Derecho de Seguros

02/12/2010

Indemnización por accidente de tráfico: caso práctico

INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE DE TRÁFICO en caso de esguince cervical o síndrome cervical postraumático.

Autor: HispaColex

Caso práctico: Lesionado de 32 años que sufre un accidente de tráfico el día 6-9-2010 que le causa dolor cervical y cuadro intermitente de cefaleas occipitales con sensación vertiginosa, precisando para la estabilización de dichas lesiones un periodo de 55 días, siendo 22 días de carácter impeditivo al no poder realizar durante ese tiempo sus tareas habituales, quedándole como secuela un esguince cervical o síndrome postraumático cervical en grado moderado que es valorada en 3 puntos.

Indemnización por accidente de tráfico: En base a lo expuesto y en atención al citado Anexo del RD 8/2004, la cuantificación del daño causado se corresponde con el siguiente desglose:

– 22 días impeditivos x 53,66 euros/día: 1.180,52 euros

– 33 días no impeditivos x 28,88 euros/día: 953,04 euros

– 3 puntos x 764,17 euros/punto: 2.292,51 euros

-10% de factor corrector por perjuicio económico sobre secuelas: 229,25 euros

10% de factor corrector por perjuicio económico sobre días de baja: 213,36 euros

Incapacidad permanente parcial la cantidad de: 2.000,00 euros

TOTAL INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE DE TRÁFICO: 6.868,68 euros

Este último concepto por incapacidad permanente parcial debe reclamarse en aquellos casos en los que el lesionado, como consecuencia de las secuelas que le quedan tras su curación, se encuentra limitado parcialmente para seguir desarrollando su vida cotidiana (laboral y de ocio) exactamente en la misma forma en lo que hacía antes de accidente. Así, su limitación puede ser tanto a nivel laboral como a nivel de actividades de ocio o recreo, puesto que puede presentar una limitación parcial para poder desarrollar deportes o aficiones que antes realizaba con total normalidad y que tras el accidente ya no realiza del mismo modo. Por tanto, la incapacidad permanente parcial no debe entenderse en los mismos términos en los que se considera a nivel laboral, sino que en este caso deberán tenerse en cuenta todas aquellas actividades laborales y no laborales que realizaba el lesionado con anterioridad al accidente y si alguna de ellas, en alguna medida, se ve limitado de forma parcial, podrá acudirse a este concepto indemnizatorio, factor corrector por incapacidad permanente parcial, para resarcir el perjuicio sufrido en dicho sentido. Si la incapacidad fuera total, es decir, que ya no puede realizar la actividad laboral o de ocio que antes realizaba, la indemnización sería muy superior. En el presente supuesto se reclama una indemnización por accidente de tráfico al entender que una secuela de esguince cervical que ha sido valorada en 3 puntos, causa de por si una incapacidad permanente parcial para las ocupaciones habituales de cualquier persona, que como mínimo debe cuantificarse en 2.000 euros.

Para resolver cualquier duda al respecto, puede consultar con nuestro equipo especializado de abogados en Granada, Jaén y Málaga.

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331 comentarios

  • HispaColex dice:

    Estimada Lucía:

    Si mientras estás percibiendo una prestación contributiva se produce su baja por Incapacidad Temporal, continuará percibiendo la prestación por desempleo, sin que varíen su cuantía o duración. Sí se modifica su situación como demandante de empleo, pues durante la baja no tendrá que renovar la demanda.

    Si acaba la prestación por desempleo y continúa de baja por Incapacidad Temporal, debe acudir al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para solicitar que le abonen la prestación económica por Incapacidad Temporal.

    Cuando obtenga después el alta médica, podría tener derecho a un subsidio por desempleo por haber agotado una prestación contributiva, con lo que deberá ponerse en contacto con el Servicio Público de Empleo Estatal –INEM y solicitar el subsidio.

    Un cordial saludo.

  • Lucia dice:

    Buenas noches,
    hace un par de dias sufri un accidente de trafico me dieron un golpe por detras. Hicimos el parte me llevaron al hospital, etc. tengo toda la documentacion.
    he cogido la baja pero actualmente estoy en el paro, tengo que ir personalmente al INEM para informar que estoy de baja? o se encarga la seguridad social directamente?
    si tardo más de 1 semana en informar al INEM me puede repercutir en algo? dejaré de cobrar el paro y pasaré a cobrar de la seguridad social? se me “guardan”mantienen los meses que me queden de paro o los pierdo?

    muchas gracias

  • carlota dice:

    buenas, a ver si me podeis resolver esta duda:

    – si despues de un accidente de trafico te tienen que operar por una enfermedad congenita ( que ni sabias que tenias pq nunca te ha dolido ) puede que sea declarado como que no es a consecuencia del accidente? no hay ninguna forma/ manera de reclamar¿?¿?¿ llevo casi 1 y medio de recuperacion y aun me queda otra operacion… no entiendo nada

    gracias de antemano

  • sergio dice:

    hola buenas ayer tuve en golpe com mi cohe culpa mia le di a un coche por detras, al otro coche no le hice nada osea q no dimos parte pero a mi novia y copiloto contractUra cervical el seguro esta a mi nombre y es a terceros de los mas baratillos q hay le corresponde indemnizacion? ella es la propietaria pro el seguro esta a mi nombre

  • david dice:

    Buenas noches, hace dos meses sufri un accidente de trafico, un coche me embistio por detras y despues el conductor se bajo y me agredió para terminar dandose a la fuga, yo iba con mi mujer, hija, y dos sobrinos, en el momento vino la ambulancia y nos hizo dos partes de accidente a mi mujer y a mi, yo he estado de baja y me han recetado collarin la semana pasada porque sigo mal, mi mujer no volvio al medico por lo cual no tiene partes ni nada, pero ha estado con muchos dolores desde entonces.
    Minimo tendre hasta marzo e imagino que despues tendre que tener rehabilitacion, he intentado coger el coche pero me da mucho respeto, aunque no quiero ir al psicologo, si no se me pasa tendre que ir a ver que me dice.

    ¿Que indemnizacion aproximada tengo derecho a recibir?
    ¿Que indemnizacion tiene derecho a recibir mi mujer si no tiene bajas ni partes?
    ¿si tubiera que terminar llendo al psicologo podria reclamar despues a la aseguradora?
    ¿Tengo que presentar facturas de todos los medicamentos comprados, collarin, bono trasporte, etc…?
    ¿Los menores pueden reclamar algo por el accidente aunque no tubieran lesiones?

    Un saludo y gracias!

  • Antonio dice:

    Hola, he leído los interesantes casos prácticos que han publicado
    He sufrido un accidente en el que un vehiculo embistió por atrás al mío. El informe policial concluye en que fue culpa del conductor de ese vehículo. Estuve 12 días de baja por latigazo cervical; una vez de alta, continúe con tratamiento de rehabilitación hasta 66 días después. Ya que aún noto algunas secuelas, me planteo solicitar más sesiones de rehabilitación, aunque mi horario laboral no me lo pone fácil.
    Me permito enviarles está consulta:
    1- ¿Suele otorgarse, o cabe esperar, una indemnización en concepto incapacidad permanente parcial en casos de cervicalgias leves con secuelas leves?
    2- La cantidad en concepto incapacidad permanente parcial, ¿depende exclusivamente de la valoración y cuantificación que haga al respecto el forense, o puede el juez decidir en base a una cantidad reclamada por el abogado que no esté incluida en la valoración del forense?
    3- El coeficiente corrector de perjuicio económico ¿se aplica automáticamente, según los ingresos, a días de baja y a secuelas, o es necesario demostrar previamente el perjuicio económico de alguna manera?
    Muchas gracias

  • MarisolG dice:

    Buenas tardes, mi consulta es: El pasado domingo un coche nos dió un golpe por detrás, estábamos en la montaña y había muchísima nieve. Perdimos el control del coche porque se deslizaba a causa del hielo de la carretera. Cuando conseguimos parar unos metros más delante bajamos del vehículo y vimos que no presentaba daños, apenas unas rayas en la pintura y como estábamos bien no tomamos los datos del vehículo que nos seguía (aunque tampoco podríamos asegurar que fue él quien nos dió). Al día siguiente me levanté con nauseas y mucho dolor en la espalda, y al ir al hospital me diagnosticaron cervicalgia y contractura lumbar y dorsal. Al explicar al médico lo que nos sucedió nos dijo que la S.S. no se hacía cargo y teníamos que dar parte a nuestro seguro. Ellos nos han dicho que al no haber nadie a quien reclamar no existe indemnización, tampoco me han enviado a ninguna mutua. Sólo se hacen cargo de las facturas del hospital y de la consulta a mi médico de familia.Me dicen que han archivado la reclamación. Si yo no era la conductora del vehículo,no se deberían hacer cargo mi propio seguro? no es daños a terceros ? no debería verme algun especialista de mi seguro y darme rehabilitación o algo asi? Mi médico me ha dicho que de momento tengo para 10 dias pero que sería necesaria la rehabilitación y que la SS no la va a cubrir. Puedo reclamar a mi compañia?

  • maria dice:

    Hola de nuevo, gracias por contestarme…El trauma cuando me dió de alta no me dió ninguna explicación.(solo que había sufrido un latigazo cervical y que todas las contracturas habían mejorado).El tema es que un episodio parecido ya me había pasado hace unos 3 años y me había producido una hernia discal, tengo 40 años y me dicen que tengo la columna fatal.Creo que ellos se agarran a que mi cuello ya estaba mal antes.
    El medico del seguro de mi compañia me dijo que ya se pondrian en contacto conmigo, llevo 10 dias esperando y nadie me dice nada.
    No sé que hacer, ya qué las personas que llevan la oficina del seguro de mi ciudad (pasan de todo,).
    Muchas gracias.

  • diana dice:

    el miercoles 8 de febrero de 2012 tuve un accidente de trafico, una furgoneta me dio por detrás y yo iba en mi ciclomotor, caí dándome en la cabeza, espalda y piernas. En el momento del accidente, no tenía dolor por lo que no fui al médico, pero pasados dos dias fui a urgencias puesto que me dolia mucho la cabeza, los lumbares y la espalda, en la pierna tengo algunos morados; me han diagnosticado cervicalgia postraumática, y lumbalgia postraumática.
    He dado parte al seguro y me van a mandar al traumatólogo y al fisioterapeuta.
    Yo no me quiero dar de baja en mi trabajo, porque no requiere mucho esfuerzo fisico, lo que ya no sé es si tengo dcho a indemnizacion por no estar de baja.
    La moto está a expensas de peritacion porque se me ha roto.
    un saludo.

  • mari dice:

    buenos dias, hace ya unos meses ( marzo ) sufri un accidente de moto. Una mujer hizo una maniobra marcha atras golpeandome lateralmente y haciendo que cayera al suelo. Policontusiones, cervicalgia, dorsalgia, lumbagia y esguince de muñeca. iban pasando los meses y las piernas cada vez iban a peor, no podia deambular apenas y cojeaba mucho. me hacian pruebas( rnm, gammagrafias, electros ) y no salia nada. Al final con una simple placa de cadera vieron que la dolencia venia de alli. Me han operado de la cadera derecha y al abrir tmb encontraron un monton de adherencias en la cadera provocadas por el traumatismo que hacia que la pierna se me hubiera quedado congelada. Estos dias he tenido una complicacion de la operacion ( inflamacion… etc ) que me tienen que decir que hay que hacer dentro de unos dias. Hasta que la cadera derecha no este en optimas condiciones no podran operarme de la otra cadera. Quisiera saber si todos estos dias me los van a contar como impeditivos ( trabajar no puedo ) voy con muletas desde hace muchos muchos meses… la verdad esq se esta haciendo muy largo. Creo que necesito ayuda psicologica, ya que, esto es demasiado largo y aun lo sera mas…. He tenido que dejar mi piso e irme con mis padres otra vez, esto tmb es imdemnizable? gracias por vuestra atencion, un cordial saludo

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