Derecho Civil-Mercantil

01/02/2011

Pensión de alimentos: modificación de la cuantía

Cambios en los pagos de la pensión de alimentos.

Autor: HispaColex

En estos tiempos de crisis que estamos viviendo, cada vez es más frecuente acudir a los Tribunales para solicitar que la pensión de alimentos que un progenitor debe abonar a sus hijos sea modificada, se reduzca su cuantía.

Solemos tener la idea preconcebida de que una vez que se ha fijado una pensión de alimentos para un hijo en un procedimiento de Separación o Divorcio o bien de Medidas Paterno Filiales en Unión de Hecho, dicha pensión es inamovible y en todo caso, no hará más que subir anualmente conforme a la variación del IPC. Ahora bien, ello será así, siempre que las circunstancias personales y económicas no varíen.

Todos somos conscientes de la grave crisis económica por la que estamos atravesando y que tiene un  especial impacto en el mundo laboral. Así, cualquier progenitor que tenga una modificación sustancial de su situación laboral o profesional, tanto por desempleo, como por reducción de sus ingresos (p.e. pensemos en un comercial que ha rebajado su cartera de clientes y, por lo tanto, sus ventas en un 30% mensual) está perfectamente legitimado para solicitar al Juzgado que corresponda que se modifique  la cuantía de la pensión de alimentos que debe pasar a sus hijos.

Se trata ésta de una petición legítima, ya que la pensión de alimentos debe ser proporcional a las necesidades del hijo, pero también a las posibilidades económicas del progenitor obligado a  pagarla. Evidentemente no es lo mismo un profesional que obtenga mensualmente una nómina de 2000 euros y deba pasar una pensión de alimentos de, por ejemplo, 350 euros mensuales, que esa misma persona en situación de desempleo y que perciba un subsidio de 900 euros al mes o, lo que es peor, que dicho subsidio termine y deje de obtener ingresos, al menos hasta que pueda volver a incorporarse al mercado laboral.

Tampoco podemos olvidar que este tipo de procedimientos tienen, siempre, como prioridad y objetivo principal el mayor y superior interés de los hijos menores. Ello quiere decir que para que un Juzgado estime esa reducción de la pensión de alimentos debe quedar perfectamente probado, en primer lugar que esa nueva situación laboral (desempleo, reducción de ingresos, etc) en caso alguno se ha debido a una actuación provocada por el obligado a la pensión de alimentos (p.e. provocando un despido), en segundo lugar, que esa situación se haya dado con posterioridad a la Sentencia de Separación, Divorcio o Medidas Paterno Filiales que fijaran la pensión que pretendemos reducir, en tercer lugar que dicho cambio tenga cierta permanencia en el tiempo y que el mismo sea suficientemente sustancial, es decir, una reducción en los ingresos mensuales de 50 euros no tiene relevancia suficiente para que un Juzgado estime la reducción.

La rebaja de la pensión de alimentos quedará siempre sometida a la decisión del Juzgado que decidirá si reduce la misma, así como en que cantidad, dependiendo todo ello de la prueba que se pueda aportar al proceso, pero no nos olvidemos de la existencia de esta opción para todas aquellas personas que están obligadas a abonar una pensión de alimentos a sus hijos y que, como consecuencia de los avatares del mercado laboral, ya no pueden hacer frente a la misma en las condiciones que existían en el momento de su fijación.

Para resolver cualquier duda al respecto, puede consultar con nuestro equipo especializado de abogados en Granada, Jaén y Málaga.

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542 comentarios

  • Pilar dice:

    Que pasa si el padre de mis dos hijos pide el despido voluntario para no pagar nada de pensión a sus hijos y además desaparece sin ni dar señas de donde vive para poder trabajar sin declarar y sin pagar. Que debo hacer. Luego fice que irá al juzgado a decir que no puede pagar porque no cobra nada

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimada Pilar:
      Deberás poner una ejecución de Sentencia y si este Sr. quiere solicitar, en procedimiento independiente, una reducción de la pensión de alimentos tendrá que probar que sus ingresos han disminuido y no de modo voluntario.
      Un saludo.

  • Carlos dice:

    HOLA¡¡
    vuelvo a se yo
    creo que puedo llevar a error ,tal como me he expresado
    los 950€ que me pide es las suma de la manutención +los gasto totales de mi hija + 1/2 de comunidad,ibi,comunidad

    yo gano 14 pagas de 1800€

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimado Carlos:
      Como siempre decimos hay que estar a la prueba concreta del caso en cuestión pero por los datos que nos das, en primer lugar, si hay un pacto de venta de la vivienda no cabe que de modo contencioso el Juzgado acordara eliminar ese pacto y atribuirle el uso durante más tiempo. En cuanto a la subida de la pensión, habría que estar al resultado de la prueba, como ya hemos adelantado.
      Un saludo.

  • Carlos dice:

    hola¡¡
    llevo 3 años divorciado ,pago 200€ de manutención,hasta que se venda el piso donde esta mi ex y mi hija con 17 años(a partir de esa fecha el pago será de 350€ ) a parte pago la 1/2 de (hipoteca ,ibi, comunidad de vecinos….y el ,telefono,mutua,colegio e ingles de mi hija )…mi ex lleva 2 años parada (va trabajando 10-15 días al mes en promociones )
    me acaba de pedir una modificación de acuerdo..en la que me pide no vender el piso y quedarse ella 3 años y además que me haga cargo de casi todos los gasto (me pide 950€/mes de manutención +gastos) HASTA QUE ELLA NO TENGA UN TRABAJO FIJO QUE GANE IGUAL QUE ANTES DE ESTAR PARADA

    PUEDE CONSEGUIR ESTO ???

    GRACIA

  • Rubén dice:

    Hola buenas tardes, sere breve estoy en paro y este mes a sido el primero que e cobrado la ayuda de los 426 del paro, no tengo otros ingresos y vivo con mi madre y mi hermana menor, hace año y medio tuve una relación del cual nacio mi hijo, ahora mi expareja me denuncio y me an quitado toda la ayuda porque me reclama 2000 eurs de atrasos gracias estoy muy apurado.

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimado Rubén: Debes oponerte a esa petición, evidentemente a través de tu letrado, alegando tu actual situación económica e intentar rebajar la pensión de alimentos (la mínima ronda los 150/180 euros). Un saludo.

  • Miguel dice:

    Buenas tardes. mire soy autónomo. trabajo para una empresa colaboradora de movistar. mis ingresos eran 2500 euros a 3000. como autónomo. ahora movistar nos bajo los precios de la instalaciónes. he decidido darme de baja como autónomo. porqun no conviene seguir como autónomo. voy a trabajar para una empresa que mi nomina es 600 euros. La pregunta es si se puede modificar la pensión de alimentos. lo agradezco por contestarme.

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Buenos Miguel
      El hecho de darse de baja voluntariamente en autónomos y de alta con nómina en cualquier empresa, si supone una disminución de ingresos, no daría lugar a la disminución dela pensión de alimentos al tener ese carácter voluntario y no deberse a un despido, fin del contrato, etc

  • sergio dice:

    hola, me dirijo a ustedes poque ya no se que hacer. Me divorcie hace 3 años y firme en consentimiento que si trabajaba 500 eruros, si estaba en un ere 450 y si me quedaba sin empleo 400 euros. Esto lo firme bajo una presion de un divorcio muy duro y desde que me separe hasta el dia de la firma no pude ver a mi hijo y le llamaba y no me dejaban ni hablar por telefono con el. Al poco tiempo se murio mi hermano, osea mas presion aun. Al mes que me divorcie me quedo sin trabajo y entro en el paro y estoy cobrando 900 euros, (cuando trabajaba cobraba 1200 euros) y es cuando empiezan mis problemas, para poder acudir a pagar 400 euros que me tocan dar de manutencion pues no me llega a pagar cota del piso (hipoteca), luz , agua, gastos de escalera etc. Pregunto a mi abogado y me dice que porque firme entonces y yo le contesto que por la presion que tenia en aquel momento y el lo sabe todo lo que yo pase. Yo en este momento no puedo entender que no pueda rebajar la pension (no es que no quiera es que no puedo). El me dice que es muy poca la diferencia (de 1200 a 900) y que ningun juez me daria la razon. Yyo pienso que con lo que yo padeci entonces se tendria que hacer algo. Me gustaria que me digerais QUE. Gracias.

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimado Sergio:
      Se presupone que las personas mayores de edad cuando firman un documento conocen y saben a lo que están comprometiéndose. La única opción que tendrías es la de que tu letrado estudiara la posibilidad de anular dicho acuerdo alegando esas presiones a las que estabas sometido en ese momento, si bien, es bastante complicado que este tipo de temas salgan adelante.
      Un cordial saludo.

  • Juan B. dice:

    Buenas tardes,
    Además de la pensión de alimentos mi sentencia estipula; “Los gastos extraordinarios de las hijas serán satisfechos por mitad entre los progenitores, comprendiendo los sanitarios, estudios universitarios y las clases de refuerzo cuando sean necesarias por suspensos o recomendación del colegio”.
    Mi pregunta es, ¿debo pagar dentista o la consulta a una ortopedia para unas plantillas, es decir, gastos sanitarios no incluidos en la seguridad social?. ¿y si el médico de cabecera receta una medicina debo pagar la mitad?. Resumiendo todos los gastos sanitarios a medias o depende de si entran o no en la seguridad social.
    Muchas gracias.

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimado Juan:
      No se refiere solo a los no cubiertos por la Seguridad Social, se refiere a aquellos necesarios, por ejemplo, unas plantillas ortopédicas, una ortodoncia, etc. Los medicamentos, la parte no cubierta por Seguridad Social, por supuesto también van por mitad.
      Un saludo.

  • carmen dice:

    Buenas,
    Estoy divorciada y tengo 3 hijos mayores de edad a mi cargo aunque actualmente estoy viviendo con el menor de los 3 que está aun en la universidad, estando viviendo en la casa familiar que es privativa del padre (la pagamos los dos pero es de su propiedad porque se compro en regimen de separacion de bienes y por una peticion de mi suegra me pidio que se pusiera a nombre de su hijo y yo accedi). Ahora el padre está en paro y se le acaba en septiembre, me reclama la casa alegando que la necesita para alquilar y salir adelante y me dice que me puedo ir con mi hijo el que vive conmigo pero que no quiere tener ninguna obligacion de pension de alimentos para conmigo, que no pasaria pension alguna por los hijos y el se haría cargo de los gastos extraordinarios, y que si no el hijo puede estar mitad de tiempo con cada uno de los padres, pero yo deseo estar con mi hijo hasta que finalice sus estudios, si es en esta casa familiar bien y si no estaria dispuesta a irme pero no sin ningun tipo de pension de alimentos para que me ayude en los gastos ya que tengo una hipoteca recien firmada y mucha deuda. Tengo posibilidad de poder quedarme en la casa familiar los 3 años que restan hasta que finalice su formacion o como el padre va a alegar que está sin ingresos realmente me tengo que ir y como el pide sin que ni siquiera aporte a los gastos del hijo, además al mediano aún le queda estudiar un master para especializarse en su carrera.
    Muchas gracias

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimada Carmen:
      Salvo que te proponga un acuerdo que te parezca razonable no hay obligación alguna de que abandones el domicilio familiar cuyo uso se os atribuyó y mientras haya hijos no independientes económicamente ese uso se seguirá atribuyendo por un tiempo más, al igual que la pensión de alimentos.
      Un saludo.

  • ELIZABETH CARRANZA dice:

    Hola, Mi marido tiene un hijo extra-matrimonial en el extranjero, le pasa 300 euros mensuales por su propia voluntad por que no hay acuerdo por conciliación ni habido aun juicio por alimentos. Mi pregunta es Como podría hacer para incluirlo dentro del desgraven para la renta, ya que el no vive en España , solo tenemos el comprobante de envió de dinero a nombre de su madre. Muchas gracias por la respuesta.

  • marta guillen dice:

    Muy buenas.me divorcie en el 2009.el juez dictaminó a mi Ex que me diera 100e de manuntencion mas IPC.mientras el estaba en prisión .salio en diciembre del 2013 y a partir de ahí ya eran 150 mensuales mas IPC.mi abogada nunca se molesto en pedirle esas subidas de ipc.mi Ex esta cobrando la ayuda familiar y me da lo que le da la gana.aveces ni los 150e.mi pregunta es cuanto me debería dar a día de hoy con la subida del IPC .gracias y un saludo!

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimada Marta:
      Se trata de cálculos que deben hacerse teniendo en cuenta la fecha de la Sentencia o del Convenio Regulador así como las variaciones del IPC en esas fechas. Te recomendamos encargues dichos cálculos a tu letrado y también te recordamos que tienes solo cinco años de plazo para solicitar la ejecución de las pensiones impagadas.
      Un cordial saludo.

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