Indemnización por accidente de tráfico: caso práctico
INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE DE TRÁFICO en caso de esguince cervical o síndrome cervical postraumático.
Autor: HispaColex
Caso práctico: Lesionado de 32 años que sufre un accidente de tráfico el día 6-9-2010 que le causa dolor cervical y cuadro intermitente de cefaleas occipitales con sensación vertiginosa, precisando para la estabilización de dichas lesiones un periodo de 55 días, siendo 22 días de carácter impeditivo al no poder realizar durante ese tiempo sus tareas habituales, quedándole como secuela un esguince cervical o síndrome postraumático cervical en grado moderado que es valorada en 3 puntos.
Indemnización por accidente de tráfico: En base a lo expuesto y en atención al citado Anexo del RD 8/2004, la cuantificación del daño causado se corresponde con el siguiente desglose:
– 22 días impeditivos x 53,66 euros/día: 1.180,52 euros
– 33 días no impeditivos x 28,88 euros/día: 953,04 euros
– 3 puntos x 764,17 euros/punto: 2.292,51 euros
-10% de factor corrector por perjuicio económico sobre secuelas: 229,25 euros
–10% de factor corrector por perjuicio económico sobre días de baja: 213,36 euros
– Incapacidad permanente parcial la cantidad de: 2.000,00 euros
TOTAL INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE DE TRÁFICO: 6.868,68 euros
Este último concepto por incapacidad permanente parcial debe reclamarse en aquellos casos en los que el lesionado, como consecuencia de las secuelas que le quedan tras su curación, se encuentra limitado parcialmente para seguir desarrollando su vida cotidiana (laboral y de ocio) exactamente en la misma forma en lo que hacía antes de accidente. Así, su limitación puede ser tanto a nivel laboral como a nivel de actividades de ocio o recreo, puesto que puede presentar una limitación parcial para poder desarrollar deportes o aficiones que antes realizaba con total normalidad y que tras el accidente ya no realiza del mismo modo. Por tanto, la incapacidad permanente parcial no debe entenderse en los mismos términos en los que se considera a nivel laboral, sino que en este caso deberán tenerse en cuenta todas aquellas actividades laborales y no laborales que realizaba el lesionado con anterioridad al accidente y si alguna de ellas, en alguna medida, se ve limitado de forma parcial, podrá acudirse a este concepto indemnizatorio, factor corrector por incapacidad permanente parcial, para resarcir el perjuicio sufrido en dicho sentido. Si la incapacidad fuera total, es decir, que ya no puede realizar la actividad laboral o de ocio que antes realizaba, la indemnización sería muy superior. En el presente supuesto se reclama una indemnización por accidente de tráfico al entender que una secuela de esguince cervical que ha sido valorada en 3 puntos, causa de por si una incapacidad permanente parcial para las ocupaciones habituales de cualquier persona, que como mínimo debe cuantificarse en 2.000 euros.
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331 comentarios
Buenos dias. Hace 3 años sufrí un accidente de trafico . He sufrido otro con la misma patología pero me han detectado en el momento del accidente mediante pruebas una rectificación de la lorsosis fisiológica. Estoy esperando las pruebas de una resonancia cervical. En el anterior accidente en una prueba que no fue una resonancia me detectaron en la C5 y C6 lesión muy leve con comienzo de artrosiInformación facilitada por Gestión de Accidente.
Esta mañana (Miércoles) se producía un accidente entre dos vehículos al colisionar en la Avenida de Canarias a la altura de Balos – Los Llanos (Vecindario).
Fue necesaria la presencia de una ambulancia del Servicio de Urgencias Canario.s. En la actualidad estoy de baja laboral ya que el accidente se produjo durante el recorrido de visitar a un cliente e ir a otro.bMi pregunta es la siguiente: Tendri derecho a indernizacion con secuelas por incapacidad parcial. Ya que nunca me he quedado bien. Saludos y gracias de ante mano. Espero su respuesta en mi correo
Estimado Gonzalez,
En primer lugar agradecerte la confianza depositada en nosotros.
En relación a tu consulta, según nos indicas has sufrido lesiones y te encuentras de baja como consecuencia de un accidente de tráfico, en primer lugar indicarte que cuando se produce un accidente de tráfico la indemnización por daños personales se calcula en función de las secuelas y del tiempo invertido en la estabilización de aquellas, en cuanto a las secuelas será necesario que las valore un profesional médico para poder determinar la indemnización en función del grado de las secuelas, igualmente las lesiones temporales, esto es el tiempo invertido para su estabilización, también deben ser valorada por un médico aunque la baja laboral formará parte de esas lesiones temporales. Teniendo en cuenta la existencia de un accidente anterior es importante que se determine si existe una agravación de las lesiones sufridas en el primer accidente. No obstante, es necesario que reúnas la documentación necesaria para que la futura reclamación resulte satisfactoria, te recomendamos la lectura de nuestro artículo sobre reclamaciones por accidentes de tráfico: https://www.hispacolex.com/blog/blog-derecho-seguros/indemnizacion-accidente-de-trafico/. Por otro lado, entiendo que también nos preguntas si puedes solicitar una incapacidad permanente parcial a fin de recibir un prestación económica, esto es una cuestión independiente a la anterior, y debes saber que ello se gestiona en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), siendo necesario un examen previo de un Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI). Para conocer si tienes derecho o no a dicha prestación en primer lugar te recomendamos que conozcas el grado de tus lesiones, lo que como te indicamos debe valorar un profesional médico. Quedamos a tu disposición.
Sin otro particular recibe un cordial saludo.
Buenos dias, el dia 7/04/16 nos dieron un golpe por detras en el coche en el que yo iba de copiloto, me han diagnosticado esguince cervical, me pusieron collarin y estoy con relajantes musculares desde entonces, y tengo 5 sesiones de fisio de momento, me volvieron a hacer radiografias y hay rectificacion de no se que. No se como funcionan estas cosas, el medico de la compañia contraria vino y me hizo unas preguntas y una exploracion muy leve. Me tienen que indemnizar? y si es que si, cuanto me corresponde? me llaman de la compañia contraria para ofrecer algo o tengo que hacer algun tramite mas??? Gracias.
Un saludo
Hola a tod@s soy ROberto quisiera saber :
Ace cosa de 2 meses mas o menos nos dieron un fuerte golpe xr detras a nuestro coche cobremos dicha indemnizacion con generaly .. Bueno resulta q compre un coche y le saqe seguro en mafre y ace cosa de 2 dias otro distraido nos a destrozado el coche por detras en fin
Cobraria otra indemnizacion igual?
Buenas. Yo tube un accidente de tráfico hace 9 años en el cual tube una fractura de cabeza de humero y ya cobre la indemnización por ello pero a consecuencia de esa fractura el año pasado la soldadura del humero me hizo calificación hacia la cabeza de dicho hueso deformándome la misma y me tuvieron que poner una prótesis y este año a cosecuencia de todo esto se me a degradado el cartilago y me tienen que volver a abrir y ponerme otra protesis de cartílago y cambiarme la que me acababan de poner esto me lo aran la semana que viene, quería saber si se puede reclamar la correspondiente indemnización, muchas gracias y un saludo
Estimado Vicente:
En respuesta a tu consulta, indicarte que efectivamente se podrá reclamarse frente a la aseguradora del vehículo responsable del accidente, una indemnización complementaria a la abonada en su momento cuando concurran nuevas lesiones o exista una agravación del daño anteriormente apreciado, siendo en este caso necesario que se den dos circunstancias, por un lado que se pueda acreditar la relación de causalidad entre las nuevas lesiones y el siniestro, por lo que en base a lo indicado quedarían excluidas aquellas lesiones aparecidas con posterioridad cuyo origen no sea traumático sino degenerativo y por otro lado deberá de acreditarse que esas lesiones o la agravación de las mismas no pudieron preverse en el momento en el que fuiste indemnizado por la Cía. de Seguros contraria , al haber sobrevenido después.
A la vista de lo indicado, comentarte que con el objeto de poder valorar si se podrán reclamar esas nuevas secuelas, será preciso contar con un informe pericial de un médico valorador a fin de que el mismo, una vez estudiada la documentación valorada en el momento en el que fuiste indemnizado por la Cía. de Seguros contraria, y las nuevas lesiones padecidas con el tiempo, pueda determinar que las nuevas secuelas tienen relación de causalidad con el siniestro, así como que su origen no sea degenerativo, ni una evolución natural de la lesión.
Una vez que obtengamos tal documento y queden acreditados los requisitos indicados, podremos reclamar frente a la Cía. de Seguros contraria la indemnización que te corresponda por esas nuevas lesiones aparecidas con posterioridad.
Quedamos a tu disposición para poder aclarar o ampliar cualquier información que necesites al respecto.
Un saludo
El dia 4 de diciembre de éste mes, sufrí un accidente de tráfico, un coche me golpeó por atras; a consecuencia del golpe tuve mareos, dolor de cuello y espalda, por lo que acudí por urgencias al hospital, me hicieron unas radiografías de las zonas afectadas y me diagnosticaron lumbalgia y lumbociatica; además de eso me pusieron un collarin que tuve que llevar tres días. Di parte a mi seguro y me informé de las clínicas concertadas que tienen en mi ciudad; elegí una y se lo comuniqué a mi seguro. Me llamaron de la clínica para darme cita con el traumatólogo, acudí con los informes del hospital y después de reconocerme en la consulta me dijo que me iban a dar unas sesiones de fisio. Después de esperar unos cuatro días, recibo una llamada del seguro del que me golpeó, diciendome que me iban a llamar para acudir a un traumatólogo de su compañía aseguradora. Hoy me han vuelto a llamar para citarme mañana para que me reconozca el médico de la compañia contraria. Mi pregunta es…tengo obligación de acudir al médico de la compañía contraria? No puedo seguir acudiendo al hospital concertado de mi propia compañía? Qué debo de hacer? Gracias.
Estimado Fernando:
En relación a la consulta que nos realizas, te indicamos que el motivo por el que has sido citado por parte de los servicios médicos de la compañía de seguros contraria, es para poder valorar el alcance de las lesiones que has sufrido, y en base a esa valoración ofrecerte una indemnización. Dicha consulta no impide que puedas continuar con el tratamiento médico y con el seguimiento de tus lesiones que hasta el momento te han llevado desde el centro hospitalario de tu compañía de seguros. No obstante lo anterior, no tienes obligación alguna de acudir al médico de la aseguradora del vehículo contrario, ello queda a tu arbitrio, si bien nuestro consejo es que te dejes ver por dicho médico, toda vez que si tus lesiones son reales, como bien refieres, no hay motivo alguno para ocultárselo a los médicos de la Compañía. Es más, en caso de reclamar esas lesiones a la compañía de seguros contraria, tanto amistosa como judicialmente, la aseguradora contraria va a alegar como uno de los motivos de oposición que el lesionado no se dejó ver por sus servicios médicos, lo que puede causarte perjuicio a la hora de reclamar la indemnización por tus lesiones.
Esperamos haber dado respuesta a tu consulta, ofreciéndote nuestros servicios jurídicos de cara a poder reclamar a la compañía de seguros contraria la indemnización que te correspondería por tus lesiones.
Sin otro particular, recibe un cordial saludo.
Buenas tardes!
En noviembre del año pasado estando trabajando recibí un golpe por detrás. Estuve de baja 93 días no impeditivos. Me dieron en alta aún sin encontrarme bien. A la semana tuve recaída y me dirijo al médico de la seguridad social, donde me enviaron al fisio 8 sesiones más. A día de hoy sigo con muchos dolores de cervicales, y pagando fisio para poder ir tirando. Yo podría reclamar a la compañía después de tanto tiempo estas sesiones que estoy haciendo? Aún estoy a vueltas con la indemnización ya que la abogada de la compañía se desentendió del tema y al final me decido denunciarles.