Derecho Civil-Mercantil

01/02/2011

Pensión de alimentos: modificación de la cuantía

Cambios en los pagos de la pensión de alimentos.

Autor: HispaColex

En estos tiempos de crisis que estamos viviendo, cada vez es más frecuente acudir a los Tribunales para solicitar que la pensión de alimentos que un progenitor debe abonar a sus hijos sea modificada, se reduzca su cuantía.

Solemos tener la idea preconcebida de que una vez que se ha fijado una pensión de alimentos para un hijo en un procedimiento de Separación o Divorcio o bien de Medidas Paterno Filiales en Unión de Hecho, dicha pensión es inamovible y en todo caso, no hará más que subir anualmente conforme a la variación del IPC. Ahora bien, ello será así, siempre que las circunstancias personales y económicas no varíen.

Todos somos conscientes de la grave crisis económica por la que estamos atravesando y que tiene un  especial impacto en el mundo laboral. Así, cualquier progenitor que tenga una modificación sustancial de su situación laboral o profesional, tanto por desempleo, como por reducción de sus ingresos (p.e. pensemos en un comercial que ha rebajado su cartera de clientes y, por lo tanto, sus ventas en un 30% mensual) está perfectamente legitimado para solicitar al Juzgado que corresponda que se modifique  la cuantía de la pensión de alimentos que debe pasar a sus hijos.

Se trata ésta de una petición legítima, ya que la pensión de alimentos debe ser proporcional a las necesidades del hijo, pero también a las posibilidades económicas del progenitor obligado a  pagarla. Evidentemente no es lo mismo un profesional que obtenga mensualmente una nómina de 2000 euros y deba pasar una pensión de alimentos de, por ejemplo, 350 euros mensuales, que esa misma persona en situación de desempleo y que perciba un subsidio de 900 euros al mes o, lo que es peor, que dicho subsidio termine y deje de obtener ingresos, al menos hasta que pueda volver a incorporarse al mercado laboral.

Tampoco podemos olvidar que este tipo de procedimientos tienen, siempre, como prioridad y objetivo principal el mayor y superior interés de los hijos menores. Ello quiere decir que para que un Juzgado estime esa reducción de la pensión de alimentos debe quedar perfectamente probado, en primer lugar que esa nueva situación laboral (desempleo, reducción de ingresos, etc) en caso alguno se ha debido a una actuación provocada por el obligado a la pensión de alimentos (p.e. provocando un despido), en segundo lugar, que esa situación se haya dado con posterioridad a la Sentencia de Separación, Divorcio o Medidas Paterno Filiales que fijaran la pensión que pretendemos reducir, en tercer lugar que dicho cambio tenga cierta permanencia en el tiempo y que el mismo sea suficientemente sustancial, es decir, una reducción en los ingresos mensuales de 50 euros no tiene relevancia suficiente para que un Juzgado estime la reducción.

La rebaja de la pensión de alimentos quedará siempre sometida a la decisión del Juzgado que decidirá si reduce la misma, así como en que cantidad, dependiendo todo ello de la prueba que se pueda aportar al proceso, pero no nos olvidemos de la existencia de esta opción para todas aquellas personas que están obligadas a abonar una pensión de alimentos a sus hijos y que, como consecuencia de los avatares del mercado laboral, ya no pueden hacer frente a la misma en las condiciones que existían en el momento de su fijación.

Para resolver cualquier duda al respecto, puede consultar con nuestro equipo especializado de abogados en Granada, Jaén y Málaga.

También puede contactar con nuestros profesionales vía online a través de la oficina virtual.

Foto del avatar  Hispacolex

Si tiene dudas sobre como aplicar este artículo a su caso, puede realizarnos una consulta a través de nuestro formulario

542 comentarios

  • carmen dice:

    Hola me gustaria saber si puedo recurrir la pension de alimentos mi ex cuando nos divorciamos al tener su padre empresa y estar el trabajando con el le puso una nomina de 900 euros, lo hicimos de mutuo acuerdo ahora es administrador solidario de la empresa su padre ya es mayor y el lleva todo el negocio, me pasa 200 euros y desde hace 7 años que estamos divorciados, solo me ha subiodo 15 euros, puedo hacer una revision puesto que el ahora percibe mucho mas dinero, bueno que antes tambien lo percibia pero bueno necesito saber si puedo reclamarle para equiparar su sueldo con la pension gracias.

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimada Carmen:
      Podrás solicitar un aumento de la pensión de alimentos siempre y cuando puedas probar que tu ex ahora gana más de los 900 euros que tenía en nómina cuando llegasteis al acuerdo. Si puedes probar esto, la interposición de demanda es viable.
      Un cordial saludo.

  • Foto del avatar HispaColex dice:

    Estimado Alberto:
    Se están fijando unas pensiones mínimas de 150 euros aunque habrá que estar al caso concreto. Un cordial saludo.

  • Javier dice:

    Buenos días :

    La crisis hace que los sueldos no suban con el IPC, pero las pensiones de alimentos sí que deben hacerlo.
    ¿qué desfase debe haber para poder pedir una revisión? En mi caso, mi sueldo menssual es de 2400 (y ahi sigue, con las pagas extraodinarias incluidas), y la pensión ha pasado de 1000 eur a 1120 eur.
    Personalmente considero que el desfase está en la parte dedicada a alimentos (250 eur/hijo x 2 hijos = 500 eur), que sumadas a los 500 eur de un colegio privado, suman los 1000 euros por lo que comenzó la pesnión
    Y otra cuestión : sé que mi ex se plantea no contratar el autobús del colegio para el año que viene (140 euros/mes – 70 eur/hijo), cuando sí que se contempló en el jucicio en el que se fijo la pensión. ¿Es una variación a la baja significativa para pedir revisión?. Gracias, y un saludo

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimado Javier:
      Para solicitar una reducción tienes que probar que tus ingresos han disminuido significativamente y no de modo voluntario en relación con los ingresos que tenías cuando se fijó la pensión. El hecho de no contratar el autobús no se entiende como una disminución de ingresos. Un cordial saludo.

  • Manuel Gonzalez Fontaiña dice:

    Llevo 15 años pagando la manutención, Mi hija tiene 23 años, en el convenio regulador acordamos el 30% de mis ingesos netos, gano 1900 euros al mes. Mi hija a terminado su carrera, y el master correspondiente. Mis condiciones han cambiado, ya que pago de hipoteca (293 Euros) y tengo dos hijos. Quiero solicitar una reduccion. Mi exconyuge tiene en la actualidad dos empresas. Mi hija quiere seguir estudiando realizando otro master.
    ¿ tengo posibilidades de reducir la cuantia, a una cantidad menor y fija?

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimado Manuel:

      Esa reducción dependerá de hasta que punto la realización de un segundo Master se considera necesaria. También habrá que estudiar si tus ingresos se han reducido en estos años.
      Un cordial saludo.

  • Christian Cárdenes Hernández dice:

    Hola. No sé sí podrá resolver mi duda, pues no versa sobre lo que aquí se trata, es decir, las pensiones alimenticias. Mi caso es diferente, pero espero que pueda ayudarme. Soy un joven de 16 años, cuyos padres están separados desde hace más de 12 años (yo tenía 3). En aquel momento se puso una sentencia que conformase los intereses de los cónyuges, así como los míos propios. Creo que después de 12 años es hora de cambiarla. Pero esto va suscitado por la insolencia de mi padre, quien se empeña en seguir, palabra por palabra, aquello que le conviene y está plasmado en dicha sentencia. La situación me resulta límite, pues su carácter ha sido siempre difícil, pero he ido decidiendo continuar. Llevo años aguantando y creo que mi paciencia tiene un límite. No digo, de ninguna manera, que sea un mal padre, pero sí que debido a su continua tozudez, debería hacer este cambio, con el cual viésemos, entre otras cosas, una mejora de la relación paternofilial. Por ello, creo que es momento de decir “basta” y poner fin a continuos achaques. Así pues, y desde mi humilde punto de vista, creo que podría cambiar algunos puntos de la sentencia en vigor o, incluso, anularla, para de una vez por todas poder tener una plena vida social (de la cual me he visto privado desde mi infancia casi por completo) y una mejor relación con mi padre.

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimado Christian:
      No específicas cuales son los puntos de la Sentencia que pretendes modificar, pero si te decimos que con 16 años es edad más que suficiente para poder plantear las modificaciones que entiendas oportunas, siempre con el VBº del progenitor custodio o proceder a una emancipación. Debes consultar el asunto con un letrado experto en la materia. Un cordial saludo.

  • Carmen dice:

    Por favor también pedir información sobre esto que nos ha pasado:
    Mi marido al divorciarse le tuvo que dar el coche y el piso a su ex mujer para disfrute de sus dos hijos, he hicieron lo del condominio o algo así, mi marido después del divorcio se compro un apartamento para poder tener una vivienda digna para estar con sus hijos..esta solo al nombre de mi marido y la hipoteca la paga con su nomina..cuando me quede yo embarazada tuvimos que buscar una casa mas grande para la nueva llegada de nuestro bebe, la compra la hicimos al 50% cada uno,pero fui yo la que aporto los gastos de la compra y con mi nomina pago esta nueva casa, mi marido solo me abalo para que el banco me diera el préstamo, pero en las escrituras aparecemos los dos al 50%,no veíamos ningún problema..hasta que un día nos llega una carta de embargo de unos200euros a la cuenta corriente que teníamos en común para la hipoteca de la nueva casa, fuimos al ayuntamiento y resulta que su exmujer no cambio el titular del vehículo le habían puesto una multa al coche y al no pagarla su exmujer nos vino a mi marido y a mi el embargo, tuvimos que solucionar el problema y cambiar corriendo la titularidad del vehículo de su exmujer, ya levanto la liebre,,tampoco cambio la titularidad de la vivienda la exmujer que seguía a nombre de mi marido, de hacienda nos llego una carta de que iban a multar a mi marido por mentir, ya que le aparecían tres casas a su nombre, la de su exmujer, la suya de propiedad el apart. Y nuestra nueva casa…un follón le tuvimos que decir a su exmujer que fuera a hacienda y quitara el nombre de mi marido de su casa,se hizo asi…el problema esta que ella nos soltó en toda nuestra cara que ha ella le pertenece el 50% de nuestra nueva casa, una barbaridad…que podemos hacer para que nuestra nueva casa solo aparezca yo solo como titular,lo hemos hablado mi marido y yo y estamos de acuerdo que la casa en la que vivimos sea de nuestro hijo, de que manera se puede cambiar para que la titularidad sea solo mia ya que soy yo la que paga la casa con mi nomina, para evitar que su exmujer pueda hacer algo para rascar mas dinero en un futuro….estamos realmente agobiados….seria que mi marido me diera su 50% y yo tener el 100% de la propiedad que pasaría a nuestro hijo exclusivamente, todo esto sin que nos pudiera costar mucho dinero…les agradeceríamos mucho sus consejos,gracias

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimada Carmen:
      El asunto que planteas sobre la titularidad de la vivienda necesita un estudio de la documentación que tengáis al respecto, hay que consultar las escrituras de propiedad, fechas de adquisición relacionada con el divorcio, etc. Te aconsejamos solicites una cita presencial con un letrado experto en la materia. Un cordial saludo.

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimada Carmen:
      El hecho de que tengas unos u otros ingresos no influye en la cuantía de la pensión. Asunto distinto es que además de la pensión que tu marido pasa a su ex esposa, existan gastos extraordinarios a los que tenga que hacer frente al 50% (gastos médicos no cubiertos por la Seguridad Social, clases de apoyo, etc). Además, a medida que los hijos sean más mayores y si acceden a estudios superiores, también podrán pedir una subida de la pensión de alimentos. Por otro lado, el hecho de que tu marido tenga otro hijo tampoco influye en las pensiones.
      Un cordial saludo.

  • Carmen dice:

    Si de algo sirve el dato,comentarles que los dos hijos almuerzan gratis de lunes a viernes en el comedor del colegio, y tienen un horario de cole de 7 y media hasta las 5 de la tarde y el otro hijo de su otra pareja esta en guardería gratis subvencionada con horario parecido, ella solo trabaja de lunes a viernes de 8 a 11 mañana, nos puede pedir aumentar la pensión alimenticia?

  • Carmen dice:

    Buenos días, necesitaríamos que nos aconsejaran sobre nuestra situación..mi marido esta divorciado y tiene dos hijos a los que pasa una pensión alimenticia de 350 eur, el gana unos1.200 y yo que estoy con reducción de jornada para poder hacerme cargo de nuestro hijo unos 900. Tenemos dos viviendas con hipoteca entre las dos unos 600eur, en una de ellas vivimos y la otra no esta alquilada, con los consiguientes gastos que esto supone.dos vehículos para nuestros trabajos, ahora tendremos que pagar los gastos de guardería y comedor de nuestro hijo en común, en fin suma y sigue que al final nos queda al mes unos 600eur aprox para comer y vestir mi marido yo y nuestro hijo..
    Últimamente cuando estamos con sus hijos estos nos piden que les compremos ropa o zapatos o que les paguemos excursiones,academias privadas..en fin cosas.el tema de la exmujer, es que solo trabaja al día 3 horas de lunes a viernes y de 8-11de la mañana, tiene a Los dos niños en el comedor del colegio gratis subvencionado al 100%, ya que al tener otro hijo de otra relacion se ha acogido al carnet de familia de numerosa, con lo que tiene gratis guarderias y colegios con materiales(libros..) y almuerzos, y reduccion de agua y luz.ella debe correr con el otro 50% de gastos.
    Por su otro hijo tiene pensión de 160, en total por los tres percibe en pensiones 510eur mensuales.esto es un resumen de nuestras situaciones..Mi marido y yo estamos viendo que cuando los niños comen en su casa, lo hacen a base de pizzas o hamburquesas o platos con poca elaboración..en cuanto a la ropa, el pequeño de los dos hereda lo del mayor, y este invieno ha estado a base de zapatos poco idóneos para la época, o sea que en ropa no gasta mucho.viendo el tema nos reunimos el otro día con ella para ver que esta haciendo con el dinero de la manutención y porque los niños nos piden cosas, ella por supuesto nos pidió mas dinero ya que según ella no le llega, pero si tiene para internet y la decoración de su casa y para canal de televisión con 100canales, ah!y para trabajar solo tres horas diarias a petición suya no de la empresa..no le llega el dinero!!.
    Ella nos soltó que al yo estar trabajando entran mas ingresos en nuestra casa, a lo cual mi marido le respondió que solo afecta la pensión de alimentos basado en su nomina, no en la de su esposa(yo), nuestro miedo es si al estar los dos trabajando,ella nos puede pedir mas dinero, nosotros hemos tenido rebajas en nuestras nominas del 6% por la crisis y tenemos un hijo pequeño..nos puede pedir aumentos de pensión alim. Y nosotros podemos variar o modificar el convenio por nuestra situación actual?mi marido casado y un hijo? Gracias necesitamos vuestras experiencias.

  • fernando dice:

    hola soy Fernando me respondisteis el 1 abril tengo una duda me dijisteis que la deuda que me pide mi ex prescriben a los 5 años llevo pasándola 50e menos al mes por acuerdo verbal ahora me lo pide llevo divorciado 6 años .que me prescribe el primer año o los 6 completos.gracias

  • fernando dice:

    buenas,me podeis decir mas o menos estando en el paro cobrando920 pidiendo una reducion de la pension en cuanto lo fijara el juez .tengo en la sentencia 450.pero hoy en dia la paso 350..me merece la pena.y cuanto cuesta un abogado y procurador para la revisión.muchas gracias.

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimado Fernando:
      Esa reducción dependerá no solo de los ingresos actuales, sino de los que tenías cuando fijasteis la pensión en 450 euros. Queremos decir que depende del caso concreto. En cuanto a los honorarios de letrado y procurador, ello depende de los Criterios del Colegio Profesional al que pertenezca.
      Un saludo.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *