Pensión de alimentos: modificación de la cuantía
Cambios en los pagos de la pensión de alimentos.
Autor: HispaColex
En estos tiempos de crisis que estamos viviendo, cada vez es más frecuente acudir a los Tribunales para solicitar que la pensión de alimentos que un progenitor debe abonar a sus hijos sea modificada, se reduzca su cuantía.
Solemos tener la idea preconcebida de que una vez que se ha fijado una pensión de alimentos para un hijo en un procedimiento de Separación o Divorcio o bien de Medidas Paterno Filiales en Unión de Hecho, dicha pensión es inamovible y en todo caso, no hará más que subir anualmente conforme a la variación del IPC. Ahora bien, ello será así, siempre que las circunstancias personales y económicas no varíen.
Todos somos conscientes de la grave crisis económica por la que estamos atravesando y que tiene un especial impacto en el mundo laboral. Así, cualquier progenitor que tenga una modificación sustancial de su situación laboral o profesional, tanto por desempleo, como por reducción de sus ingresos (p.e. pensemos en un comercial que ha rebajado su cartera de clientes y, por lo tanto, sus ventas en un 30% mensual) está perfectamente legitimado para solicitar al Juzgado que corresponda que se modifique la cuantía de la pensión de alimentos que debe pasar a sus hijos.
Se trata ésta de una petición legítima, ya que la pensión de alimentos debe ser proporcional a las necesidades del hijo, pero también a las posibilidades económicas del progenitor obligado a pagarla. Evidentemente no es lo mismo un profesional que obtenga mensualmente una nómina de 2000 euros y deba pasar una pensión de alimentos de, por ejemplo, 350 euros mensuales, que esa misma persona en situación de desempleo y que perciba un subsidio de 900 euros al mes o, lo que es peor, que dicho subsidio termine y deje de obtener ingresos, al menos hasta que pueda volver a incorporarse al mercado laboral.
Tampoco podemos olvidar que este tipo de procedimientos tienen, siempre, como prioridad y objetivo principal el mayor y superior interés de los hijos menores. Ello quiere decir que para que un Juzgado estime esa reducción de la pensión de alimentos debe quedar perfectamente probado, en primer lugar que esa nueva situación laboral (desempleo, reducción de ingresos, etc) en caso alguno se ha debido a una actuación provocada por el obligado a la pensión de alimentos (p.e. provocando un despido), en segundo lugar, que esa situación se haya dado con posterioridad a la Sentencia de Separación, Divorcio o Medidas Paterno Filiales que fijaran la pensión que pretendemos reducir, en tercer lugar que dicho cambio tenga cierta permanencia en el tiempo y que el mismo sea suficientemente sustancial, es decir, una reducción en los ingresos mensuales de 50 euros no tiene relevancia suficiente para que un Juzgado estime la reducción.
La rebaja de la pensión de alimentos quedará siempre sometida a la decisión del Juzgado que decidirá si reduce la misma, así como en que cantidad, dependiendo todo ello de la prueba que se pueda aportar al proceso, pero no nos olvidemos de la existencia de esta opción para todas aquellas personas que están obligadas a abonar una pensión de alimentos a sus hijos y que, como consecuencia de los avatares del mercado laboral, ya no pueden hacer frente a la misma en las condiciones que existían en el momento de su fijación.
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542 comentarios
Hola, mi duda es la siguiente:
El próximo curso escolar mis dos hijos menores de edad van a estudiar en inglaterra. El coste total (viaje, estancia, alimentación, vestido, gastos varios…) los asumiremos a medias mi ex y yo. Dado que durante esos 9 meses no van a convivir con mi ex, puedo dejar de pagarle la pensión alimenticia? En caso de que tuviera que seguir pagando, podría deducir ese importe de la parte que me corresponde del gasto de enviarles a estudiar fuera?
Muchas gracias
Estimado Marcos:
Debéis realizar esa modificación de medidas de mutuo acuerdo en Convenio y presentarlo en el Juzgado, en otro caso la Sentencia que determine la pensión alimenticia a la fecha sería la vigente.
Un saludo.
Muy buenas mi pregunta llevo 14 años divorciado y paso una pensión de 600€ mensuales por mis dos hijas ganaba una media de 2100 mensuales , hace 4 años perdí mi trabajo por que mi empresa cerro y estuve 18 mese en el paro y continué pagando dicha pensión ahora llevo 3 años como fijo discontinuo trabajando 6 meses y ganando 1500€ y los otros meses cobrando el paro , pero el paro se me acaba y este invierno si no encuentro trabajo no podre pagar dicha cantidad .
Mi pregunta es si solo tengo la ayuda familiar puedo solicitar una modificación de dicha pensión que coste que no me queda mas remedio y lo hago por que es imposible pagarla y mi ex no quiere ni oír hablar de bajarle la pensión .
Estimado Gabriel:
Por supuesto que puedes y debes pedir una reducción en el caso de cobrar solo la ayuda familiar e incluso ahora, teniendo en cuenta la reducción que ya sufres en horas de trabajo e ingresos, también puedes y debes solicitarla.
Un saludo.
Enhorabuena de antemano por vuestro consultorio.
Mi pregunta es la siguiente. ¿ Qué puedo hacer si la madre de mi hijo y con la custodia del mismo viola el régimen de visitas y no puedo acceder a disfrutar del fin de semana que me corresponde a mi? Gracias.
Estimado Valdes:
Debes interponer denuncia por el incumplimiento del régimen de visitas recogido en Sentencia.
Un saludo.
Hola , llevo 4 años sin trabajo actualmente cobro una ayuda de 400 euros y le sigo pasando a mi expareja los 300 euros de pension por un hijo. Puedo solicitar una reduccion de pensión . Ahora vivo de alguiler depues de vender mi piso y haber obtenido por el , un beneficio de 80.000 euros . Un saludo
Estimado Pedro:
Debes solicitar una reducción, ahora bien, para ello hay que probar esa reducción de ingresos (no voluntaria) y que tu letrado valore hasta que punto la venta de la vivienda puede influir en el éxito de tus pretensiones.
Un cordial saludo.
Hola buenos días mi consulta es la siguiente, mi pareja le esta pasando a su hijo una manutención de 216 €, ahora su situación económica ha cambiado, lleva desde marzo de 2014 sin cobrar nada y ha ido pagan dolo con mi sueldo, pero ya no nos llega para tanto y desde septiembre de 2014 no le pasa nada, hablo con la madre del niño para contarle la situación y ella lo entendió pero claro es mucho tiempo ya sin pasarle nada y la deuda se sigue acumulando. Aparte de eso también ha cambiado su lugar de residencia. Que debe hacer para solicitar una revisión del convenio??donde tiene que acudir?
MMG
Es necesario que se interponga una demanda de modificación de medidas cuanto antes. Para la interposición de la demanda tenéis que contar con el asesoramiento legal de un letrado que determine exactamente el enfoque del asunto y las pruebas que deben aportarse a fin de fundamentar esa reducción de pensión de alimentos en atención a la nueva situación económica del obligado a pasarla. El hecho de que haya un cambio de residencia puede determinar la competencia de un Juzgado distinto al que resolvió la Sentencia a modificar pero ello debe decidirlo el letrado encargado del asunto.
Un cordial saludo.
Estimados, necesitaria saber lo siguiente:
me estoy separando recientemente y aunque no se ha celebrado el juicio todavia, pago una manutencion a mi hijo de 300€/mes a parte de pagar la parte proporcional de la hipoteca, otros 300€/mes. Mi nómina asciende a unos 1600 €/mes, pero al trabajar en el sector industrial me he visto obligado a salir a trabajar al extanjero. Mi empresa me abona una cantidad en concepto de dietas por desplazamiento, ¿me veria obligado a pasar mas €/mes por la manutencion de mi hijo al yo percibir esta dieta en el extranjero? entiendo que estas retribucion por estar en el extranjero no se entiende como parte de la nomina, y ¿puede mi ex-mujer pedirlo con caracter retroactivo?
Gracias de antemano.
Estimado Francisco:
Las dietas no deben entenderse como parte de los ingresos pero debéis probar que se reciben en ese concepto y no en otro. En cuanto al carácter retroactivo, si no lo ha solicitado con la demanda ya no cabe tal petición.
Un saludo.
Estimados señores/señoras,
Hacece 2 años mi ex marido me dejó Y yo regresé a España con mi hija, pero antes firmamos un acuerdo en el que él se comprometía a pagar la manutención de mi hija, además se comprmetia a pagar las deudas comunes si yo renegaba para siempre de cualquier pensión compensatoria para mi. También aceptaba que yo me llevara a nuestra hija conmigo. Hace 8 meses nos divorciamos de mutuo acuerdo en España, el divorcio se basó en el documento de separación que firmamos entre nosotros tras la separación además se comprometió a recoger y devolver a mi hijas en el lugar de residencia de la menor. Ahora cada vez que viaja desde el Rino Unido a buscar a su hija no me paga la pensión. Su pensión es de £200 que paga solo 10 meses al año. No paga ningún extra como dentistas, libros, colegio…. El es funcionario en su pais, policía. Mi hija sigue teniendo la nacionalidad británica. Como puedo hacer que me pague los 12 meses. Los extras no me importa no recibirlos pues el es quien se costea todos los viajes.
Les agedeceria si me pudieran orientar. Muchas gracias.
Estimada Inma:
Tienes que interponer una demanda de ejecución para que la Sentencia de Divorcio se cumpla en sus justos términos y se proceda al abono de las cantidades debidas y posible retención en origen para el futuro.
Un cordial saludo.
Hola, buenas tardes.
Tengo una hija de 17 años y le paso una pension, pero ahora mismo estoy cobrando una una ayuda de 425euros i nececito rebajar la pencion pues no llego. Mi expareja esta deacuerdo pero el abogado me dice que tengo que pasar por el juzgado siempre para reguralizarla.¿
Y si trabajo dos meses y luego vuelvo al paro tengo que pasarme cada vez por el juzgado (con el consiguiente gasto de abogado y demas)? No puedo hacer ningun papel para no tener que pasar por el juzgado cada vez que este trabajando o no?
Estimado Pablo:
Como te han informado hay que “pasar por el juzgado” ya que el único modo de dejar sin efecto una sentencia judicial es con una nueva resolución judicial.
Un cordial saludo
Saludos y gracias de antemano. Mi caso es este.Llevo 6 años divorciado con un hijo al que le paso la manutención de 320+ ipc. De mutuo acuerdo ella se quedó con la casa y la hipoteca. En ese tiempo trabajaba a jornada completa.
Ahora después de 6 años pretende que pague la mitad de la hipoteca ya que está trabajando a media jornada y yo soy un mileurista con 7 meses de retraso de pago en la nómina. ¿lo puede hacer? gracias
Estimado Valdés:
Depende de lo que hayáis estipulado, pero si no se recoge expresamente que ella hará frente a la hipoteca y la vivienda sigue siendo propiedad de ambos puede exigirte el pago del 50% de los recibos.
Un cordial saludo.
Hola. Estoy tramitando la separacion con mi esposo. Tenemos un hijo de 15 meses en comun y vivienda común hipotecada. Yo no trabajo desde hace 2-3 años años (tengo 35) y él cobra 2300€ netos al mes. Cuanto debe pagarme de pension alimenticia? Y de compensatoria?por cuanto tiempo? Cuando me separe legalmente, ire a vivir a otra ciudad cerca de mi familia de origen. Si dejo la vivienda conyugal, me perjudica? Si voy de alquiler, que me pagaria él, la mitad o más mientras no trabaje? Gracias.
Estimada Manoli:
Como hemos dicho ya en varias ocasiones las pensiones no son algo exacto, depende enormemente de las circunstancias del caso concreto. Con un niño tan pequeño la pensión en caso alguno sería demasiado alta, unos 200 euros. Respecto a la compensatoria y si eres una mujer relativamente joven y con estudios y/o experiencia pasada laboral en todo caso se te fijaría una cantidad mensual durante un período de tiempo que determine el Juzgado. En cuanto al uso de la vivienda, si dejas la misma lo habitual es que la pensión de alimentos sea algo superior, ello siempre que te den a ti la custodia del menor.
Un saludo.