Derecho Civil-Mercantil

01/02/2011

Pensión de alimentos: modificación de la cuantía

Cambios en los pagos de la pensión de alimentos.

Autor: HispaColex

En estos tiempos de crisis que estamos viviendo, cada vez es más frecuente acudir a los Tribunales para solicitar que la pensión de alimentos que un progenitor debe abonar a sus hijos sea modificada, se reduzca su cuantía.

Solemos tener la idea preconcebida de que una vez que se ha fijado una pensión de alimentos para un hijo en un procedimiento de Separación o Divorcio o bien de Medidas Paterno Filiales en Unión de Hecho, dicha pensión es inamovible y en todo caso, no hará más que subir anualmente conforme a la variación del IPC. Ahora bien, ello será así, siempre que las circunstancias personales y económicas no varíen.

Todos somos conscientes de la grave crisis económica por la que estamos atravesando y que tiene un  especial impacto en el mundo laboral. Así, cualquier progenitor que tenga una modificación sustancial de su situación laboral o profesional, tanto por desempleo, como por reducción de sus ingresos (p.e. pensemos en un comercial que ha rebajado su cartera de clientes y, por lo tanto, sus ventas en un 30% mensual) está perfectamente legitimado para solicitar al Juzgado que corresponda que se modifique  la cuantía de la pensión de alimentos que debe pasar a sus hijos.

Se trata ésta de una petición legítima, ya que la pensión de alimentos debe ser proporcional a las necesidades del hijo, pero también a las posibilidades económicas del progenitor obligado a  pagarla. Evidentemente no es lo mismo un profesional que obtenga mensualmente una nómina de 2000 euros y deba pasar una pensión de alimentos de, por ejemplo, 350 euros mensuales, que esa misma persona en situación de desempleo y que perciba un subsidio de 900 euros al mes o, lo que es peor, que dicho subsidio termine y deje de obtener ingresos, al menos hasta que pueda volver a incorporarse al mercado laboral.

Tampoco podemos olvidar que este tipo de procedimientos tienen, siempre, como prioridad y objetivo principal el mayor y superior interés de los hijos menores. Ello quiere decir que para que un Juzgado estime esa reducción de la pensión de alimentos debe quedar perfectamente probado, en primer lugar que esa nueva situación laboral (desempleo, reducción de ingresos, etc) en caso alguno se ha debido a una actuación provocada por el obligado a la pensión de alimentos (p.e. provocando un despido), en segundo lugar, que esa situación se haya dado con posterioridad a la Sentencia de Separación, Divorcio o Medidas Paterno Filiales que fijaran la pensión que pretendemos reducir, en tercer lugar que dicho cambio tenga cierta permanencia en el tiempo y que el mismo sea suficientemente sustancial, es decir, una reducción en los ingresos mensuales de 50 euros no tiene relevancia suficiente para que un Juzgado estime la reducción.

La rebaja de la pensión de alimentos quedará siempre sometida a la decisión del Juzgado que decidirá si reduce la misma, así como en que cantidad, dependiendo todo ello de la prueba que se pueda aportar al proceso, pero no nos olvidemos de la existencia de esta opción para todas aquellas personas que están obligadas a abonar una pensión de alimentos a sus hijos y que, como consecuencia de los avatares del mercado laboral, ya no pueden hacer frente a la misma en las condiciones que existían en el momento de su fijación.

Para resolver cualquier duda al respecto, puede consultar con nuestro equipo especializado de abogados en Granada, Jaén y Málaga.

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542 comentarios

  • Foto del avatar HispaColex dice:

    Estimado Ángel:
    Con los datos que aportas es complicado que un Juzgado subiera la pensión de alimentos. Un saludo.

  • anonima dice:

    Hola, mi caso es el siguiente, hace 1 año escaso que me.divorcie e hicimos un convenio regulador de mutuo acuerdo en la que la custodia del niño la tenía yo y el.me pasaba 150 euroa de pensión alimenticia y la hipoteca a medias con el.uso y disfrute para mi. Ahora ha pedido una modificación de convenio, el pide la compartida, y no pasarme pensión de alimentos y compartir el piso, piso del que se llevó los muebles que el había comprado y que ahora los que tengo los compre yo. Por otro lado vivimos en un pueblo muy pequeño, el vive con sus padres y nos encontramos mucho por la calle, y en ocasiones su madre (mi exsuegra) delante de mi hijo de casi dos años de edad, me insulta y amenaza y tuve que ponerle una denuncia. Mi pregunta es ¿ creen ustedes que le darán todo lo que pide? Soy andaluza.

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimada Verónica:
      Tu pregunta no podemos responderla con seguridad. Evidentemente el resultado del pleito dependerá de las pruebas aportadas y la defensa de cada letrado, el criterio del Juez y tantos otros factores. Un saludo.

  • sergio dice:

    Hola, tengo un abogado de oficio porque no puedo pagar, os cuento , firme un divorcio muy complicado y ahora estoy pagando lo que firme. Se me quedo que tenia que pasar de manutencion de mi hijo 500 euros (entonces trabajaba) y si perdia el trabajo 400 euros. Al mes lo perdi. antes tenia todo pagado y al separarme me tuve que ponerme en una hipoteca. cuando trabajaba ganaba 1300 euros y cuando cerro la empresa (en el paro gano 860 euros). Mi abogado me dice que no se puede hacer nada porque hay muy poca diferencia de euros, y yo le digo que cuando estaba casado yo lo tenia todo pagado (hipoteca, luz etc ) Ahora no me llega si no que me explique algien como poder acudir a todo. Se que firme una pension muy alta y que me equivoque lo reconozco pero ya no puedo mas. Por favor ¿decirme si hay una solucion? Gracias.

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimado Sergio:
      Hay que tener mucha precaución con los acuerdos a los que se llegan ya que las modificaciones de esas cláusulas, por ejemplo respecto a las pensiones de alimentos, toman como punto de partida lo que ya se haya acordado. Así que tu letrado está en lo cierto, si la diferencia no es significativa la modificación es difícil de conseguir. Un saludo.

  • Emma dice:

    Muchas gracias

  • Emma dice:

    Buenos dias:

    Mi pareja esta divorciado y pasa una pension alimetnticcia de 460 euros+ los gastos extras a medias. El gana mensualmente 1500 euros brutos es autonomo y acordo dicha pensión de forma amistosa. Esa cantidad era muy alta en su momento y aun mas ahora., dados sus ingresos. No puede pagar un piso de alquiler y vive con su madre que le mantiene ( le da de comer). No tiene ni para invitarme a una cerveza. Porque tiene que pagar hipoteca (de la casa donde vive con su hijo con su exmujer y tambien el novio de la exmujer), letra del coche, autonomos, telefono, gasoil etc. ¿Podria pedir revisión de pensión aunque la rebaja de su sueldo no haya sido demasiado importante respecto a cuando hizo el acuerdo?
    Muchas gracias

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimada Emma:

      Si los ingresos no han disminuido significativamente la modificación es complicada ya que solo cabe bajo nuevas circunstancias. Además, los juzgados presuponen que si se llegó a un acuerdo en determinados términos es porque se estaba en condiciones de cumplirlo.

      Un cordial saludo.

  • Nuria dice:

    Saludos:
    Mi pareja y yo nos separamos durante el embarazo del segundo hijo. No estábamos casados. El hijo mayor tiene una pensión de mutuo acuerdo por las condiciones laborales del padre de 150 € mensuales y un régimen de visitas diario. El menor con 10 meses aún es lactante de pecho y acordamos ambas partes que el padre podría verlo a diario hasta que tuviera la suficiente autonomía y adquirir el mismo régimen que el hermano en cuanto a pernoctas. El padre cumple con su derecho de visita pero no con la cuantía de la pensión por la que paga 50 €. Su situación económica ha mejorado pero al no existir un acuerdo a través del juzgado se niega a pagar la misma pensión que al hijo mayor. ¿Puedo reclamarle el pago de la pensión desde que nació el niño o necesito una sentencia firme que reconozca que tiene la obligación?
    Gracias!

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimada Nuria:
      Debes de interponer demanda cuanto antes, en principio el derecho a percibir pensión surgirá desde las Medidas Provisionales o Sentencia, salvo que pactarais otra cosa.
      Un saludo.

  • juanma dice:

    Mi Ex me tenia embargado x manutencion y como ya llegamos a un acuerdo que solo le tengo que pasar 300€mensuales yme tenia embargado con 584.98 y hasta k me han suspendido el embargo ella se a quedado con dos meses de 284.98 de cada mes,y mi abogada se lo a estado pidiendo y o que asepte una compensación de la manutención k yo le dejaría de pagar un mes completo y el otro mes solo le daría la diferencia de 30.04€ y ella esta dando largas para no devolverlo,si se lo pidió x juzgado ella pagaría intereses y costas?o digame que podemos hacer,porque mi abogada dice k esperemos pero ya han pasado tres meses y ella no lo devielve

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimado Juanma:
      En caso de no llegar a un acuerdo debéis solicitarlo a través del Juzgado, primero haced una reclamación extrajudicial fehaciente y si ello no funciona a través del Juzgado, deben incluirse en ese caso los intereses y costas.
      Un saludo.

  • Juan dice:

    Estoy divorciado y paso desde entonces la pensión alimenticia a mis dos hijas. Una de ella cumple 18 años el próximo septiembre. ¿Tengo que seguir pasando la pensión a la misma cuenta de siempre o puede abrir mi hija con la mayoría de edad una cuenta donde yo le ingrese el dinero sin que pase por la madre?.

    Muchas gracias.

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimado Juan:
      Si la hija sigue viviendo con la madre, lo que quiere decir que no es independiente y es su madre y tú los que os encargáis de sus gastos, debes seguir ingresándola en la cuenta de la madre, ello salvo que acordéis ambos progenitores otra cosa. Un saludo.

  • ITZIAR dice:

    ¿Y si es al contrario?
    Es decir, mi ex pareja y yo pactamos de mutuo acuerdo una pensión mínima de 150 euros porque su situación laboral en el momento de la separación no era buena. Pero ahora, después de cuatro años eso ha cambiado y su sueldo es mayor.
    ¿Puedo pedir un aumento de pensión alimenticia para mi hija?

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimada Itziar:
      Puedes solicitar una subida siempre que puedas probar esa subida de ingresos del obligado a prestar la pensión.
      Un cordial saludo.

  • Pedro dice:

    Tengo un juicio para pendir una revision en la pension alimentos de mi hijo , pero por motivos laborales estoy trabajando lejos de mi residencia a mas de 500 km y de forma eventual . Que puedo hacer decirle al mi jefe que me tengo que ausentar por este motivo jugandome me no me vuelva a contratar o tengo alguna otro opcion. Gracias

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Pedro, si tienes que asistir aobligatoriamente, debes pedir permiso y justificar esa ausencia. Háblalo con tu abogado porque lo mismo puede ser que no tengas que asistir pèrsonalmente y puedas darle poder al abogado y procurador.

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