Pensión de alimentos: modificación de la cuantía
Cambios en los pagos de la pensión de alimentos.
Autor: HispaColex
En estos tiempos de crisis que estamos viviendo, cada vez es más frecuente acudir a los Tribunales para solicitar que la pensión de alimentos que un progenitor debe abonar a sus hijos sea modificada, se reduzca su cuantía.
Solemos tener la idea preconcebida de que una vez que se ha fijado una pensión de alimentos para un hijo en un procedimiento de Separación o Divorcio o bien de Medidas Paterno Filiales en Unión de Hecho, dicha pensión es inamovible y en todo caso, no hará más que subir anualmente conforme a la variación del IPC. Ahora bien, ello será así, siempre que las circunstancias personales y económicas no varíen.
Todos somos conscientes de la grave crisis económica por la que estamos atravesando y que tiene un especial impacto en el mundo laboral. Así, cualquier progenitor que tenga una modificación sustancial de su situación laboral o profesional, tanto por desempleo, como por reducción de sus ingresos (p.e. pensemos en un comercial que ha rebajado su cartera de clientes y, por lo tanto, sus ventas en un 30% mensual) está perfectamente legitimado para solicitar al Juzgado que corresponda que se modifique la cuantía de la pensión de alimentos que debe pasar a sus hijos.
Se trata ésta de una petición legítima, ya que la pensión de alimentos debe ser proporcional a las necesidades del hijo, pero también a las posibilidades económicas del progenitor obligado a pagarla. Evidentemente no es lo mismo un profesional que obtenga mensualmente una nómina de 2000 euros y deba pasar una pensión de alimentos de, por ejemplo, 350 euros mensuales, que esa misma persona en situación de desempleo y que perciba un subsidio de 900 euros al mes o, lo que es peor, que dicho subsidio termine y deje de obtener ingresos, al menos hasta que pueda volver a incorporarse al mercado laboral.
Tampoco podemos olvidar que este tipo de procedimientos tienen, siempre, como prioridad y objetivo principal el mayor y superior interés de los hijos menores. Ello quiere decir que para que un Juzgado estime esa reducción de la pensión de alimentos debe quedar perfectamente probado, en primer lugar que esa nueva situación laboral (desempleo, reducción de ingresos, etc) en caso alguno se ha debido a una actuación provocada por el obligado a la pensión de alimentos (p.e. provocando un despido), en segundo lugar, que esa situación se haya dado con posterioridad a la Sentencia de Separación, Divorcio o Medidas Paterno Filiales que fijaran la pensión que pretendemos reducir, en tercer lugar que dicho cambio tenga cierta permanencia en el tiempo y que el mismo sea suficientemente sustancial, es decir, una reducción en los ingresos mensuales de 50 euros no tiene relevancia suficiente para que un Juzgado estime la reducción.
La rebaja de la pensión de alimentos quedará siempre sometida a la decisión del Juzgado que decidirá si reduce la misma, así como en que cantidad, dependiendo todo ello de la prueba que se pueda aportar al proceso, pero no nos olvidemos de la existencia de esta opción para todas aquellas personas que están obligadas a abonar una pensión de alimentos a sus hijos y que, como consecuencia de los avatares del mercado laboral, ya no pueden hacer frente a la misma en las condiciones que existían en el momento de su fijación.
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542 comentarios
Queria preguntarles si los jueces se basan para tomar una pension en el salario base o tambien los diferentes complementos u horas extras. Mi sueldo es variable en base a si trabajo de noche o dia y si hago o no horas extras.
Y otro punto, si se realiza un convenio regulador de mutuo acuerdo, el juez puede querer cambiar algun dato o simplemente legaliza lo que nosotros le llevamos estando de acuerdo. Gracias
Hola, mi marido lleva casi cuatro años divorciado, su mujer no trabajaba y tienen tres hijos menores. Entonces cobraba 2500-2800€ al mes más ingresos que le hacían sus padres mensuales para ayudarles a pagar. Le estimaron unas pensiones de 300€ por hijo que fue pagando religiosamente. El problema es que debido a la crisis, le ha ido bajando la nómina sustancialmente hasta llegar a cobrar al mes una media de 1300€, ha tenido tres procesos diferentes para intentar que le bajen las pensiones, el primero fue para recurrir a la sentencia, el segundo, cuando le bajó el sueldo, el tercero para recurrir al segundo y le dicen en uno y en otros que no ha sido significativa la bajada, que el no tiene gastos… Y lo mas fuerte es que en los diferentes procesos se han fijado en el Neto o en el Bruto mensual, según ha convenido. De ese fallo nos dimos cuenta tarde y no pudimos recurrir de nuevo.
Ahora, el está viviendo conmigo de alquiler, no estamos casados y compartimos gastos de comida, recibos y alquiler. Yo tengo dos hijas y estamos esperando un bebé juntos. Sigue cobrando 1300€ al mes, yo tengo mi sueldo pero apenas me llega.
La duda es… Puede ser viable una reducción de pensiones? Puede que tengan en cuenta mis ingresos ya que vivimos juntos pero no estamos casados? Me pueden exigir a mi pagar algún mes? Además de esto, mi marido está pendiente de operaciones de oído porq tan sólo oye un 30% por un oído y el otro lo tiene casi perdido, es conveniente esperar para el juicio a que le den los informes de minusvalía? Tendría alguna ventaja?
Espero me puedan asesorar por todo, es un caso muy complejo y hasta el abogado se ha ofrecido no cobrarnos nada porque no ha visto algo parecido nunca.
Muchísimas gracias
Estimada Mª Isabel,
En relación a la cuestión que nos planteas, hemos de indicarte que al estar en régimen de gananciales con tu ex pareja, la propiedad de la vivienda que nos refieres, corresponde por mitad a cada uno de vosotros. Igualmente te indicamos que si en la Sentencia de divorcio, tal y como nos mencionas, se dispuso la venta de la misma, habrá que estar al plazo marcado para ello, pudiendo tu misma instar mediante un requerimiento que se proceda al cumplimiento de la sentencia en relación a la venta de la vivienda.
Esperamos haberte sido de ayuda y haber respondido a tu cuestión, indicándote que estamos a tu entera disposición para cualquier otra duda que pueda surgirte al respecto.
Tengo acuerdo pension alimenticia de hace 9 años en la que aportaba 1200€, desde hace 2 años aproximadamente y de mutuo acuerdo la cantidad la hemos rebajado a 400€ (niño 16 años y niña 19 años). Ahora me pide mi pareja que cambiemos el documento legalmente para poder tener acceso a ayuda familiar ya que se le acaba el paro.
Necesitaria saber que pasos he de dar para presentar una nueva resolucion con la cantidad actual pero con los menos gastos posibles.
Un saludo
Estimado Jose Luis,
En relación a la pregunta que nos realiza, hemos de indicarte que la rebaja de la pensión de alimentos quedará siempre sometida a la decisión del Juzgado, incrementando o minorando dicha cantidad en función del aumento o disminución en este caso de las necesidades de tus hijos menores de edad que la están percibiendo y de tu situación económica, de tal manera que si se solicitara ante el Juzgado una modificación de medidas con la finalidad de reducir la misma debe probarse que tu situación económica como pagador de la pensión, ha sufrido una modificación de manera no voluntaria, que te impida hacer frente a dicho pago y que ello se haya producido tras la sentencia de separación o divorcio, para que el Juzgado estime la reducción que se solicita.
Esperamos haberte sido de ayuda y haber respondido a tu cuestión, indicándote que estamos a tu entera disposición para cualquier otra duda que pueda surgirte al respecto.
Buenas tardes. Tengo dos hijas a mi cargo desde que me divorcie. Su padre me pasa una pensión de 300€que tras años de subidas de IPC esta en 392€ actualmente. Mi hija de 7añis se va este año a vivir con el y no me pasará la pensión. Pero la de la que queda conmigo tampoco en la quiere pasar. Yo estoy con el subsidio por desempleo.426€. Entiendo que el dinero de la de 17 no me lo pase,pero la pensión de la que queda conmigo???.qué tiene que ver?. O las dos o ninguna?aclarenmelo pr favor.el quiere que yo mw encargue de los gastos totales de una y el de los de la otra.Así, lo decide unilateralmente. Y es más ha querido empadronaría ya en su domicilio para librarse de pagarme la pensión de las dos en agosto. La niñas se van de vacaciones con el 15 días en agosto pero luego están conmigo ambas hasta septiemvre. Que se ira la de 17años. Al final no la ha empadronado porque le he dicho que quería asesorarme primero. Muchas gracias.
Estimada Claudia:
En absoluto puede decidir el padre unilateralmente dejar de pagar la pensión de la hija que sigue a tu cargo. Si deja de abonarla debes pedir la ejecución de la Sentencia con respecto a la hija que está contigo. Si quiere dejar de abonar esa pensión deberá tu ex marido de solicitar una modificación de medidas al Juzgado y que éste lo estime pertinente, pero mientras tanto debe seguir abonándola sin lugar a dudas.
Un saludo.
Buenos días, yo me divorcié y firmamos un convenio regulador de mutuo acuerdo donde le pasaba 410€ por los dos hijos que tenemos. Lo he pagado regularmente hasta que me quedé sin trabajo y sin el paro. Cuando ocurrió esto pedí un abogado de oficio y solicité una modificación de medidas, en el tiempo que transcurrió desde entonces hasta la sentencia (16meses) estuve cobrando el subsidio, 426€ y no le pasé nada a los niños. En la sentencia me pusieron diversas cantidades a pagar en función de lo que cobrara en el futuro, y así estuve haciendo y sigo haciendo ya que encontré trabajo. En el juicio el abogado de mi ex nos dijo que no reclamaban nada de los atrasos debido a mi situación, pero ahora me embargan la cuenta y la nómina porque me ha demando por no pagar. Mi pregunta es, teniendo en cuenta que pedí la modificación porque pasé de cobrar 1400€ a nada y luego a 426€, por lo que no podía pasarle los 410€, tengo que pagarle ahora los atrasos?.
Gracias y un saludo
Estimado Juan Luis:
Así es, salvo que hubierais acordado de modo fehaciente otra cuestión pueden reclamarte los atrasos.
Un cordial saludo.
Muchas gracias por la respuesta, si como ni tenemos dinero ni para comer hemos presentado la solicitud para abogado de oficio nos han dicho che tarda aproximadamente un mes y medio y que en agosto se van de vacaciones así que por falta de dinero creo que ni podemos nisiquiera hacer un escrito al juez que dictaminó tal embargo dejando principalmente a ni niño sin medios para subsistir ya ni se a quien más pedir ayuda y asta septiembre no se que va a pasar se me saltan las lágrimas de la impotencia gracias una vez más por responder.
Hola estoy en tramites de separación tenemos dos hijos uno de dos años y otro de uno estoy embarazada de 5 meses somos pareja de hecho no estamos casados. Mi marido es funcionario cobra 1832€ yo no tngo trabajo yves evidente q pie lo menos en año y medio no podría trabajar m ofrece 250€ por niño mi pregunta es debería cogerlos o ir a juicio a por los 300€ q pide mi abogada en la demanda ? El tiene una casa q paga 600€ de hipoteca y yo sigo en la casa familiar q pago 400€ decalquiler debo ir a juicio? Espero respuesta gracias
Estimada Cladia:
Lo que preguntas es algo realmente personal, deberías consultar al abogado que conoce tu tema en profundidad. Si te podemos decir que muchas veces un acuerdo suele ser más positivo, siempre que entre dentro de unos términos normales y aceptables, que cualquier contencioso en este tipo de asuntos de carácter tan especial.
Un saludo.
Buenas tardes. Mi pareja firmó hace 6 años un convenio regulador de divorcio donde acordó de mutuo acuerdo pasar una pensión de 700 €. para la manutención de sus dos hijos, en aquel momento su ex pareja trabajaba media jornada, sin embargo en la actualidad mantiene su mismo trabajo pero a jornada completa, los ingresos de mi pareja son de 1.100 €. aprox. y además tiene un nuevo hijo conmigo y cada uno de nosotros tenemos que pagar nuestra propia hipoteca (él la suya y yo la mía), ¿es normal que si solicita la rebaja de la pensión un juez se la conceda? ¿qué importe podría solicitar?. Saludos y muchas gracias.
Estimada Carlota:
No nos cansamos de insistir en este asunto, para solicitar una reducción de unas pensiones de alimentos ya acordadas anteriormente y que esta petición prospere hay que alegar circunstancias nuevas, sobrevenidas y no provocadas voluntariamente, si tu pareja está en estas condiciones debería de solicitar la modificación. En cuanto a la cantidad, debe ser su letrado, una vez estudiado en profundidad sus circunstancias el que asesore.
Un saludo.
He dejado ya mi duda pero no lo veo???
mi marido recibe de sueldo 1200 euros la unidad familiar somos 5 un hijo en comun de 3 años le estan descontando el 50% de pension alimenticia paga la hipoteca de la casa que esta a nombre de el y de la ex osea madre de las dos hijas por la cual le descuentan dicho porcentaje yo no trabajo y la juez en alcala de henares se mantiene irrevocable que podemos hacer entre el pago a la comunidad agua luz gas el banco menos 600 euros no queda nipara darle de comer a mi hijo que tiene 3 años peor para el resto somos 5 por todos QUE HACEMOS?
Estimada G. Moreira, lo único que podéis hacer es solicitar una modificación de dichas pensiones si legalmente se dan los condicionantes para ello. Debéis tratar este asunto personalmente con un letrado que estudie el caso concreto y os asesore al respecto sobre la viabilidad de la reducción.
Un saludo.