Derecho de Seguros

02/12/2010

Indemnización por accidente de tráfico: caso práctico

INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE DE TRÁFICO en caso de esguince cervical o síndrome cervical postraumático.

Autor: HispaColex

Caso práctico: Lesionado de 32 años que sufre un accidente de tráfico el día 6-9-2010 que le causa dolor cervical y cuadro intermitente de cefaleas occipitales con sensación vertiginosa, precisando para la estabilización de dichas lesiones un periodo de 55 días, siendo 22 días de carácter impeditivo al no poder realizar durante ese tiempo sus tareas habituales, quedándole como secuela un esguince cervical o síndrome postraumático cervical en grado moderado que es valorada en 3 puntos.

Indemnización por accidente de tráfico: En base a lo expuesto y en atención al citado Anexo del RD 8/2004, la cuantificación del daño causado se corresponde con el siguiente desglose:

– 22 días impeditivos x 53,66 euros/día: 1.180,52 euros

– 33 días no impeditivos x 28,88 euros/día: 953,04 euros

– 3 puntos x 764,17 euros/punto: 2.292,51 euros

-10% de factor corrector por perjuicio económico sobre secuelas: 229,25 euros

10% de factor corrector por perjuicio económico sobre días de baja: 213,36 euros

Incapacidad permanente parcial la cantidad de: 2.000,00 euros

TOTAL INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE DE TRÁFICO: 6.868,68 euros

Este último concepto por incapacidad permanente parcial debe reclamarse en aquellos casos en los que el lesionado, como consecuencia de las secuelas que le quedan tras su curación, se encuentra limitado parcialmente para seguir desarrollando su vida cotidiana (laboral y de ocio) exactamente en la misma forma en lo que hacía antes de accidente. Así, su limitación puede ser tanto a nivel laboral como a nivel de actividades de ocio o recreo, puesto que puede presentar una limitación parcial para poder desarrollar deportes o aficiones que antes realizaba con total normalidad y que tras el accidente ya no realiza del mismo modo. Por tanto, la incapacidad permanente parcial no debe entenderse en los mismos términos en los que se considera a nivel laboral, sino que en este caso deberán tenerse en cuenta todas aquellas actividades laborales y no laborales que realizaba el lesionado con anterioridad al accidente y si alguna de ellas, en alguna medida, se ve limitado de forma parcial, podrá acudirse a este concepto indemnizatorio, factor corrector por incapacidad permanente parcial, para resarcir el perjuicio sufrido en dicho sentido. Si la incapacidad fuera total, es decir, que ya no puede realizar la actividad laboral o de ocio que antes realizaba, la indemnización sería muy superior. En el presente supuesto se reclama una indemnización por accidente de tráfico al entender que una secuela de esguince cervical que ha sido valorada en 3 puntos, causa de por si una incapacidad permanente parcial para las ocupaciones habituales de cualquier persona, que como mínimo debe cuantificarse en 2.000 euros.

Para resolver cualquier duda al respecto, puede consultar con nuestro equipo especializado de abogados en Granada, Jaén y Málaga.

También puede contactar con nuestros profesionales vía online a través de la oficina virtual.

Foto del avatar  Hispacolex

Si tiene dudas sobre como aplicar este artículo a su caso, puede realizarnos una consulta a través de nuestro formulario

331 comentarios

  • Hispacolex dice:

    Estiamada Saray:

    EL periodo de incapacidad temporal distingue 3 tipos de días, a saber, por un lado los dias de hospital, si los hubiere, y por otro lado dias impeditivos y dias no impeditivos. Cada uno de estos días tiene un valor distinto, pero dicho valor es de apliación general para cualquier lesionado, sea cual sea su actividad, trabajador, estudiante, ama de casa, etc., por tanto el hecho de que seas estudiante o trabajadora no modifica la cuantía a estos efectos, distinto sería a efectos de una posible incapacidad permanente parcial, donde habría que ponderar la incedencia de las secuelas que hubieran quedado en tu actividad y hasta que punto te limitan, valorando por tanto en que consiste tu actividad.

  • Saray dice:

    Buenas tardes, tuve un accidente de trafico, soy estudiante y trabajadora puedo cobrar por las dos partes o…la indemnización por día nada mas es por una, claro ellos se agarrarían de la parte q me tngan q pagar menos no??

    Saludos y gracias de antemano por la aclaración

  • Beatriz Mulero dice:

    Quisiera saber si una incapacidad parcial acreditada con un informe médico, que en su momento no se valoró, se puede reclamar después de haber sido ya indemnizado. Gracias.

  • manu dice:

    hola keria saber si tienes 2 acidentes y estas de baja medica en distintos seguros se podria combrar de las 2,en caso de k se enteren las aseguradoras k pasari amuchas gracias

  • Sara Linde dice:

    En el ejemplo que se pone en el post no se tiene en cuenta la profesión del lesionado. ¿Afecta esto?¿Es lo mismo que seas administrativo o conductor?¿Es igual ganar 3000 euros al mes que 800 euros?
    Gracias

  • Francisco R.M. dice:

    Soy profesor y hace aproximadamente un año tuve un accidente de trafico por el que se me diagnostico un esguince cervical y desde entonces tengo constantes dolores de cabeza, que me impiden concentrarme como lo hacia antes por ejemplo a la hora de corregir examenes e incluso para mis actividades de lectura en mis ratos libres y me pregunto si en su momento podría haber pedido los 2000 euros a los que hacéis referencia en el ejemplo.Gracias.

  • Carlos M.I. dice:

    hola, hace tres meses tuve un accidente de tráfico por el que he estado 65 días de baja y he sufrido la amputación del dedo anular y del meñique de la mano izquierda. ¿Qué indemnización me pertenece?¿Cuánto tiempo tengo para reclamar dicha indemnización?

  • Antonia Linares dice:

    hola,

    Soy costurera y he tenido un accidente, tras el cual, no puedo coser por que no puedo cojer la aguja, ¿a que clase de indemnización tedría derecho? Gracias.

  • Julia M. P. dice:

    Y cuanto le dieron como incapacidad parcial porque se viera reducida su capacidad de concentración delante del ordenador como consecuencia de tener una secuela de síndrome cervical? Y si esa no era su actividad laboral, eso significa que todos los que tenemos un sindrome cervical podemos pedir una indemnización por incapacidad parcial para nuestras ocupaciones no laborales?

  • Juan Luis Hita dice:

    Me parece muy ilustrativo e interesante el ejemplo, sobre todo la reclamación de una indemnización por la incapacidad parcial para realizar determinadas actividades con plenitud que el esguince cervical conlleva, pero mi duda es si para acreditar dicha incapacidad parcial es necesario un informe medico que así lo determine. Gracias

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *