Derecho Civil-Mercantil

01/02/2011

Pensión de alimentos: modificación de la cuantía

Cambios en los pagos de la pensión de alimentos.

Autor: HispaColex

En estos tiempos de crisis que estamos viviendo, cada vez es más frecuente acudir a los Tribunales para solicitar que la pensión de alimentos que un progenitor debe abonar a sus hijos sea modificada, se reduzca su cuantía.

Solemos tener la idea preconcebida de que una vez que se ha fijado una pensión de alimentos para un hijo en un procedimiento de Separación o Divorcio o bien de Medidas Paterno Filiales en Unión de Hecho, dicha pensión es inamovible y en todo caso, no hará más que subir anualmente conforme a la variación del IPC. Ahora bien, ello será así, siempre que las circunstancias personales y económicas no varíen.

Todos somos conscientes de la grave crisis económica por la que estamos atravesando y que tiene un  especial impacto en el mundo laboral. Así, cualquier progenitor que tenga una modificación sustancial de su situación laboral o profesional, tanto por desempleo, como por reducción de sus ingresos (p.e. pensemos en un comercial que ha rebajado su cartera de clientes y, por lo tanto, sus ventas en un 30% mensual) está perfectamente legitimado para solicitar al Juzgado que corresponda que se modifique  la cuantía de la pensión de alimentos que debe pasar a sus hijos.

Se trata ésta de una petición legítima, ya que la pensión de alimentos debe ser proporcional a las necesidades del hijo, pero también a las posibilidades económicas del progenitor obligado a  pagarla. Evidentemente no es lo mismo un profesional que obtenga mensualmente una nómina de 2000 euros y deba pasar una pensión de alimentos de, por ejemplo, 350 euros mensuales, que esa misma persona en situación de desempleo y que perciba un subsidio de 900 euros al mes o, lo que es peor, que dicho subsidio termine y deje de obtener ingresos, al menos hasta que pueda volver a incorporarse al mercado laboral.

Tampoco podemos olvidar que este tipo de procedimientos tienen, siempre, como prioridad y objetivo principal el mayor y superior interés de los hijos menores. Ello quiere decir que para que un Juzgado estime esa reducción de la pensión de alimentos debe quedar perfectamente probado, en primer lugar que esa nueva situación laboral (desempleo, reducción de ingresos, etc) en caso alguno se ha debido a una actuación provocada por el obligado a la pensión de alimentos (p.e. provocando un despido), en segundo lugar, que esa situación se haya dado con posterioridad a la Sentencia de Separación, Divorcio o Medidas Paterno Filiales que fijaran la pensión que pretendemos reducir, en tercer lugar que dicho cambio tenga cierta permanencia en el tiempo y que el mismo sea suficientemente sustancial, es decir, una reducción en los ingresos mensuales de 50 euros no tiene relevancia suficiente para que un Juzgado estime la reducción.

La rebaja de la pensión de alimentos quedará siempre sometida a la decisión del Juzgado que decidirá si reduce la misma, así como en que cantidad, dependiendo todo ello de la prueba que se pueda aportar al proceso, pero no nos olvidemos de la existencia de esta opción para todas aquellas personas que están obligadas a abonar una pensión de alimentos a sus hijos y que, como consecuencia de los avatares del mercado laboral, ya no pueden hacer frente a la misma en las condiciones que existían en el momento de su fijación.

Para resolver cualquier duda al respecto, puede consultar con nuestro equipo especializado de abogados en Granada, Jaén y Málaga.

También puede contactar con nuestros profesionales vía online a través de la oficina virtual.

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542 comentarios

  • Pilar dice:

    Buenos días,
    Mi duda es la siguiente. Mi expareja me esta abonando una pensión alimenticia por mis dos hijos menores. En el convenio colectivo y sentencia judicial dice que la pensión se actualizará según el IPC anua, sin especificar nada más. Pues bien, este año me he encontrado que me ha bajado la pensión de alimentos unos 4 euros porque dice que el ipc del año 2015 ha sido en noviembre de -3%. ¿Puede bajarme la pensión si la inflación ha sido negativa?. Más que nada porque si imaginamos que años posteriores la inflación sigue siendo negativa, me la va a estar bajando todos los años, incluso menos de lo que se dicto judicialmente. Porfavor, si me contestan me lo pueden argumentar con fundamentos jurídicos, más que nada lo digo para explicarselo a mi ex. Muchas gracias por su ayuda y por la web.

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Pilar:
      La pensión por alimentos se fija mediante una cantidad determinada y atendiendo fundamentalmente a los ingresos económicos del alimentante (en este caso, el progenitor no custodio) y dependiendo de las necesidades del que los recibe, rigiéndose por el principio de proporcionalidad. La pensión por alimentos es una deuda de valor, lo que conlleva su actualización, y se actualiza conforme al IPC, realizándose normalmente a primeros de año, o cuando se haya estipulado en convenio regulador o sentencia judicial. El IPC aumenta o disminuye dependiendo del mercado, y las deudas de valor están sujetas a esas alteraciones. En este año, 2015, el IPC ha sido de -3%, y si no se ha expresado en el convenio regulador que la pensión se actualizará según la variación al alza del IPC, se puede disminuir si el IPC es negativo.

  • JOHA dice:

    HOLA, DESDE HACE UN AÑO ESTOY EN PROCESOS JUDICIALES POR PENSIÓN ALIMENTICIA DE MI HIJA, DENUNCIA POR LO CIVIL, SENTENCIA FIRME LA CUAL INCUMPLIÓ, DENUNCIA POR LO PENAL, TUVE QUE DECLARAR, COMO A LOS 5 MESES DECLARAR EL, LE PIDIERON DOCUMENTACION Y NO LA APORTO, LE LLAMARON A DECLARAR DE NUEVO Y DESPUES DE 4 MESES MAS AHORA RESULTA QUE DEBO ESPERAR OTROS TRES MESES PARA QUE DECLARE Y MIENTRAS NO LE HAN PODIDO EMBARGAR NADA, TIENE TODO MUY CONTROLADO (ES EMPRESARIO) SUS CUENTAS EN CERO EUROS, PERO LAS DE LA EMPRESA MOVILIZANDO, SEGUN LO DE LA EMPRESA NO SE PUEDE EMBARGAR Y MIENTRAS MI HIJA PASANDO PENURIAS CON LO POCO QUE YO LE PUEDO DAR, AHORA BIEN MI PREGUNTA ES ¿CUANTO TIEMPO DEBE PASAR PARA QUE LOS JUZGADOS TOMEN EL CUENTA MI CASO Y NO SIGAN POSPONIENDO LAS COSAS? ¿SERA QUE NOS DEBE PASAR ALGO A MI Y A MI HIJA PARA QUE SEA RELEVANTE? O SI POR UN ATAQUE DE ANSIEDAD ME DA POR IR A RECLAMARLE A ESE HOMBRE PUEDE QUE TODO SEA MAS RAPIDO. AGRADEZCO LA AYUDA Y ORIENTACION, GRACIAS.

  • María dice:

    Buenas tardes,

    Llevo separada desde julio de 2007 y durante todo este tiempo mi ex-marido me ha abonado la pensión de nuestra hija. Hasta el año 2015 los dos teníamos trabajo estable, pero ahora y debido a un ERE, yo me he quedado sin trabajo. ¿Puede solicitar una reducción de pago de la pensión de alimentos?
    Un saludo y gracias por su tiempo.

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimada María:
      Si no hemos entendido mal la que ha perdido el trabajo has sido tú, no el obligado a pasar la pensión de alimentos con lo cual no cabe solicitar una reducción por dicho motivo.
      Un cordial saludo.

  • Pedro dice:

    Yo firme en 2009 un convenio regulador de mutuo acuerdo dando a mi exmujer una pension de alimentos de 500€ mensuales y una clausula fija del 4% anual.
    Nunca me lo pidio la regularización y lo hizo via ejecutiva y en 2015 y tuve que pagar un dineral, antes jamas me habia reclamado nada.
    Yo gano lo mismo que en 2009 cuando firme y aparte de la inflación de estos años y el aumento de la pensión (ahora pago 620€ y en Enero tendre que llegar a 650€) el aumento de 4% anual va haciendo que cada vez la pension sea mas cara e impacte cada vez mas en mi economía.
    Ademas tengo ahora otros dos hijos más con lo cual la economía familiar va emperorandose y cada año ira a más.

    Es posible reducir la pensión?
    Es posible cambiar el 4% fijo por el IPC?
    Puedes argumentar que tu no tienes subida salraial para no pagar más??

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimado Pedro:
      Habría que comprobar si tus ingresos han disminuido desde el acuerdo y también, el hecho de tener nuevos hijos, si bien no es absolutamente determinante si debe tenerse en cuenta a la hora de solicitar una reducción de pensión de alimentos.
      Un cordial saludo.

  • ALEX dice:

    Hola muy buenas.
    quiero contarles mi caso y a ver si me pueden orientar un poco. hace 3 meses que me separe de mi pareja y ambos Tenemos un niño de 3 años. hicimos un convenio regulador de mutuo acuerdo, exponiendo ella la mayoría de las exigencias sin apenas negociar mucho, con el pretexto de que si yo lo aceptaba me dejaría ver al niño mas días de los que en dicho convenio quedan expuestos.
    la pension alimenticia se fijo en 150 e al mes cuando no este trabajando ( que en aquel entonces yo estaba en paro ) y fines de semana alternos con pèrnucta. Mas 1 dia entre semana de 4 a 7 y la semana que no me toca el fin de semana solo 2 tardes. ( de 4 a 7 )
    En la actualidad los 2 estamos trabjando cobrando mas o menos 1200 cada uno.
    Actualmente le paso 250 e mensuales mas el pago de la letra de su coche que entre el padre de ella y yo buenamente le financiamos otros 170 euros que siempre e pagado y sigo pagando yo.
    a esto le tengo que añadir el alquiler que son 330 e mas 150 e gasoil que gasto en ir a trabajar.
    Ahora bien , ella vive con la madre y se va a trabajar a las 6 o 7 de la tarde quedándose mi hijo con la abuela que en mi opinión no le esta dando una buena educación viendo la tele a cada rato!
    1ºpregunta: ¿tendría posibilidad de ampliar los días en los que puedo estar con mi hijo envez de estar con la abuela porque ella esta trabajando, y yo tengo todo el dia libre porque trabajo de turno de noche asta las 8 de la mañana y podía recoger al peque del colegio etc.ques posibilidades tendría en un jucio?
    2º pregunta: ¿podría modificar la pension de alimentos o dejar de pagarle el coche puesto que ella se permite toda clase de lujos( ropa nueva de marca, vacaciones en bungalow etc..) y yo no tengo ni pacomprarme unos zapatos para el trabajo…?
    gracias le agradecieria una repsuesta y en ella un buen consejo

  • juan carlos dice:

    Buenas, me estoy separando. Mi ex me exige una pensión de 600 € para que sea de mutuo acuerdo y no ir a juicio, con régimen de visitas(2 tardes y fines de semana alternos) yo cobro 1900€, y pago 600€ de hipoteca de una casa 100% mía de antes de casarnos. Tenemos un hijo de 4 años,que vivirá con ella ( de alquiler). Ella es autónoma y declara poco , 9000€ al año, aunque cobra mas del doble.
    Mi pregunta es si 600€ es disparatado y no debo de firmar esos papeles? O esta dentro de lo lógico y no debo de meterme en juicios e historias?
    Muchas gracias

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimado Juan Carlos:
      En principio la pensión propuesta nos parece elevada pero debe ser tu letrado, previa evaluación con detalle de las circunstancias económicas que os rodean, el que tenga la última palabra.
      Un cordial saludo.

  • Rosario dice:

    Buenas tardes, he pagado la revisiones de IPC de hace 9 años a mi ex pareja (teniamos acordado no hacerlo pero me interpuso una demanda pq le faltaba dinero). Lo pagué, pero a posteriori hemos tenido otro juicio donde reconoce que teniamos un acuerdo y por ello no se actualizó la pensión. Pregunto, puedo solicitar que me devuelva lo que le he ingresado indebidamente de los IPC si aporto la prueba del juicio donde aparece reconociendo dicho acuerdo mutuo verbal?

    Gracias.

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimada Rosario:
      Si realmente queda suficientemente claro ese acuerdo puedes interponer demanda reclamando la devolución del dinero actualizado, ahora bien, no olvides que si nos referimos a la pensión de un menor es muy probable que se desestime tu petición en mayor interés del hijo y ateniendo a que ya ha sido abonado. Un saludo.

  • Ramón dice:

    Hola,

    Estoy divorciado desde 2008, paso una pensión a mi ex mujer de 800€ por mutuo acuerdo, pero ahora mi situación ha cambiado llevo en el paro desde el año pasado cobrando 900€ y va bajando, mi ex mujer vive en la casa de los dos, libre de Hipoteca, yo vivo de alquiler y pago 550€ estoy ahora casado, mi ex vive con nuestra hija que es independiente desde antes de divorciarnos.
    ¿Puedo revisar el convenio de divorcio, y cuanto tengo que pagar de pensión a mi ex ?

    Gracias.

    Un saludo.

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimado Ramón:
      Si tu actual situación económica es diferente a la que tenías cuando os divorciasteis y puedes demostrar que dicha disminución de ingresos no se debe a causas voluntarias puedes solicitar una reducción de dicha pensión. En cuanto a la cuantía, ello dependerá de las actuales circunstancias económicas tanto tuyas como de tu ex y de las necesidades del hijo y debe valorarlas un letrado previo examen del caso en profundidad.
      Un cordial saludo.

  • olga dice:

    Estoy en un proceso de divorcio en el cual yo me quedaré la custodia de los niños. El padre tiene reducción de jornada por cuidado de hijos. Puede continuar con ella si yo tengo la custodia. Me pregunto esto porque la cuantía de pensión alimenticia variará en función de lo que el gane. Y ahora gana menos debido a esa reducción. Gracias.

  • Daniel dice:

    Buenas tardes,

    En mi caso el hijo es de mi mujer (mio de corazón aunque no de sangre), el padre lleva sin pagar manutención de 200€ más de 2 años, nunca ha pagado el aumento de IPC. Alega para no pagar que no tiene trabajo, pero el niño nos comenta que cuando lo recogen (lo recogen siempre los abuelos) el padre no está nunca con él. Fuimos a una trabajadora social del ayuntamiento y cuando ésta citó al padre le dijo que no pasaba tiempo con el niño porque su trabajo no se lo permite.

    En resumen, el niño no está con el padre, el padre no paga, lo recogen y lo traen siempre los abuelos. Hemos puesto demanda de modificación de medidas y de impago de manutención. En verdad nos da igual que no pague ya que lo que queremos es que el niño a punto de cumplir 12 años no tenga que irse obligado y menos aún para no estar con quien supuestamente tiene que estar y pueda estar con sus dos hermanos, su madre y conmigo.

    Si los abuelos quieren tener el derecho a verlo que sea como abuelos, no aprovechando el derecho que el padre no quiere disfrutar.

    Un saludo.

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimado Daniel:
      Gracias por tus comentarios. Efectivamente el procedimiento de modificación de medidas que habéis interpuesto es el adecuado para resolver estos asuntos.
      Un cordial saludo.

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