Derecho de Seguros

11/01/2016

¿Qué hacer si se produce un robo en casa?

Pautas y prevenciones a seguir cuando se realiza un robo en tu hogar.

Autor: Gerardo Ruíz-Rico Gómez

Estadísticamente durante los periodos vacacionales se registran los mayores índices de robos en los domicilios, resultando frecuente que al regreso de las vacaciones de verano o de Semana Santa, uno se encuentre con que la puerta o alguna de las ventanas ha sido forzada y comprobar que la casa ha sido desvalijada.

A través del siguiente blog queremos ofrecerles una serie de pautas fundamentales a fin de que, si se ven involucrados en un robo de estas características por el que nadie quiere pasar, tengan presentes determinadas prevenciones y aspectos muy importantes:

1º. Realizar un inventario de todos los objetos que han sido robados, detallando junto a cada uno de los objetos sustraídos, su descripción y la estimación aproximada de su valor, así como facturas y documentos que acrediten la realidad de los mismos. También  deberá hacerse una lista de aquellos objetos que hayan resultado dañados.

2º. En un plazo máximo de 72 horas, deberán interponer denuncia. En la misma se indicará de forma detallada los objetos desaparecidos y los daños que ha sufrido la vivienda con ocasión del robo, así como la compañía con la que se tiene contratado el seguro de hogar.

3º. Dar aviso a la compañía aseguradora, cursando la reclamación correspondiente junto con la copia de la denuncia interpuesta. Posteriormente, el perito de la compañía realizará un reconocimiento previo de la vivienda y evaluará los objetos robados y dañados. Y tras dicha peritación deberán esperar a la aprobación de la reclamación, emitiendo la compañía un pago sobre el valor estimado por el perito.

4º. Revisar el seguro de hogar, a fin de valorar las coberturas que ofrece el seguro contratado.

Ante esto, es fundamental contar con un buen seguro del hogar que cubra todas las contingencias posibles. El robo es una cobertura habitual en el seguro de hogar pero en el momento del siniestro, muchos asegurados ven cómo su póliza no cubre ciertos objetos o solo indemniza si este se ha producido en determinadas circunstancias.

El seguro de hogar señala en el condicionado de la póliza que el robo, para que sea considerado como tal deberá haberse producido con el uso de violencia, intimidación o fuerza en las cosas. Algunos ejemplos de fuerza en las cosas sería que el ladrón haya tenido que escalar; romper la pared, suelo o techo; forzar o romper las cerraduras de los muebles; usar llaves falsas o inutilizar alarmas.

La diferencia con el hurto está en que la acción de apoderamiento no conlleva violencia, intimidación o fuerza en las cosas.  Por ejemplo, cuando alguien entra en una casa para robar aprovechando que la puerta o la ventana ha quedado abierta.

La cobertura frente a robo y hurto no sólo depende de la aseguradora, sino también del producto que se tenga contratado. Por regla general, las compañías de seguros no cubren el hurto, al entenderse que existe una dejación de responsabilidades por parte del asegurado.

En general, el objetivo de la cobertura de robo es doble: paliar los daños producidos durante el robo (continente), e indemnizar los objetos sustraídos (contenido).

A efectos de las coberturas de los seguros de hogar, el continente comprende los daños relacionados con la reparación de cerraduras, puertas o ventanas que los ladrones rompieron para acceder a la vivienda.

El contenido de un inmueble, está formado por los muebles, los electrodomésticos, los enseres domésticos, las provisiones y víveres y los objetos de uso personal. Tales bienes, los cuales deberán ser relacionados al contratar la póliza, han de ajustarse a la realidad, pues de lo contrario podemos encontrarnos ante un infraseguro,  que podría determinar la reducción o la ausencia de indemnización.

Por lo general, salvo pacto en contrario, las aseguradoras excluyen o indemnizan solo hasta un límite determinado del capital asegurado para el contenido, las joyas y objetos de valor. No obstante, se pueden incluir, contratando una garantía o seguro adicional.

Es habitual que aunque un seguro de hogar tenga la cobertura de robo ponga una serie de limitaciones  a los posibles robos de bienes situados en espacios abiertos como en terrazas, balcones, jardines, trasteros u otros.  Algunas pólizas de seguro de hogar también fijan una indemnización máxima para los robos en este tipo de espacios.

También cabe la posibilidad de declarar los bienes que se adquieren a posteriori de la contratación del seguro para incluirlos en la póliza.

Asimismo, en aquellos supuestos que la vivienda esté dotada de sistemas de seguridad contra el robo tales como: puerta blindada, rejas en ventanas,  alarma, caja fuerte, etc, las compañías aseguradoras reducirán de forma considerable la prima del seguro de hogar. Pues cuantas más medidas de seguridad tomemos para evitar el robo, menor riesgo existe para que este se consume. Dichas medidas de seguridad declaradas en la póliza han de ajustarse a la realidad, siendo penalizada toda falsedad o falta de adopción de las mismas con la ausencia de indemnización.

Finalmente, reseñar que los seguros de hogar establecen una diferenciación entre el valor a nuevo de los objetos y su valor real. Es decir, el valor de mercado del objeto sustraído, aplicándole la depreciación por el uso y el paso del tiempo, lo cual equivale a una indemnización menor que si se tasase teniendo en cuenta su valor como si fuese nuevo.

Para resolver cualquier duda al respecto, puede consultar con nuestro equipo especializado de abogados en Granada, Jaén y Málaga.

También puede contactar con nuestros profesionales vía online a través de la oficina virtual.

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