vehículos eléctricos en aparcamientos adscritos a edificios de uso distinto al residencial 


El 1 de enero de 2023, los edificios de uso distinto al residencial privado -que cuenten con más de veinte plazas de aparcamiento-, deberán tener instalados puntos de recarga para vehículos eléctricos.


El RDL 29/2021, de 21 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito energético para el fomento de la movilidad eléctrica, el autoconsumo y el despliegue de energías renovables, establece en su artículo 4, referente a las dotaciones mínimas de recarga de vehículos eléctricos en aparcamientos adscritos a edificios de uso distintos al residencial o estacionamientos existentes no adscritos a edificios, que antes del 1 de enero de 2023, todos los edificios de uso distinto al residencial privado que cuenten con una zona de uso aparcamiento con más de veinte plazas, ya sea en el interior o en un espacio exterior adscrito, así como en los estacionamientos existentes no adscritos a edificios con más de veinte plazas, deberán disponer de las siguientes dotaciones mínimas de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos:

– Con carácter general, se instalará una estación de recarga por cada 40 plazas de aparcamiento o fracción, hasta 1.000 plazas, y una estación de recarga más por cada 100 plazas adicionales o fracción.

– En los edificios que sean titularidad de la Administración General del Estado o de los organismos públicos vinculados a ella o dependientes de la misma, se instalará una estación de recarga por cada 20 plazas de aparcamiento o fracción, hasta 500 plazas, y una estación de recarga más por cada 100 plazas adicionales o fracción.

Así mismo, es importante conocer que la Junta de Andalucía, a través de la Agencia Andaluza de la Energía, incentiva la instalación de puntos de recarga de coches eléctricos, a través del Plan Moves.

En relación con el Plan Moves III se encuentra abierto el plazo de presentación de las solicitudes de incentivos desde el día 20 de septiembre de 2021, permaneciendo abierto hasta el día 31 de diciembre de 2023 o agotamiento de los fondos, debiendo dirigirse a una empresa adherida para la solicitud del incentivo e instalación del punto de recarga. 


Para resolver cualquier duda al respecto, puedes contactar con nuestro equipo de abogados especializados en Derecho Administrativo o si lo prefieres, ven a visitarnos a nuestras oficinas de Granada, Málaga o Jaén. Estaremos encantados de ayudarte a resolver cualquier pregunta que nos plantees a través de nuestra oficina virtual.

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