Derecho Civil-Mercantil

01/02/2011

Pensión de alimentos: modificación de la cuantía

Cambios en los pagos de la pensión de alimentos.

Autor: HispaColex

En estos tiempos de crisis que estamos viviendo, cada vez es más frecuente acudir a los Tribunales para solicitar que la pensión de alimentos que un progenitor debe abonar a sus hijos sea modificada, se reduzca su cuantía.

Solemos tener la idea preconcebida de que una vez que se ha fijado una pensión de alimentos para un hijo en un procedimiento de Separación o Divorcio o bien de Medidas Paterno Filiales en Unión de Hecho, dicha pensión es inamovible y en todo caso, no hará más que subir anualmente conforme a la variación del IPC. Ahora bien, ello será así, siempre que las circunstancias personales y económicas no varíen.

Todos somos conscientes de la grave crisis económica por la que estamos atravesando y que tiene un  especial impacto en el mundo laboral. Así, cualquier progenitor que tenga una modificación sustancial de su situación laboral o profesional, tanto por desempleo, como por reducción de sus ingresos (p.e. pensemos en un comercial que ha rebajado su cartera de clientes y, por lo tanto, sus ventas en un 30% mensual) está perfectamente legitimado para solicitar al Juzgado que corresponda que se modifique  la cuantía de la pensión de alimentos que debe pasar a sus hijos.

Se trata ésta de una petición legítima, ya que la pensión de alimentos debe ser proporcional a las necesidades del hijo, pero también a las posibilidades económicas del progenitor obligado a  pagarla. Evidentemente no es lo mismo un profesional que obtenga mensualmente una nómina de 2000 euros y deba pasar una pensión de alimentos de, por ejemplo, 350 euros mensuales, que esa misma persona en situación de desempleo y que perciba un subsidio de 900 euros al mes o, lo que es peor, que dicho subsidio termine y deje de obtener ingresos, al menos hasta que pueda volver a incorporarse al mercado laboral.

Tampoco podemos olvidar que este tipo de procedimientos tienen, siempre, como prioridad y objetivo principal el mayor y superior interés de los hijos menores. Ello quiere decir que para que un Juzgado estime esa reducción de la pensión de alimentos debe quedar perfectamente probado, en primer lugar que esa nueva situación laboral (desempleo, reducción de ingresos, etc) en caso alguno se ha debido a una actuación provocada por el obligado a la pensión de alimentos (p.e. provocando un despido), en segundo lugar, que esa situación se haya dado con posterioridad a la Sentencia de Separación, Divorcio o Medidas Paterno Filiales que fijaran la pensión que pretendemos reducir, en tercer lugar que dicho cambio tenga cierta permanencia en el tiempo y que el mismo sea suficientemente sustancial, es decir, una reducción en los ingresos mensuales de 50 euros no tiene relevancia suficiente para que un Juzgado estime la reducción.

La rebaja de la pensión de alimentos quedará siempre sometida a la decisión del Juzgado que decidirá si reduce la misma, así como en que cantidad, dependiendo todo ello de la prueba que se pueda aportar al proceso, pero no nos olvidemos de la existencia de esta opción para todas aquellas personas que están obligadas a abonar una pensión de alimentos a sus hijos y que, como consecuencia de los avatares del mercado laboral, ya no pueden hacer frente a la misma en las condiciones que existían en el momento de su fijación.

Para resolver cualquier duda al respecto, puede consultar con nuestro equipo especializado de abogados en Granada, Jaén y Málaga.

También puede contactar con nuestros profesionales vía online a través de la oficina virtual.

Foto del avatar  Hispacolex

Si tiene dudas sobre como aplicar este artículo a su caso, puede realizarnos una consulta a través de nuestro formulario

542 comentarios

  • ANTONIO dice:

    Acabo de recibir la sentencia de divorcio y me parece un poco descompensada, donde se condenan a pagar 600€ por los dos hijos que tengo, donde mis ingresos rondan los 1.000€, puedo recurrir la sentencia???? y

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimado Antonio,
      Atendiendo a la cuestión que planteas, la cuantía de la pensión de alimentos depende de dos circunstancias, de los ingresos de la persona que está obligada a abonarlos y de las necesidades del beneficiario, en este caso tus hijos, no existiendo ningún baremo obligatorio al que deba ajustarse el juez a la hora de fijar la pensión de alimentos, pudiendo establecerla conforme a su criterio dentro de los márgenes de la Ley. A los efectos de un posible recurso, en el que se pretenda la reducción de la cuantía establecida, habría que probar que tu situación económica no es proporcional a la cuantía establecida, y que las necesidades de tus dos hijos son menores a los efectos de conseguir una reducción en la misma. No obstante habría que estar al caso en concreto y a la sentencia dictada en el procedimiento de separación.
      Saludos

  • ANTONIO dice:

    Buenas tardes,
    Me acaba de salir la sentencia de divorcio, donde dice que tengo que pasar una pensión alimenticia de 300€ por un hijo, donde en la actualidad tengo unos ingresos salariales de 1000€, la parte contraria a aportado pruebas donde demuestran (no ciertas) tener unos ingresos de 1.600€, estoy en plazo aun para recurrir la sentencia, como debería hacer???
    Gracias de antemano

  • Paula dice:

    Hola buenas tardes, me estoy separando, y quisiera informarme de cuanta manutención me corresponderia de acuerdo a la situación. Mi ex pareja gana unos 970€neto( unos 200 que no están en nómina). Tiene un hijo de otra relación, a la cuál le pasa 200€ mensuales. Mi situación económica, al tener una bebé de 12 meses y dedicarme a su crianza,es solamente la ayuda de 426€. La situación económica de la mamá de su primer hijo, es bastante buena, un trabajo de 1300 €. Cómo dictaminaría un juez la sentencia de manutención para mi hija? Se pueden equiparar las pensiones a sus 2 hijos? Agradezco su ayuda

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimada Paula,
      Atendiendo a la cuestión que planteas, indicarte que a la hora de fijar la pensión de alimentos, se valorará por un lado las circunstancias económicas del que está obligado a abonarla, en este caso tu ex pareja, así como las necesidades del que las recibe que es tu hija menor de edad. Igualmente mencionarte que el hecho de que tu ex pareja tenga hijos como consecuencia de otra relación, se tendrá en cuenta a la hora de hacer una valoración de situación económica como obligado al pago de varias pensiones.
      Saludos.

  • María dice:

    Buenas tardes. Mi ex marido quiere rebajar la pension de alimentos de los niños. Está contemplado en nuestro convenio que pase pensión según ingresos, no una cantidad fija. Mi pregunta es si debe presentar su nueva nómina en el juzgado para modificar la pensión o simplemente con dejar de pasar la cantidad que pasaba hasta ahora le basta.

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimada María si los términos del Convenio, era que la cantidad se fijaba según los ingresos percibidos por el progenitor no custodio, y obligado a prestar la pensión por alimentos, si en la actualidad han variado esos ingresos, debe de instar un procedimiento de modificación de medidas, y acreditar que efectivamente los ingresos han disminuido para así aminorar la pensión por alimentos.

  • Mariana dice:

    Hola estoy divorciada y tengo una niña de 7 años…en la. Sentencia de divircio de firmo 200e de pensión alimenticia mas gastos extras..las visitas dos tardes a la semana y finde semana alternó..pero hace un par de años el se a ido a vivir a francia y solo viene a ver a la niña cada 3 o 4 meses..mi pregunta es hay algun cambio en la pension de alimentos?

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimada Mariana, no existe ningún cambio en la cuantía de la pensión, por el hecho de que el padre se haya marchado a vivir a Francia. Si podría modificarse la pensión de alimentos si hubieren disminuido los ingresos del progenitor obligado a dar los alimentos y así lo solicite mediante el correspondiente procedimiento judicial de modificación de medidas.

  • Gilberto dice:

    Hola buenas tardes. Tengo un hijo de 9 meses, actualmente estoy separado de su madre, me gustaría saber cuanto me tocarian aportar de pensión alimenticia, si mi salario es de 1000€ al mes, pero, también tengo dos hijos 17 y 19 años, de otra relación, a los cuales también les tengo que ayudar mensualmente?

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimado Gilberto: Para fijar la pensión por alimentos que ha de prestarse por el progenitor no custodio y que así se ha de establecer en resolución judicial, va en función de los ingresos económicos del obligado a darlos, y las necesidades de quien los recibe, el hijo. Existen unas tablas orientativas para el cálculo de la pensión por alimentos establecidas por CGPJ, atendiendo a las cantidades que nos expresas, la cuantía de la pensión por alimentos rondarían los 150 euros aproximadamente.

  • Joan dice:

    Debido a una enfermedad por cáncer, con tratamiento y posterior intervención, me quedé sin trabajo. Ahora, debido a las secuelas de mi enfermedad, me han concedido la incapacidad permanente total, estableciento una pensión mensual de 369 euros, y pago una pensión alimenticia a mi hijo de 250 euros. Evidentemente no puedo asumir este pago, en cuánto podría quedar fijada esta pensión si solicito una revisión? cómo puedo solicitarla si no puedo costearme un abogado?

    gracias

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimado Joan, dado que han cambiado sustancialmente las circunstancias que se tomaron en cuenta para determinar la cuantía de pensión por alimentos en el proceso donde se estableció dicha pensión, tendrá que solicitar un procedimiento de modificación de medidas definitivas. Para la fijación de dicha nueva cuantía, hay que atender no sólo los ingresos que obtienes sino la edad y necesidades del hijo que va a recibir dichos alimentos.
      Para iniciar los trámites del referido procedimiento, si careces de ingresos económicos, acude al Colegio de Abogados de tu localidad para solicitar la asistencia jurídica gratuita y la asistencia de un letrado de oficio.

  • Jessica dice:

    Mi ex marido es autonomo, lleva cuatro años sin pagar el aumento del IPC de la pension de alimentos, y tampoco me ha pagado los recibos escolares de los tres ultimos cursos estipulados por sentencia como gastos extraordinarios a pagar por mitades iguales, asi como tampoco me ha pagado la mitad de la factura de las gafas de nuestra hija ni del dentista, de todo ello tiene copia de facturas y recibos. Ahora tras poner una denuncia ante el juzgado, no sin antes avisarle para la regularizacion de la situacion mediante burofax, ahora me amenaza con pedir una modificacion de la pension alegando que no tiene nomina y que como autonomo no cobra cada mes lo mismo y que por culpa de la crisis han reducido sus ingresos. Yo se que es mentira ya que hace unos meses me compro mi parte del piso, tiene ademas otra casa enorme, mas dos locales propios, mas dos o tres parquings, varios coches de alta gama, ademas de que tiene dos hijos mas con su actual mujer (amante suya durante nuestro matrimonio) a los que lleva a un colegio privado, les paga extra escolares ( cosa que le ha negado a mi hija), y les paga esplais en vacaciones y mutua privada, ademas de las vacaciones a tenerife, ibiza y otro lugares a los que va cada quince dias cuando le toca estar con mi hija, comidas en restaurantes, hoteles en andorra y otras ciudades, y un plan de pensiones en el banco de alrededor de 20 millones de pessetas o mas. Osea que su nivel de vida es alto. Pueden concederle la reduccion de la pension? Como puede él demostrar su reduccion de ingresos? Como puedo yo demostrar su nivel alto de vida? Y sus ingresos y gastos? Que debo pedir al juzgado y cuando para que le investiguen sus ingresos, propiedades, vehiculos y gastos NO equitativos entre sus hijos con la otra y nuestra hija en comun? Gravias de antemano.

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimada Jessica,

      La reducción de la pensión de alimentos va a quedar siempre sometida a la decisión del Juzgado, así, si el padre de tus hijos quiere reducir el importe de la pensión que hasta ahora está abonando, debe probar en el seno del procedimiento que su situación económica, ha variado desde el momento en que se dictó la sentencia que fijaba la pensión, de forma considerable e involuntaria, de tal manera que no pueda hacer frente al pago de la misma. Igualmente, habrá que tener en cuenta a la hora de valorar su situación económica la existencia de nuevos hijos, fruto de una relación posterior. En este caso, será el Juzgado el que aplique, si lo estima procedente, la reducción solicitada, teniendo siempre presente dos premisas, las posibilidades económicas que tu ex pareja tiene, así como las necesidades quien las recibe, que es el hijo que tenéis en común.

      Un cordial saludo.

  • Eduvigis cabrerizo Duran dice:

    No paga la pension del 2014 hadta ahora son 3 niñas y la pequeña con una discapacidad del 75% el se a cogido a los 426 € para ser insolvente el juez a estimado quitarle 250€ y aun no los percibes ademas el por su cuenta vende movile y pone aire acondicionados q dererechos tienen mis hijas si no paga nada se puede denunciar de nuevo un saludo gracias

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimada Eduvigis,

      En relación a tu consulta, indicarte que el impago de pensiones es objeto de reproche penal, constituyendo delito dos impagos consecutivos o cuatro no consecutivos de dicha pensión, pudiendo en este caso interponer denuncia en dicho sentido, debiendo acreditar la situación económica en este caso de tu ex pareja. Ahora bien, para el caso que se acredite que tu ex marido se encuentra en una situación de insolvencia económica careciendo de recursos que le hagan imposible atender no solo el cumplimiento de la obligación del abono de alimentos, sino también incluso a sus propias necesidades, los tribunales, vienen estableciendo una pensión denominada “mínimo vital”, a los fines de cubrir las necesidades más imprescindibles, en este caso de tus hijos.

      Un cordial saludo.

  • Eduvigis cabrerizo Duran dice:

    Tengo 3 niñas y la pequeña con una discapacidad de 75% no le pasa la pension del 2014 el juez ha estimado quitarle 250€ porque el sea cogido a los 426€ para verse insolvente ..Pero el vende moviles y pone aires acondiicionado esto tiene delito que se puede hacer por favor gracias un saludo

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *