Derecho de Seguros

19/10/2022

¿Qué tengo que asegurar obligatoriamente por ley?


Cuando hablamos de seguros obligatorios el primero en el que pensamos es en el del automóvil, pero en numerosas ocasiones desconocemos que, en determinadas circunstancias de nuestra vida cotidiana, es obligatorio contratar un seguro si estamos en territorio español.

Existen en España más de 600 seguros obligatorios, estando algunos de ellos regulados por las Comunidades Autónomos, lo que supone una auténtica dificultad desde el punto de vista de la información. Con el fin de dar solución al problema de la organización de los seguros obligatorios, desde el 1 de enero de 2016, está operativo un registro público de seguros obligatorios, a través del cual se puede encontrar información sobre todos los seguros que deben contratarse obligatoriamente para cada actividad.

Dicho registro, gestionado por el Consorcio de Compensación de Seguros, responde a la obligación de comunicación de seguros obligatorios a la Comisión Europea prevista en la directiva Solvencia II y que ya estaba contemplado en la disposición adicional segunda de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.

El Registro de Seguros Obligatorios (RSO), gestionado por el Consorcio de Compensación de Seguros, cuya finalidad es exclusivamente informativa, contiene la información actualizada relativa a los seguros obligatorios existentes en España, ya sean de ámbito estatal o de una determinada Comunidad autónoma, y las disposiciones legales específicas que los regulan.

La información que recoge el RSO en cada momento, en cuanto a los seguros obligatorios que constan inscritos en el mismo y a la información que sobre cada uno de ellos, es remitida al RSO por los distintos órganos correspondientes de la administración estatal o autonómica. De este modo el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) en su condición de gestor de tal RSO elaborará cada año un informe sobre su contenido, incluyendo por una parte listados de los seguros obligatorios ordenados por distintos criterios, como son la fecha de entrada en vigor, actividades para las que se exigen los seguros obligatorios, rango legal de las normas que los regulan, su ámbito estatal o autonómico y, por otra, los cambios producidos durante el año, como son nuevos seguros, seguros modificados y seguros suprimidos.

La información del RSO es pública, estando constituida la normativa legal que regula tal RSO por la disposición adicional segunda de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras; por la disposición adicional primera del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, que desarrolla dicha Ley; y por la Resolución de 18 de diciembre de 2015 de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), por la que se concreta el contenido del RSO, el procedimiento y las especificaciones de la información a remitir a la DGSFP.

A través de los indicados seguros obligatorios se pretende que determinadas actividades, acciones o hechos que pueden poner en riesgo nuestra integridad física y sobre todo, la del resto de las personas que nos rodean, puedan tener cobertura por parte de una entidad aseguradora que se obliga, con la contraprestación del pago de la prima, a hacer frente a las consecuencias económicas de un siniestro, mediante su resarcimiento o indemnización.

A título de ejemplo pasamos a relacionar una muestra de los cientos de seguros que son obligatorios en España:

  •  Seguro de responsabilidad civil de un cazador para poder cazar cubriendo que el cazador o el perro de caza causen un daño a un tercero durante o fuera de los días de caza.
  •  Seguro de responsabilidad civil para perros de raza potencialmente peligrosa.
  •  Seguro obligatorio para viajeros, en caso de sufrir muerte, cualquier incapacidad temporal producida por el desplazamiento en transporte público o una invalidez permanente.
  •  Seguro de responsabilidad civil para las embarcaciones de recreo o deportivas y motos acuáticas.
  •  Seguro deportivo obligatorio para deportistas federados, que tiene que ser suscrito por las federaciones deportivas en España para los deportistas suscritos en ellas para cubrir lesiones que sufridas en el ejercicio de su actividad.
  •  Seguro de responsabilidad civil para embarcaciones de recreo o deportivas y para motos náuticas.
  •  Seguro que certifique que se cumplen los derechos laborales recogidos en los convenios colectivos en favor de los empleados de una compañía.
  •  Seguros de vida y accidentes que se consideren obligatorios en virtud de lo dispuesto en los convenios colectivos.
  •  Seguro de responsabilidad civil si se pretende realizar algún experimento con medicamentos.
  •  Seguro de responsabilidad medioambiental.
  •  Seguro de daños materiales en viviendas, averías o de caución que deberá ser suscrito por un promotor de viviendas con el objetivo de certificar la compensación de daños materiales a causa de los defectos que pudiesen aparecer en los edificios construidos.
  •  Seguros de responsabilidad civil ilimitada para aquellas compañías que realicen transporte escolar y de menores de edad.
  •  Seguro de responsabilidad civil para algunos dueños de buques civiles o extranjeros que atraquen en puerto español.
  •  Seguros de responsabilidad civil para empresas instaladoras y de prestación de mantenimiento de ascensores.
  • Seguro de responsabilidad civil por daños nucleares
  • Seguro de responsabilidad civil derivada de la actividad de producción y gestión de residuos tóxicos y peligrosos
  • Seguro de responsabilidad civil de corredores de seguros
  • Seguro de responsabilidad civil de las agencias de viajes
  • Seguro de responsabilidad civil para promotores de festejos taurinos
  • Seguro de responsabilidad civil para los promotores de espectáculos pirotécnicos
  •  Seguro de responsabilidad civil para profesionales sanitarios que trabajan en asistencia sanitaria privada.
  • Seguro de responsabilidad civil profesional en determinadas profesiones y actividades
  • Seguros para drones
  •  Seguro de daños por la cantidad de tasación sobre un bien hipotecado.
  • ​Seguro de incendios para viviendas con préstamo hipotecario.

El no cumplir con la contratación de un seguro obligatorio, supondrá además de enfrentarse a una importante multa económica, a tener que hacer frente a todos los gastos que supongan la materialización del riesgo, recordándoles que desde el Departamento de Responsabilidad Civil y Seguro de HispaColex Bufete Jurídico, un amplio elenco de profesionales quedan a su plena disposición para asesorarlos y ayudarlos en todo lo que precisen sobre la contratación obligatoria de un seguro.


En todo caso, para ampliar la información ofrecida o para resolver cualquier duda al respecto, puede consultar al Departamento de Derecho de Seguros de HispaColex, y su equipo especializado de abogados en Granada, Jaén y Málaga resolverá sus dudas al respecto. También puede contactar con nuestros abogados a través de nuestro formulario de contacto online.

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