Derecho Civil-Mercantil

01/02/2011

Pensión de alimentos: modificación de la cuantía

Cambios en los pagos de la pensión de alimentos.

Autor: HispaColex

En estos tiempos de crisis que estamos viviendo, cada vez es más frecuente acudir a los Tribunales para solicitar que la pensión de alimentos que un progenitor debe abonar a sus hijos sea modificada, se reduzca su cuantía.

Solemos tener la idea preconcebida de que una vez que se ha fijado una pensión de alimentos para un hijo en un procedimiento de Separación o Divorcio o bien de Medidas Paterno Filiales en Unión de Hecho, dicha pensión es inamovible y en todo caso, no hará más que subir anualmente conforme a la variación del IPC. Ahora bien, ello será así, siempre que las circunstancias personales y económicas no varíen.

Todos somos conscientes de la grave crisis económica por la que estamos atravesando y que tiene un  especial impacto en el mundo laboral. Así, cualquier progenitor que tenga una modificación sustancial de su situación laboral o profesional, tanto por desempleo, como por reducción de sus ingresos (p.e. pensemos en un comercial que ha rebajado su cartera de clientes y, por lo tanto, sus ventas en un 30% mensual) está perfectamente legitimado para solicitar al Juzgado que corresponda que se modifique  la cuantía de la pensión de alimentos que debe pasar a sus hijos.

Se trata ésta de una petición legítima, ya que la pensión de alimentos debe ser proporcional a las necesidades del hijo, pero también a las posibilidades económicas del progenitor obligado a  pagarla. Evidentemente no es lo mismo un profesional que obtenga mensualmente una nómina de 2000 euros y deba pasar una pensión de alimentos de, por ejemplo, 350 euros mensuales, que esa misma persona en situación de desempleo y que perciba un subsidio de 900 euros al mes o, lo que es peor, que dicho subsidio termine y deje de obtener ingresos, al menos hasta que pueda volver a incorporarse al mercado laboral.

Tampoco podemos olvidar que este tipo de procedimientos tienen, siempre, como prioridad y objetivo principal el mayor y superior interés de los hijos menores. Ello quiere decir que para que un Juzgado estime esa reducción de la pensión de alimentos debe quedar perfectamente probado, en primer lugar que esa nueva situación laboral (desempleo, reducción de ingresos, etc) en caso alguno se ha debido a una actuación provocada por el obligado a la pensión de alimentos (p.e. provocando un despido), en segundo lugar, que esa situación se haya dado con posterioridad a la Sentencia de Separación, Divorcio o Medidas Paterno Filiales que fijaran la pensión que pretendemos reducir, en tercer lugar que dicho cambio tenga cierta permanencia en el tiempo y que el mismo sea suficientemente sustancial, es decir, una reducción en los ingresos mensuales de 50 euros no tiene relevancia suficiente para que un Juzgado estime la reducción.

La rebaja de la pensión de alimentos quedará siempre sometida a la decisión del Juzgado que decidirá si reduce la misma, así como en que cantidad, dependiendo todo ello de la prueba que se pueda aportar al proceso, pero no nos olvidemos de la existencia de esta opción para todas aquellas personas que están obligadas a abonar una pensión de alimentos a sus hijos y que, como consecuencia de los avatares del mercado laboral, ya no pueden hacer frente a la misma en las condiciones que existían en el momento de su fijación.

Para resolver cualquier duda al respecto, puede consultar con nuestro equipo especializado de abogados en Granada, Jaén y Málaga.

También puede contactar con nuestros profesionales vía online a través de la oficina virtual.

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542 comentarios

  • Antonio dice:

    Hola.
    Padre divorciado con 3 hijos. Custodia la madre. Salario Neto 1662 de media cada mes. Pensión inicial de mutuo acuerdo y que consta en el convenio regulador: 900€ (ahora 927 por IPC).
    Me cuesta mucho mantenerme pasando esa cantidad, y la madre vive cómodamente. Es cierto que en ningún caso me pueden pedir más del 50% de mi salario neto? Muchas gracias,

  • HispaColex dice:

    Es posible que solicite una reducción de la pensión de alimentos en atención a los argumentos que expone. Un cordial saludo.

  • G.m dice:

    HOla mi hija no pernocta conmigo, pero la diferencia esta en apenas una noche por la cual pago pension.lo de bajar la pension es posible? y el que no tenga que pagarla? yo estoy sin trabajo y obviamente no puedo pasarla, lo que quiero es que bajar gastos yo tambien necesito alimentarme y considero que lo mas logico es que cada uno de los padres asuma los gastos en hogar y luego los gastos como colegio,extras y demas al 50% en esto ningun problema. mi hija en mi casa tiene ropa, come, etc y en casa de su madre tambien entonces no entiendo por que yo tengo que pasar pension aun estando sin trabajo para cubrir sus gastos en casa de la madre ademas de cubrirlos en mi casa. alguien se ha parado a pensar que cuando es en un matrimonio todo va a partes “iguales” pero cuando hay una separacion el padre acaba mucho peor parado.

  • G.m dice:

    Hola buenas tardes, desde ya muchas gracias por contestar mi pregunta.
    Mi caso es el siguiente, yo me divorcie hace 5 años y en su momento por como estaba todo firme una pension de 350€ que hoy dia no puedo seguir manteniendo, mi hija esta con su madre y pasa conmigo todos los medios dias que viene a comer a casa, yo estoy sin trabajo por lo que me gustaría poder tener custodia compartida ya que la unica diferencia de tiempos es que un dia de la semana en vez de quedarse conmigo se queda con la madre, sino estariamos al 50%, que posibilidades podria tener ya que no tengo ingresos y no puedo seguir pagando tal cantidad.un saludo y gracias.

  • Elisabeth dice:

    Ah, y por cierto, el convenio dice que me tiene que pasar el 40% de extraescolares, material escolar y medicinas, me pasa las extraescolares de un niño, pero del otro no, por que comenta que fui yo la que decidió apuntarla a la guarderia y que ahora la podria cuidar yo…debo reclamar?

  • Elisabeth dice:

    Buenas tardes, mi consulta es por que hace 2 años que estoy divorciada, tengo dos hijos bajo mi custodia de 3 y 5 años respectivamente, el caso es que cuando se firmo el convenio yo tenia 6 veces mas ingresos que él, acordamos que me pasaria 125 euros por niño, ahora mi situacion ha cambiado, estoy en paro hace un 6 meses, y el tiene mas ingresos ya que esta trabajando a tiempo total, puedo solicitar el aumento de pensión alimenticia? y si es así puedo reclamarle los atrasos desde que bajaron mis ingresos?
    Muchas gracias, un saludo.

  • Rosa Perant dice:

    Estimados Sres.
    Agradecería me ayudaran a aclararme sobre la siguiente cuestión. Estoy divorciada desde hace 4 años, tengo bajo mi guardia y custodia a mi hijo de 6 y a mi hija de 4. Desde que se dictó la Sentencia mi ex marido ha abonado la pensión por alimentos a sus hijos, 200 euros a cada uno. El caso es que en el mes de marzo de este año, la fábrica donde él trabaja realizó un expediente de regulación de empleo, empezando él a percibir la prestación por desempleo. El problema es que ahora me dice que ha hablado con su abogada y le dice que tiene que pagar únicamente un porcentaje sobre la pensión de alimentos que venía abonando. Desconozco si esto es así o no, y si lo fuera, qué porcentaje se aplica. Gracias por su atención y felicitarles por la labor que realizan. Gracias de todo corazón. Un saludo, buenos días.

  • Émilia dice:

    Hola me gustaría saber qué pension ha de pasar mi hijo a mis nietos son 2 cuando cobra 650,paga 550 de hipotaca?

  • Marcos Gomez dice:

    Perdon no firme una ayuda si no una pension…

  • Marcos Gomez dice:

    Me separé hace un año de mutuo acuerdo y con una relacion excelente con ella y se ha quedado con el piso y la hipoteca correspondiente por que trabaja. Yo estoy en el paro y he agotado el subsidio y voy a cobrar los 399€ de la ayuda “prepara” del gobierno. Firmé en su dia una ayuda de 200 € por que mi ex me dijo que mientras que no trabajará que no pasaba nada, ahora se ha echado novio (tambien separado) y como supongo que le aconsejan (su novio y su familia) me exige los 200 €. Vivo con mi padre jubilado y de alquiler y no llegamos a fin de mes. Estoy pasandolo muy mal y no sé si tengo que darle los 200€ y si no puedo si se acumula la deuda. Gracias y espero haberlo explicado bien

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