Derecho de Seguros

02/12/2010

Indemnización por accidente de tráfico: caso práctico

INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE DE TRÁFICO en caso de esguince cervical o síndrome cervical postraumático.

Autor: HispaColex

Caso práctico: Lesionado de 32 años que sufre un accidente de tráfico el día 6-9-2010 que le causa dolor cervical y cuadro intermitente de cefaleas occipitales con sensación vertiginosa, precisando para la estabilización de dichas lesiones un periodo de 55 días, siendo 22 días de carácter impeditivo al no poder realizar durante ese tiempo sus tareas habituales, quedándole como secuela un esguince cervical o síndrome postraumático cervical en grado moderado que es valorada en 3 puntos.

Indemnización por accidente de tráfico: En base a lo expuesto y en atención al citado Anexo del RD 8/2004, la cuantificación del daño causado se corresponde con el siguiente desglose:

– 22 días impeditivos x 53,66 euros/día: 1.180,52 euros

– 33 días no impeditivos x 28,88 euros/día: 953,04 euros

– 3 puntos x 764,17 euros/punto: 2.292,51 euros

-10% de factor corrector por perjuicio económico sobre secuelas: 229,25 euros

10% de factor corrector por perjuicio económico sobre días de baja: 213,36 euros

Incapacidad permanente parcial la cantidad de: 2.000,00 euros

TOTAL INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE DE TRÁFICO: 6.868,68 euros

Este último concepto por incapacidad permanente parcial debe reclamarse en aquellos casos en los que el lesionado, como consecuencia de las secuelas que le quedan tras su curación, se encuentra limitado parcialmente para seguir desarrollando su vida cotidiana (laboral y de ocio) exactamente en la misma forma en lo que hacía antes de accidente. Así, su limitación puede ser tanto a nivel laboral como a nivel de actividades de ocio o recreo, puesto que puede presentar una limitación parcial para poder desarrollar deportes o aficiones que antes realizaba con total normalidad y que tras el accidente ya no realiza del mismo modo. Por tanto, la incapacidad permanente parcial no debe entenderse en los mismos términos en los que se considera a nivel laboral, sino que en este caso deberán tenerse en cuenta todas aquellas actividades laborales y no laborales que realizaba el lesionado con anterioridad al accidente y si alguna de ellas, en alguna medida, se ve limitado de forma parcial, podrá acudirse a este concepto indemnizatorio, factor corrector por incapacidad permanente parcial, para resarcir el perjuicio sufrido en dicho sentido. Si la incapacidad fuera total, es decir, que ya no puede realizar la actividad laboral o de ocio que antes realizaba, la indemnización sería muy superior. En el presente supuesto se reclama una indemnización por accidente de tráfico al entender que una secuela de esguince cervical que ha sido valorada en 3 puntos, causa de por si una incapacidad permanente parcial para las ocupaciones habituales de cualquier persona, que como mínimo debe cuantificarse en 2.000 euros.

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331 comentarios

  • carlos dice:

    buenas noches, me gustaria saber cuanto me darian de indemnizacion,tuve un golpe el 11/11/2011 me diagnosticaron esguince cervical sin baja laboral, ha durado la rehabilitacion 64 dias hasta 13/01/2012 .gracias.

  • patricia dice:

    Buenas tardes, el pasado mes de Noviembre mis padres sufrieron un choque en cadena por alcance, en el que no fueron los culpables. Mi madre sufrió una lesión en el esternón a consecuencia del impacto y cinturón de seguridad, por lo que está asistiendo a revisiones desde entonces a su médico de cabecera, el cual le emite un informe en cada revisión para que lo presenten en la compañía aseguradora. Hoy la han llamado por teléfono (supongo que de la compañía contraria, ya que mi madre no lo sabe con exactitud) y la han citado para mañana con un medico privado para una revisión.
    ¿Debe acudir a dicha revisión, si está presentando todos los informes de su médico de cabecera a la compañía aseguradora?

  • antonio dice:

    Buenas tardes:
    El pasado 15 de Diciembre estando aparcado un Sr. me dio con su coche en mi parte trasera del coche por lo que llevo desde entonces con dolores de cervicales y el trapecio izquierdo, decir que me fue a urgencias del Hospital y el 22 de diciembre me atendieron en un sitio privado para rehabilitacion que me aconsejó mi compañia de seguros, decir que estoy en paro y que voy desde el 22 de diciembre todos los dias lectivos a rehabilitacion, por estar en paro tengo derecho a indemnizacion? y decir que me tenía que haber incorporado a una empresa de trabajo a primeros de Enero y como tengo estos dolores y mareao aun no he podido incorporarme y posiblemente no me den el trabajo por este tema, quisiera me ayuden a estas cuestiones, gracias por todo

  • jesus dice:

    he recibido un golpe trasero de otro vehiculo,elmi coche esta a mi nombre pero la poliza la puse a nombre de mi suegro,¿tengo derecho a indemnizacion?…cuantos dias de baja se estiman como minimo para un latigazo cervical?….gracias

  • Óscar dice:

    Hola,

    El día 21 de noviembre mi pareja y yo tuvimos un accidente de tráfico. La culpa fue del otro conductor, que se salto un stop. Una vez hecho el parte del accidente y presentado en mi compañía de seguros se pasó a la comunicación con la otra compañía aceptando los daños del vehículo. La reparación fue de 2100 euros y estuve 12 días aproximadamente sin coche.
    Mi pareja y yo asistimos a urgencias el mismo día del accidente cuando empezaron los dolores y molestias cervicales. Nos hicieron radiografías y a mi me pusieron collarín (10 días) con el diagnóstico de latigazo cervical y rectificación de la zona cervical. A mi pareja no le pusieron collarín (de momento, ya que consideraron que al no tener rectificación cervical no debían de colocárselo) Nos mandaron medicamentos, relajantes y antiflamatorios y me recomendaron la baja laboral. Asistí a mi médico de cabecera y cogí la baja laboral el día 23 de noviembre (dos días después) Esos dos días fueron para mi pareja un infierno, empezaron los dolores más fuertes y se le irradiaba el dolor a un brazo con pequeña parestesia en el dedo anular de la mano. Volvimos a urgencias y le pusieron collarín (10 días) y le recomendaron la baja laboral. Fuimos a su médico de cabecera y le dieron la baja con fecha del mismo día del accidente (día 21 de noviembre).

    A parte, el día 23 tengo cita con el traumatólogo. Mi pareja se hizo la pasada semana un TAC y está esperando la respuesta (se la darán el jueves).

    Estoy haciendo rehabilitación en la mutua del trabajo que me llamaron para avanzar con la recuperación. La planificación de la rehabilitación consta de 15 días en principio (hasta el día 4 de enero) Me sigue doliendo, no he visto mucha mejoría y sobre todo me ha bajado el dolor a la zona dorsal. Se me carga bastante cuando ando y cuando me levanto de dormir.

    Mi pareja está de baja pero no está haciendo rehabilitación porque la otra compañía contraría aún no se ha puesto en contacto con nosotros, cosa que me sorprende.

    Tengo que aclarar que yo estaba trabajando en un centro deportivo pero mi pareja no trabajaba (cobra el paro)

    Mis preguntas son las siguientes:

    – ¿Deberíamos hacer algo para que la otra compañía se pusiera en contacto con nosotros y mi pareja pudiera empezar la rehabilitación?

    – ¿Deberíamos buscarnos un médico forense o nuestra compañía se encargará de todo eso? (aclaración: nuestra compañía es Mapfre)

    – ¿Cuáles serían los baremos de indemnización? Me puede decir un ejemplo aplicado a mi situación por favor.

    Muchas gracias.

  • DANI74 dice:

    Hola buenos dias, mi consulta es esta: Despues de estar 140 dias de baja por un golpe por detras, de un chico que viniendo de la playa se le trabo la chancla y en vez de frenar acelero y me dio un golpe tremendo, me destrozo la parte trasera del coche el cual me lo dieron por siniestro, total esto fue el dia 14 de julio, a consecuencia del accidente estado dos meses que mi seguro me dijo que el que me golpeo no tenia seguro y se haria cargo el consorcio de compensacion, al mes me vio un especialista en valoracion corporal del consorcio hata ahi todo bien, a los dos meses me llaman del consorcio diciendome que hata nueva orden no acuda a la 2ª cita que me dio el medico, bueno al cabo de unos dias me llaman de “Axa Seguros” una tramitadora que es de la compañia aseguradora de quien me dio el golpe que si tiene seguro que fue un error en la matricula que ellos se hacen cargo etc y que me tiene que ver el medico que trabaja para ellos( esto ya habian pasado dos meses y pico desde el golpe), este hombre me ve y me manda 10sesiones de rehabilitacion, entre tanto yo estoy de baja por la seguridad social, el accidente no fue itinere sino que ese dia pedi la tarde libre para llevar a mi hermano al aeropuerto y viniendo de este me golpeo el antesdicho, total al mes me vuelve a ver el medico y hace unas pruebas y me dice que van pedir a la compañia otras diez sesiones y una resonancia, pero no me llaman para la resonancia ni las sesiones, entretanto la mutua de trabajo me llama para verme y me hace una resonancia el la cual detecta dos protusiones, entre la c6 y c7 y rectificacion dorsal, con posible compromiso radicular.
    Cuando vuelvo a ver al medico de la compañia contraria y le llevo copia del resultado de la resonancia, a los dias me llaman del fisio para hacerme otras diez sesiones, al de cabo de los dias me llaman de la mutua de trabajo ” Asepeyo” la cual me trato muy bien por cierto que todo hay que dedirlo y me mandaron un electromiograma, el cual especifica que hay respuestas retrasadas y un compromiso discreto.
    Total que el medico de Axa despues de 140 dias de baja dos protusiones con cierto grado de compromiso, valora mi curacio en” 45 dias impeditivos y 1 punto secuela” y yo me pregunto este hombre tiene un nivel etico infrahumano, o estudio medicina para venderse al mejor postor, la cuestion esque yo estoy hecho polvo, me han echado del trabajo a consecuencia de la baja tan prolonganda, y me dieron el valor venal del coche que no pude comprarme ni uno de segundamano, el dia 22 voy a denunciar a Axa y a ver que pasa. ¿ Alguien puede decirme porque el medico de la aseguradora no hace caso a los dias de baja que son 140 y me da 45 y si esto es legal? Un saludo y feliz año.

  • Juan dice:

    Tengo fractura de clavícula,esguince cervical y contusiones en pelvis y cadera estado de baja75 dias

  • marisol dice:

    Muchas gracias HispaColex por su pronta respuesta y al mismo tiempo muy acertada.El problema, tanto la otra señora como yo, nos lo encontramos con que la compañía no nos quiere pagar, nos alegaron que, su asegurado les dijo que, tanto la señora como yo, nos tiramos encima del coche. Nos quedamos heladas, porque hasta se niegan a pagar el hospital, por mi parte fui al hospital mío de la seguridad social, pero la otra señora, fue a un hospital privado.
    Tuvimos que contratar los servicios de un Abogado conjuntamente las dos. El Abogado nos hizo un comentario cuando le contamos el tema, que, aparte de ser una treta de la aseguradora, no nos quieren pagar porque en estos momentos están cerrando los balances del año; y por eso no nos quieren pagar. Eso es lo que al Abogado rescata de la pedazo tontería que nos alego la Cía.
    No sabemos lo que va a pasar, nuestro Abogado, pondrá la demanda el próximo lunes; y me parece que es por lo civil, creo que estas demandas siempre tienen que ser por lo civil.
    ¿Qué les parece el tema?
    Esperando su respuesta, le doy las gracias.

  • marisol dice:

    En primer lugar darle las gracias por su atención.
    Me dieron el alta de un accidente que tuve y me pusieron en el apartado de secuelas lo siguiente:

    Secuelas: Cervialgia macánica con cefalea.
    Cuadro de mareo y vértigo en relación a déficit laberíntico postraumático .
    Estuve 73 días de baja, los primeros 20 días de rehabilitación, no podía hacer nada, ni las tareas del hogar (no estaba trabajando en el momento del accidente).
    ¿Me podría orientar un poco de lo que puedo cobrar?

    ¿Usted me podría decir cuantas secuelas me dieron?.
    Y cuantos puntos me pueden dar por esas secuelas.
    Le agradezco su atención; y le doy las gracias.

  • sandra dice:

    hola!!
    mi caso es un tanto extraño.mi pareja y yo tubimos un golpe lateral(un coche se salto un ceda el paso)el dia 27-6-2010 y la verdad q fue un golpe fuerte.a consecuencia de esto fuimos al hospital,el diagnostico de mi pareja fue latigazo cevicaly contractura lumbar.el mio fue latigazo cervical.asta aqui todo normal,la compañia no nos izo ningun ofrecimiento,por lo cual icimos la correspondiente denuncia,no pudimos hacer reabilitacion por que se pasaban la pelota unos a otros,cuando nostros si la solicitamos,mi pareja estubo 4 meses de baja laboral,yo estube 3 meses pero en mi caso no estaba trabajando.total,que fuimos citados para la visita forense,acudimos el dia de la citacion y fuimos visitados,a los meses nos comenta el abogado que el forense dice q no acudimos ala cita,cuando tenemos el justificante que si estubimos,empiezan una investigacion para saber que es lo ha pasado y resulta que habian perdido nuestros informes.volvemos a ser citados despues de 1 año,al acudir no nos vistan por que la forense no se encontraba alli.volvemos a ser citados y mas de lo mismo.y ala 3 vez de la citacion resulta que nos acen el informe sin ser visitados.dandonos como resultado 45 dias impeditivos a cada uno.al no estar conforme con esto el abogado recurre con un informe y volvemos a ser citados por el forense.conseguimos que nos visite,sin acernos mucho caso,tengo secuelas por persistir celvicalgia y episodios de inestabilidad(mareos)mi pareja tiene q ir a trabajar con faja para las lumbares.a todo esto parece que no le presto mucha atencion.la resolucion de esta visita asido:para mi 21 dias impeditivos y 1 punto,y para mi pareja 21 dias impeditivos y 24 no impeditivos y un 1 punto.no estamos nada de acuerdo por que no an tenido en cuenta las secuelas ni todo el tiempo de baja.q se podria hacer ahora??por que llevamos 1 año y medio ya con esto.gracias

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