Pensión de alimentos: modificación de la cuantía
Cambios en los pagos de la pensión de alimentos.
Autor: HispaColex
En estos tiempos de crisis que estamos viviendo, cada vez es más frecuente acudir a los Tribunales para solicitar que la pensión de alimentos que un progenitor debe abonar a sus hijos sea modificada, se reduzca su cuantía.
Solemos tener la idea preconcebida de que una vez que se ha fijado una pensión de alimentos para un hijo en un procedimiento de Separación o Divorcio o bien de Medidas Paterno Filiales en Unión de Hecho, dicha pensión es inamovible y en todo caso, no hará más que subir anualmente conforme a la variación del IPC. Ahora bien, ello será así, siempre que las circunstancias personales y económicas no varíen.
Todos somos conscientes de la grave crisis económica por la que estamos atravesando y que tiene un especial impacto en el mundo laboral. Así, cualquier progenitor que tenga una modificación sustancial de su situación laboral o profesional, tanto por desempleo, como por reducción de sus ingresos (p.e. pensemos en un comercial que ha rebajado su cartera de clientes y, por lo tanto, sus ventas en un 30% mensual) está perfectamente legitimado para solicitar al Juzgado que corresponda que se modifique la cuantía de la pensión de alimentos que debe pasar a sus hijos.
Se trata ésta de una petición legítima, ya que la pensión de alimentos debe ser proporcional a las necesidades del hijo, pero también a las posibilidades económicas del progenitor obligado a pagarla. Evidentemente no es lo mismo un profesional que obtenga mensualmente una nómina de 2000 euros y deba pasar una pensión de alimentos de, por ejemplo, 350 euros mensuales, que esa misma persona en situación de desempleo y que perciba un subsidio de 900 euros al mes o, lo que es peor, que dicho subsidio termine y deje de obtener ingresos, al menos hasta que pueda volver a incorporarse al mercado laboral.
Tampoco podemos olvidar que este tipo de procedimientos tienen, siempre, como prioridad y objetivo principal el mayor y superior interés de los hijos menores. Ello quiere decir que para que un Juzgado estime esa reducción de la pensión de alimentos debe quedar perfectamente probado, en primer lugar que esa nueva situación laboral (desempleo, reducción de ingresos, etc) en caso alguno se ha debido a una actuación provocada por el obligado a la pensión de alimentos (p.e. provocando un despido), en segundo lugar, que esa situación se haya dado con posterioridad a la Sentencia de Separación, Divorcio o Medidas Paterno Filiales que fijaran la pensión que pretendemos reducir, en tercer lugar que dicho cambio tenga cierta permanencia en el tiempo y que el mismo sea suficientemente sustancial, es decir, una reducción en los ingresos mensuales de 50 euros no tiene relevancia suficiente para que un Juzgado estime la reducción.
La rebaja de la pensión de alimentos quedará siempre sometida a la decisión del Juzgado que decidirá si reduce la misma, así como en que cantidad, dependiendo todo ello de la prueba que se pueda aportar al proceso, pero no nos olvidemos de la existencia de esta opción para todas aquellas personas que están obligadas a abonar una pensión de alimentos a sus hijos y que, como consecuencia de los avatares del mercado laboral, ya no pueden hacer frente a la misma en las condiciones que existían en el momento de su fijación.
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542 comentarios
Estimada Amparo,
A la hora de establecer la pensión de alimentos, la determinación de la cuantía será proporcional a quien los da y a las necesidades de quien los recibe, de tal manera que el Juez valorará las circunstancias económicas del progenitor que tenga obligación de prestar la pensión de alimentos (en este caso tu pareja), estableciendo como mínimo la cantidad considerada como indispensable para cubrir unos alimentos suficientes para el menor, dado que lo que se persigue es el mayor interés del mismo en todo este tipo de procedimientos.
Saludos.
HOLA,
tengo unas dudas, me divorcie hace 10 años, tengo 2 hijos uno que el mes que viene hará 18 años y una que hará dentro de pocos días 14 años,
Hace 3 o 4 años me quede en paro, llevo trabajando toda mi vida , mi ex marido pasa para mis hijos por los dos, por manutención 470 euros al mes 235 por cada uno., aparte libros escolares y dentista, paga la mitad.
Mi hijo hace 2 años comenzó a estudiar bachiller en otra localidad y ello conllevaba pagar el autobús para desplazarse , al quedarme yo en paro, pedí revisaran la pensión de manutención, que nunca se había revisado, mi ex marido se que ha llegado a cobrar al mes 2000 y 3000 euros, ahora en nomina le viene menos porque se fusiono con otra empresa donde trabaja y no le ponen todo en nomina, le pondrán la mitad solo., al casi estar terminando el paro pedí la revisión , opte por un abogado de oficio el cual dejo mucho que desear , ni se sentó 10 minutos conmigo para hablar y preparar nada, el tiene una buena abogada de siempre pidió informes de mis cuentas bancarias, y propiedades, su abogada, yo hace poco había fallecido mi padre y me hicieron una donación de unos campos de almendros y olivos que tenían de su casa y de otra casa que esta en ruinas , el no tiene nada de nada , heredo de sus padres tierras y casa, pero la vendió la repartió con una hermana y como todo se lo gasta rápido no tiene nada a su nombre , yo tengo la casa sin hipoteca donde vivimos, , el hace ver que comparte o tiene alquilado un piso con su pareja hacen ver que no son pareja , vive con otro hombre hace 4 años que tiene bastante poder económico así como influencias y buenos abogados, mi hijo este año ha acabado bachiller , ha aprobado la selectividad con la nota que necesitaba y ahora queda esperar a ver en que universidad lo cogen, yo acabe ya paro entre medio he estado trabajando en sitios 6 meses tres meses, pero termine , ayuda familiar y todo, he empezado a cobrar la rai o renta de inserción para personas que no tienen otros ingresos, que se cobra 11 meses y 12 no y así durante 3 veces. hace 1 mes justo cuando termino mi hijo bachiller y la selectividad mi ex estaba en guatemala y mexico y ni pregunto ni creo que supiera que acababa bachiller y hacia selectividad para continuar sus estudios, justo estos días le mande correo , que es como nos comunicamos, informándole de todo esto, y el me respondió un correo como que lo escribía el, pero eso estoy convencida que lo ha escrito su abogada, mi hijo va a tener que ir como muy cerca a una universidad que esta a 400 km de aquí eso la mas cercana si tiene plaza, y eso conlleva autobús, alquilar piso, compartido y muchos mas gastos que no se tenían hasta ahora, el en su supuesto correo, me indicaba que con su salario tan ajustado no va a poder colaborar con los gastos de universidad, piso etc, también le comunique que se va a sacar el carnet de conducir estos dos meses de verano antes de empezar con la universidad porque consideramos que es necesario para su traslado y luego para su futuro y trabajos también , me dijo en el escrito que tampoco va a poder colaborar en esos gastos
Mi pregunta es, si pido otra vez revisión y aumento por estos nuevos gastos y por yo no tener ya ni nomina ni paro ni subido, y ven que tengo unos pequeños ahorros, de dinero que herede de mi padre , las propiedades que herede también y el no tiene nada, como puedo probar la vida que lleva es por instagran sus hijos lo ven que siempre esta viajando a egipto colombia guatemala brasil jerusalen hace pocos días gualemala y mexico, lo sube todo a instagram esta siempre de fiestas restaurantes , en fin que gasta todo que gana y mas., mis hijos van con el solo 1 finde al mes y 15 dias en vacaciones, ahora mi hijo ya al ser este mes que viene mayor de edad ya no va a ir con el . ¿ de nuevo me lo denegaran o que puede pasar?, ¿pueden quitarme a mis hijos alegando que yo no puedo mantenerlos o pueden quitarme la rai que me aprobaron este mes? o que podría pasarme. ?también vive con nosotros mi madre, soy yo su cuidadora tiene alzheimer parkinson y 3 canceres , esta en fase terminal pero así llevamos 2 años, y 9 con el alzheimer y viviendo conmigo , ella cobra una pensión de viudedad de 600 euros mas 200 de la ley de dependencia , yo en estos momentos no busco trabajo primero porque no lo hay donde vivo y segundo porque si trabajara ahora, tendría que buscar una persona para que estuviera de día y noche con mi madre y no me compensa ni económicamente ni psicologicamente. .Espero me puedan ayudar, Gracias.
Estimada Pilar,
Se puede iniciar un procedimiento judicial de modificación de medidas para el aumento de la pensión de alimentos, cuando concurran una serie de requisitos que deberán de ser probados tales, como el aumento de las necesidades de tus hijos, en este caso al iniciar estudios universitarios, se generan unos gastos diferentes no previstos cuando se procedió a la fijación de la pensión de alimentos; que el que está obligado a abonarlos haya mejorado su situación económica de manera sustancial; y en último lugar que los ingresos del progenitor custodio, es decir los tuyos, hayan empeorado, bien por la pérdida del trabajo o disminución del salario, o por otra circunstancia, no pudiendo atender las necesidades de los menores en la misma medida.
Saludos.