Pensión de alimentos: modificación de la cuantía
Cambios en los pagos de la pensión de alimentos.
Autor: HispaColex
En estos tiempos de crisis que estamos viviendo, cada vez es más frecuente acudir a los Tribunales para solicitar que la pensión de alimentos que un progenitor debe abonar a sus hijos sea modificada, se reduzca su cuantía.
Solemos tener la idea preconcebida de que una vez que se ha fijado una pensión de alimentos para un hijo en un procedimiento de Separación o Divorcio o bien de Medidas Paterno Filiales en Unión de Hecho, dicha pensión es inamovible y en todo caso, no hará más que subir anualmente conforme a la variación del IPC. Ahora bien, ello será así, siempre que las circunstancias personales y económicas no varíen.
Todos somos conscientes de la grave crisis económica por la que estamos atravesando y que tiene un especial impacto en el mundo laboral. Así, cualquier progenitor que tenga una modificación sustancial de su situación laboral o profesional, tanto por desempleo, como por reducción de sus ingresos (p.e. pensemos en un comercial que ha rebajado su cartera de clientes y, por lo tanto, sus ventas en un 30% mensual) está perfectamente legitimado para solicitar al Juzgado que corresponda que se modifique la cuantía de la pensión de alimentos que debe pasar a sus hijos.
Se trata ésta de una petición legítima, ya que la pensión de alimentos debe ser proporcional a las necesidades del hijo, pero también a las posibilidades económicas del progenitor obligado a pagarla. Evidentemente no es lo mismo un profesional que obtenga mensualmente una nómina de 2000 euros y deba pasar una pensión de alimentos de, por ejemplo, 350 euros mensuales, que esa misma persona en situación de desempleo y que perciba un subsidio de 900 euros al mes o, lo que es peor, que dicho subsidio termine y deje de obtener ingresos, al menos hasta que pueda volver a incorporarse al mercado laboral.
Tampoco podemos olvidar que este tipo de procedimientos tienen, siempre, como prioridad y objetivo principal el mayor y superior interés de los hijos menores. Ello quiere decir que para que un Juzgado estime esa reducción de la pensión de alimentos debe quedar perfectamente probado, en primer lugar que esa nueva situación laboral (desempleo, reducción de ingresos, etc) en caso alguno se ha debido a una actuación provocada por el obligado a la pensión de alimentos (p.e. provocando un despido), en segundo lugar, que esa situación se haya dado con posterioridad a la Sentencia de Separación, Divorcio o Medidas Paterno Filiales que fijaran la pensión que pretendemos reducir, en tercer lugar que dicho cambio tenga cierta permanencia en el tiempo y que el mismo sea suficientemente sustancial, es decir, una reducción en los ingresos mensuales de 50 euros no tiene relevancia suficiente para que un Juzgado estime la reducción.
La rebaja de la pensión de alimentos quedará siempre sometida a la decisión del Juzgado que decidirá si reduce la misma, así como en que cantidad, dependiendo todo ello de la prueba que se pueda aportar al proceso, pero no nos olvidemos de la existencia de esta opción para todas aquellas personas que están obligadas a abonar una pensión de alimentos a sus hijos y que, como consecuencia de los avatares del mercado laboral, ya no pueden hacer frente a la misma en las condiciones que existían en el momento de su fijación.
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542 comentarios
Hola, llevo un año y pico separada, y mi exmarido paga por la pension de mi hija 400 euros cada mes, en agosto hizo un año de la sentencia y ahora quiero reclamarle la subida del IPC desde Agosto, pero no se si se renueva en Agosto q es cuando cumple el año de la sentencia o hay que esperar a Enero. Y si es desde Agosto, cuanto sería la cuantia a ingresar ahora? podria reclamarle los atrasos desde Agosto??
Espero vuestra respuesta.
Un saludo y gracias
buenos días. gracias por responderme. yo he mantenido a mis hijas durante los primeros 4 años de nuestra separación, sin trabajar, tirando de mis ‘rentas’, sin que el padre aportara nada (él siempre ha trabajado). fue a partir del año pasado que le pedí que me pasara (a ojo) unos 500euros como ayuda, al no poder soportar ya sola todo el peso financiero. no trabajo y estoy tirando de mis ahorros, que no durarán siempre. él tiene los suyos, que no toca (no tiene gastos importantes, lo único 1200 euros de alquiler de su piso), de ahí mi pregunta, no quiero agobiarlo pero quiero tener la tranquilidad que lo que le exigo se corresponde con la realidad. muchas gracias por su respuesta.
saludos
núria
hola, llevo separada 5 años, es amistoso y no hemos pasado nunca por el juzgado. en aquellos momentos, yo llevé el peso económico de mis dos hijas (11 y 9 años) hasta el año pasado que le reclamé una pensión. el me ayuda con 500 euros al mes para las dos pero ahora la situación ha cambiado, yo ya no estoy boyante, vivo de mis ahorros (no trabajo) y el tiene un sueldo neto de 3000e. qué sería correcto pedirle, sabiendo que él no tiene más gastos que los suyos propios (no tiene otra familia). gracias por su respuesta. saludos.
Estimados letrados:
Me gustaría plantearos mi actual situación, para que me diéseis vuestra opinión al respecto:
Hace ocho años que me separé legalmente de la que entonces era mi esponsa, con la cual tenía una niña. En ese momento yo tenía dos empleos, uno que sigo manteniendo en la actualidad y por al cual percibo unos 2.500 euros netos, y otro que dejé de tener con posterioridad a la fijación de la pensión alimenticia de 1.500 euros mensuales. En el momento de pactar las condiciones de la separación legal fijamos de mutuo acuerdo una pensión alimenticia para mi hija de 600 euros mensuales, revisables anualmente conforme al I.P.C., cantidad que actualmente se han convertido ya en algo más de 711 euros.
Con posterioridad a todo ello volví a convivir con una persona, de cuya relación han nacido dos hijos, contando uno de ellos con 6 años y el otro con 2, con el consiguiente coste económico que su mantenimiento acarrea, sin perjuicio de otros gastos como es el de satisfacer una hipoteca de casi 1.300 euros mensuales, colegios, etc., etc. A cuyo soporte contribuyen los ingresos de mi actual pareja -1.500 euros- y una casa que tengo alquilada, por la cual percibo 680 euros.
La pregunta es fácil, yo personalmente entiendo que se dan razones más que suficientes para iniciar un proceso civil de modificación de las medidas pactadas en el convenio regulador que firmamos mi ex mujer y yo hace ocho años, en concreto en lo relativo a la cuantía a mi entender tan elevada de la pensión que safisfago. De momento he enviado un burofax invitándola a reunirnos en este sentido, pero creo que ella no se ha dado por aludida. Mil gracias.
En la actualidad paso una pensión de 490 euros; consulté a un abogado y me dijo que podría solicitar una rebaja en torno a los 150 euros mensuales, para intentar que el juez pudiera rebajar entre 80 y 120 euros mensuales.
Estimado Javier:
No existe un máximo, depende de los ingresos y necesidades de cada caso concreto. Ahora, respecto al mínimo al que te refieres, respecto al sueldo, es inembargable el Salario Mínimo Interprofesional, si bien, en el caso de hijos menores, el Juzgado puede acordar igualmente el embargo de parte de ese mínimo ya que considera como más necesitado de protección el interés del menor.
Un saludo.
Llevo separado desde hace cuatro años y medio. He perdido hace unos meses un segundo trabajo que completaba mis ingresos, y además me han rebajado un 5% en la nómina de mi trabajo principal. Estoy pensando en solicitar una modificación del convenio regulador y me gustaría saber por cuánto dinero me costaría contratar un abogado, procurador, etc. Gracias
Estimada Victoria:
Es posible demostrar esa bajada voluntaria e intencionada de la nómina a través de un oficio que el Juzgado enviaría a la empresa de tu ex marido o bien a través de una testifical, eso si, para la práctica de estas pruebas es necesario interponer un procedimiento judicial. Un cordial saludo.
Estimada Dori:
De los 426 euros no pueden embargarle cantidad alguna porque no supera el Salario Mínimo Interprofesional.
Un saludo.
¿Qué podría hacer para demostrar que a mi ex-marido le han bajado la nómina porque él lo ha pedido al jefe para pagar menor pensión de alimentos?
Gracias
Estimado Pedro:
La regulación de empleo de la que habla, evidentemente, no obedece a una situación provocada por Ud. sino que probablemente se deba a la actual crisis económica a la que nos referíamos en nuestro blog. Por lo tanto, estaría dentro de los posible supuestos en que se podría plantear una reducción de las pensiones de alimentos que pasa a sus hijos. De todos modos, no olvide que las pensiones “minimas vitales” que los Juzgados están estimando rondan los 150 euros por hijo.
Un cordial saludo.
Estimado Juan Manuel:
Así es, estás obligado a la subida del IPC. Todo ello con independencia de que solicites una reducción de la pensión de alimentos a través de un procedimiento de modificación de medidas para el caso de que tu situación económica haya empeorado.
Un saludo.
Me gustaría saber si el hecho de que esté afectado por un ERE por el que me han reducido el salario un 30% puede hacer que se reduzca la pensión de alimentos de mis 2 hijos y que paso 200 euros por cada uno.
Gracias