Indemnización por accidente de tráfico: caso práctico
INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE DE TRÁFICO en caso de esguince cervical o síndrome cervical postraumático.
Autor: HispaColex
Caso práctico: Lesionado de 32 años que sufre un accidente de tráfico el día 6-9-2010 que le causa dolor cervical y cuadro intermitente de cefaleas occipitales con sensación vertiginosa, precisando para la estabilización de dichas lesiones un periodo de 55 días, siendo 22 días de carácter impeditivo al no poder realizar durante ese tiempo sus tareas habituales, quedándole como secuela un esguince cervical o síndrome postraumático cervical en grado moderado que es valorada en 3 puntos.
Indemnización por accidente de tráfico: En base a lo expuesto y en atención al citado Anexo del RD 8/2004, la cuantificación del daño causado se corresponde con el siguiente desglose:
– 22 días impeditivos x 53,66 euros/día: 1.180,52 euros
– 33 días no impeditivos x 28,88 euros/día: 953,04 euros
– 3 puntos x 764,17 euros/punto: 2.292,51 euros
-10% de factor corrector por perjuicio económico sobre secuelas: 229,25 euros
–10% de factor corrector por perjuicio económico sobre días de baja: 213,36 euros
– Incapacidad permanente parcial la cantidad de: 2.000,00 euros
TOTAL INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE DE TRÁFICO: 6.868,68 euros
Este último concepto por incapacidad permanente parcial debe reclamarse en aquellos casos en los que el lesionado, como consecuencia de las secuelas que le quedan tras su curación, se encuentra limitado parcialmente para seguir desarrollando su vida cotidiana (laboral y de ocio) exactamente en la misma forma en lo que hacía antes de accidente. Así, su limitación puede ser tanto a nivel laboral como a nivel de actividades de ocio o recreo, puesto que puede presentar una limitación parcial para poder desarrollar deportes o aficiones que antes realizaba con total normalidad y que tras el accidente ya no realiza del mismo modo. Por tanto, la incapacidad permanente parcial no debe entenderse en los mismos términos en los que se considera a nivel laboral, sino que en este caso deberán tenerse en cuenta todas aquellas actividades laborales y no laborales que realizaba el lesionado con anterioridad al accidente y si alguna de ellas, en alguna medida, se ve limitado de forma parcial, podrá acudirse a este concepto indemnizatorio, factor corrector por incapacidad permanente parcial, para resarcir el perjuicio sufrido en dicho sentido. Si la incapacidad fuera total, es decir, que ya no puede realizar la actividad laboral o de ocio que antes realizaba, la indemnización sería muy superior. En el presente supuesto se reclama una indemnización por accidente de tráfico al entender que una secuela de esguince cervical que ha sido valorada en 3 puntos, causa de por si una incapacidad permanente parcial para las ocupaciones habituales de cualquier persona, que como mínimo debe cuantificarse en 2.000 euros.
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331 comentarios
Hola, le comento lo que a mi me ocurrió. Se me cruzó un coche en un cruce, se saltó un ceda el paso, y a consecuencia de ello yo choque contra el. Fui a urgencias porque me empezó a doler la espalda y el cuello y me diagnosticaron cervicalgia y dorsalgia. Yo no trabajo pero estaba haciendo mis practicas de auxiliar de enfermería y a raíz de ello perdí dos días de practicas que más adelante en mis días libres tube que recuperar, estube una semana con tratamiento y un mes sin coche, ya que tubimos que llevarlo al taller. Aún me queda alguna secuela puntual. Que me correspondería? Muchas gracias de antemano.
Que me quereis decir con tu comentario esta pendiente de moderar quisiera alguna respuesta amis dos consultas por favor
Ola quisiera saver vuestra opinion mi hija tubo un accidente un verano de ace tres años.ella cruzaba retirada de un paso peaton como a unos tres metros y la atropello una motocicleta de gran cilindra ocasionandole rotura de tibia y perones.En fin despues de varias operaciones sele produjo un sindremo compartimental y porpoco le amputan la pierna.aora se celebra el juicio y la notificacion es que absuelben a mi hija ala compañia y al motorista.le pregunto ami abogado y me dice si a ella tambien la an absuelto le digo que si y me dice que ai que esperar q que la sentencia sea firme y se le puede reclamar ala compañia el 50 por ciento decidme que opinais
Un saludo
Buenas noches.
Sufrí un accidente de tráfico en horario laboral( soy comercial).
Reconocida la culpa por la parte contraria.
Dado el nivel de exigencia de la compañia a la que pertenecía y viendo que estaría unos meses de baja,dciden despedirme.
Puedo pedir alguna compensación a la compañía aseguradora?
Y puedo pedir compensación (lucro Cesante) por estar sin vehículo,aunque sea trabajador por cuenta ajena?
Muchas gracias
Ola tuve un acidente 18/05/2014 estuve un mes de baja medica estaba cobrando la prestacion por desempleo 15 seciones de rehabilitacion, ya me vio el.medico forense el pasado dia 5 de noviembre nose cuantos puntos me habra considerado ya tenemos cita para juicio 9/03/2015 pero me comentan que seguro me ofrecen algo antes de juicio. Me pueden decir cuanto me corresponderia mas o menos y cuanto tardan en hacer la primera oferta? Gracias
Ola quisiera saver que es lo que tengo que esperar aora. Me dieron un porrazo por detras en una rotonda el abogado del contrario peleo bastante en el juicio porque mi coche no tubo nada roto material. En fin se celebro el juicio alos 5 años y la jueza me da la razon . Mi abogado dice que son 2000 € pero aora la compañia contraria a recurrio que tengo que esperar aora y que tiempo
Y los 7 dias no impeditivos no me an mandado an fisio, que esos dias no se si se cobran.
Gracias un saludo
Estimado Miguel Ángel,
en relación a la consulta que nos planteas para poder saber la indemnización que te correspondería necesitaríamos saber más datos como por ejemplo fecha de alta de la rehabilitación, en atención a esto se aplica un Baremo valorador de tráfico u otro y, con ello, podremos saber tu indemnización. Por otra parte, respecto a lo que nos refieres de los 7 días es preciso conocer toda la documentación médica para saber si procede o no su abono. En todo caso, para resolver cualquier precisar tus dudas al respecto, puedes dirigirte a cualquiera de las Delegaciones de HispaColex, donde el Departamento de Seguros y su equipo especializado de abogados en Granada, Jaén y Málaga resolverán tus dudas de forma más precisa y concreta a la vista de la documentación existente. Recibe un cordial saludo
Hola buenas noches! Cuanto dinero me perteneceria por un esguince cervical que e estado 45 dias impeditivos y 7 no impeditivos? Gracias un saludo
y un saludo..
hola el dia 13 de enero2014 me a sufrido un accidente
en trabajo la culpa de empresa por no tenia recursio ….el inspeccio de trabajo me da el 40% de recargo por prestaciones me ha passado medico de forens dia 4 de junio 2014 y todavia estoy de baja laboral la mutua me da la alta dia 28/10/2014…llevo casi 10 meses de baja el medico de forence como li ha passado pronto me ha sacado solo 140 dias y un punto de secuilas ..quero saber por favor se puedo aver medico forence de nuevo porque no ha sacado todos los dias de baja…..que hago por favor.