Indemnización concedida por la caída en tu comercio habitual
La caída en el comercio.
Autor: HispaColex
Siguiendo con el caso planteado en el blog anterior, vamos a plantear que sucede con este tipo de caídas cuando se producen en un establecimiento público, como puede ser tu restaurante favorito, tu centro de salud o tu supermercado habitual. Este tipo de caídas son más frecuentes de lo que pudiera parecer, pero en la mayoría de los casos las lesiones producidas por estas caídas no son indemnizadas, bien porque se desconoce dicha posibilidad, o bien porque no sabemos cómo realizarlo. Efectivamente, es necesario conocer en que supuestos y que necesitamos para poder reclamar frente al dueño del restaurante que no dispone de las correspondientes medidas de seguridad, o ante el supermercado que no realiza una limpieza adecuada de sus instalaciones, etc.
En primer lugar, debemos conocer cuáles son los requisitos que deben de cumplirse para poder reclamar por este tipo de accidentes:
1º) Es necesario demostrar la realidad y forma de producirse el accidente.
2º) Acreditar la existencia y gravedad del daño producido como consecuencia del accidente.
3º) Por último, es imprescindible demostrar la culpabilidad o falta de diligencia de la entidad responsable, y que el siniestro producido se deba exclusivamente a esa falta de diligencia.
Lo anterior puede parecer fácil, pero en la práctica suele traer serias dificultades, dado que es necesario reunir prueba suficiente para demostrar que se reúnen los presupuestos anteriores, como puede ser: testigos presenciales del accidente, informes periciales que acrediten la falta de diligencia en el actuar del ente responsable, etc. No obstante, como decimos si se consigue demostrar lo anterior, se pueden conceder importantes indemnizaciones como por ejemplo sucede en el caso real que vamos a analizar, en el que se indemniza a una señora por importe de 17.617,25 euros, como consecuencia de la caída en el supermercado Mercadona.
En este supuesto, se consigue demostrar que la señora se cae en el supermercado tras resbalar a consecuencia de la presencia de agua y restos de productos alimenticios por el suelo, condenándose al supermercado por no haber podido las medidas adecuadas como hubiera sido proceder al correcto secado del suelo una vez realizadas las labores de limpieza. La indemnización que se concede por la fractura de la rótula derecha producida como consecuencia de la caída en el supermercado asciende a 17.617,25 euros, que se corresponde con los siguientes conceptos:
a) Por los 4 días de hospitalización, la cantidad de 232’76 euros
b) Por 126 días de impedimento, la cantidad de 5.957’28 euros.
c) Por 49 días no impeditivos pero precisos para su completa curación, la cantidad de 1.247’54 euros
d) Por las secuelas que le quedan como consecuencia del accidente, la cantidad 8.578’10 euros
e) Por los gastos médicos soportados hasta su curación, la cantidad de 884 euros.
f) 1.601’57 euros en concepto de incremento de la indemnización básica, por el factor corrector de perjuicio económico.
g) Por los gatos satisfechos por los gastos médicos y de rehabilitación, la cantidad de 144 euros
En conclusión, debemos de ser conscientes que existen una serie de riesgos inherentes a la vida humana que tenemos el deber de soportar, pero asimismo existen otros muchos riesgos a los que nos vemos expuestos como consecuencia no sólo de un mal funcionamiento de la Administración, sino también por una falta de diligencia en la adopción de medidas de seguridad en los establecimientos públicos, etc., que nos pueden generar un daño que no tenemos el deber de soportar y que, contando con la prueba correspondiente deben de ser reclamado al ente responsable y debidamente resarcidos.
Para resolver cualquier duda al respecto, puede consultar con nuestro equipo especializado de abogados en Granada, Jaén y Málaga.
También puede contactar con nuestros profesionales vía online a través de la oficina virtual.
Si tiene dudas sobre como aplicar este artículo a su caso, puede realizarnos una consulta a través de nuestro formulario
144 comentarios
HACE DOS SEMANAS ME CAI EN UN BAR Y PARECE SER QUE NO TIENE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL, PODRIA RECLAMAR AL AYUNTAMIENTO DE LA LOCALIDAD, POR NO EXIGIR A UN ESTABLECIMIENTO PUBLICO DICHO SEGURO. GRACAIS
Covi, si la caída fue dentro del local no existe responsabilidad del Ayuntamiento, tendrás que reclamar directamente al local y si no dispone de seguro deberán pagar directamente ellos, así mismo puedes presentar reclamación ante consumo.
Hola mi hijo de 23 meses estando en burguer King quiso subirse asiento para comer resbaló y del asiento y se dio un golpe en la ceja con la mesa y le tuvieron ke poner 2 puntos en la ceja.crees ke esto se ase responsable la empresa?nesesito una respuesta para seguir con el procedimiento
Estimado Santi:
En relación a la consulta que nos realizas y en virtud de los datos que nos has facilitado del siniestro, te indicamos que la reclamación de una indemnización por las lesiones de tu hijo sería una cuestión absolutamente probatoria, dado que poder reclamar sería necesario acreditar que la caída que provocó las lesiones se debió a algún defecto en el asiento que diera lugar a que el niño resbalara, es decir, habría que probar que existe una relación de causalidad entre un posible defecto en el asiento y la caída que causó las lesiones a tu hijo, para poder responsabilizar del accidente al restaurante. En definitiva, y para poder imputarle al establecimiento la responsabilidad del siniestro, habría que acreditar que en el resbalón intervino negligencia por parte del restaurante y que el accidente fue previsible y evitable, pues de lo contrario podríamos encontrarnos ante un caso fortuito por el que no cabría depurar responsabilidades.
Esperamos haberte servido de ayuda y haber respondido a todas tus cuestiones, indicándote que nuestro despacho está a tu entera disposición para llevar a cabo todas las gestiones necesarias para la reclamación de las lesiones de tu hijo.
Recibe un cordial saludo.
Hola, mi madre caminaba hoy por una calle y tropezó con un palo que sujetaba la reja de un comercio. La reja se le cayó encima y de momento tiene la nariz rota y tienen que someterla a una operación facial. ¿Cómo debemos proceder? Gracias
Estimado Juan:
Los propietarios de los establecimientos tienen la obligación de mantener éstos en un estado adecuado que evite que los clientes puedan sufrir daños, por lo que en caso de incumplimiento de ésta obligación tendrán responsabilizarse de los daños causados.
Ahora bien, hay que determinar si el realmente hubo negligencia (por ejemplo si el elemento peligroso estaba debidamente señalizado), si la negligencia la causó el propietario o terceras personas, si hubo negligencia o culpa del propio perjudicado (por ejemplo casos en los que el lesionado estaba distraído con un teléfono móvil), si el perjudicado agravó las consecuencias de hecho en sí etc..
Por todo ello, en este tipo de accidentes lo aconsejable es contar con todos los medios probatorios de los que se pueda disponer, testigos, fotografías, partes médicos, informes periciales etc..
En cuanto a la reclamación se puede plantear reclamación previa al establecimiento y a su compañía aseguradora y si el siniestro no es atendido, proceder a la interposición de demanda civil, para lo que hay un plazo de 1 año desde la producción del accidente, pudiendo interrumpir esta prescripción anualmente con reclamaciones por escrito ante los posibles responsables.
Lo aconsejable es contactar con un despacho profesional experto en responsabilidad civil para interponer las debidas acciones de reclamación, por lo que quedamos a tu disposición para cuanto necesites.
Un cordial saludo.
Hola.
Mi mujer ingresada para intervencion quirurjica en el Hospital, a primera hora de la mañana se cae en el baño de la habitacion rompiendose la muñeca derecha, el hospital es el HUC de Tenerife, es muy viejo y sus baños tienen mas de 40 años sin reformar.
¿Que me aconsejan?
Hola buenas noches, en enero tuve una caída en el colegio del niño, en una bajada que tiene, porque estaba mojado de haber llovido,resulta que este colegio no tenía seguro porque el número de póliza que me dieron eran para los niños,después de tres meses me llama un seguro por parte de este colegio,para hacerme pruebas. Al caso de todo esto me dijeron que tenía un doble esguince,tengo fotos,una grabación del portero que me cogió cuando me caí,y todas las pruebas que me han hecho.Todavía me duele la rodilla y no me han hecho ni rehabilitación ni nada.Mi duda es…¿cuanto me pertenecería por indemnización?¿y que son los días impeditivos y no impeditivos?
Se rompió el asa del pak de dos de cocacola y se me cayo se me olvido ponerlo .llevo 1 mes y 12 días.cuanto crees que tengo que pedir de indernizacion?
Estimada Jenni:
No entendemos bien el supuesto, se negaron a entregarte una bolsa o no la quisiste comprar??’ De todas formas parece que la caída de la lata fue fortuita, no? O es que la tiró la empleada o dueña del Supermercado?
Te ruego nos aclares estos términos para poder responderte
Un cordial saludo
Hola.mi caso es que fui a un súper llamado spar es un particular de mi pueblo.compre varias cosas entre ellas,un pak de cocacolas de dos.cuando estaba en la caja,me dijo que no me daba bolsa para eso porque no se rompen. con tan mala suerte cuando la coji me cayo en el dedo gordo del pie.no habia nadie solo la dueña y yo.fui al medico me mandaron hacerme una placa cuando fui tengo roto la falange del dedo gorgo del pie.fui al súper y el fue a su seguro dice que ya esta dado el parte pero que yo tengo que reclamar lo que pido.eso es verdad??no se lo que le tengo que pedir y todavía sigue roto mi pie no puedo saber lo días que tengo que pedir.que tengo que hacer?gracias
hola mira el 10 abril me fui a comprar a una tienda de vidrios y aluminios y cuando estaba entregando mi factura para que la sellen en el área de entrega me cayo un paquete de aluminios de aproximada mente 30 kilos que me tumbo al piso y me dijo semi inconsciente por mas 5 minutos y me hizo un corte en la cabeza y me lesiono el cuello y la columna pues estoy con un collarin y no puedo trabajar por que tengo dolores en la columna me han sacado una tomografía y una resonancias magnéticas pero a dios gracias no me encuentran lesiones grabes pero no puedo trabajar pues alas justas camino a hora el medico me mando a sacarme otra resonancia magnética mas y lo peor es que los de la tienda no se hicieron cargo cuando me cayo este paquete aduciendo que el que lo avía causado el accidente era un trabajar de una empresa que les abastece quisiera saber que debo hacer y como proceder pues yo estoy corriendo con todos los gastos y yo soy cantante principal de mi orquesta por el cual estoy perdiendo muchos contratos de valores altos por eso me gustaría que me asesoren que medidas tomar ya que denuncie este hecho en una comisaria y el medico legal me pidió el informe medico de los que me atendieron. y con estos dolores dudo que pueda trabajar tan rápido pues los dolores en la espalda y cuello son fuertes
que hago y con cuanto tienen que indemnizarme estos irresponsables que me pudieron matar y aun asi no me brindaron los primeros auxilios ni llamaron a los bomberos ni nada tuve que esperar a mis familiares para que me llevaran a una clínica por que estos señores no se les dio la gana de hacerse cargo de mi.
Estimado Jhofre:
Con relación a la cuestión planteada, te informamos que en primer lugar es necesario acreditar que la causa de las lesiones sufridas fue la caída del paquete de aluminios sobre tu persona en el referido local. Tras lo dicho, es necesario acreditar las lesiones sufridas como consecuencia del siniestro a través de la preceptiva documentación médica. Una vez probado lo anterior, deberás dirigirte al establecimiento donde tuvo lugar el referido siniestro y presentar reclamación por las lesiones sufridas o bien a la compañía aseguradora con quien tenía suscrita póliza de multiriesgo el referido establecimiento.
Si no son atendidas tus pretensiones podrás ejercitar las acciones legales oportunas en reclamación de las lesiones permanentes y temporales sufridas, así como los gastos médicos soportados.
No obstante, todo lo anterior debería de ser debidamente acreditado tanto con la documentación médica correspondiente, así como con una buena defensa jurídica, para lo cual quedamos a tu disposición, recordándote que la primera consulta es gratuita.
Sin otro particular, un saludo.
Estábamos en la piscina de un gimnasio mi hijo de 6 años y yo salió de la piscina para ir a la ducha que estaba a dos metros resbaló cayó y se dio un golpe en la cabeza le tuvieron que dar 4 puntos sigo pagando el gimnasio pero no estoy acudiendo asta que el niño se ponga bien¿ que tendría que hacer?
Estimada Isabel:
En atención a su consulta, informarle que en este tipo de accidentes las líneas de actuación van dirigidas en dos sentidos. En primer lugar, habría que acreditar que por parte del centro deportivo se ha incumplido alguna exigencia legal con respecto a las medidas de seguridad de las instalaciones, es decir, si cumplen o no con la normativa legalmente establecida. En segundo lugar, hay que acreditar el daño, esto es, que las lesiones se producen como consecuencia de esa falta de medidas de seguridad de las instalaciones y no de un modo fortuito.
En cualquier caso, nuestro despacho cuenta con un equipo de letrados especializados en este tipo de reclamaciones, por lo que quedamos a tu disposición para lo que precises.
Atte, un saludo,
Hola
Por favor me gustaría si me podrían informas que pasos tenemos que seguir para poner una reclamación, le explico mi madre el 1 de Abril se resbalo en un centro comercial Alcampo en la zona de la pescadería por pisar agua con la consecuencia de una caída y teniendo que ser sacada por los servicios del Sem y llevada de urgencia al hospital siendo operada por rotura del fémur por lo que esta ingresa aun, que pasos tiene que seguir para pedir una indemnización
Gracias
Estimada Loli:
Con relación a la cuestión planteada, te informamos de que en primer lugar es necesario acreditar que la causa de la caída sufrida fue el agua que se encontraba en el referido local. Tras lo dicho, es necesario acreditar las lesiones sufridas como consecuencia de la caída a través de la preceptiva documentación médica. Una vez acreditado lo anterior, deberás dirigirte al establecimiento donde tuvo lugar el siniestro y presentar reclamación por las lesiones sufridas o bien a la compañía aseguradora con quien tenía suscrita póliza de multiriesgo el referido establecimiento.
Si no son atendidas tus pretensiones podrás ejercitar las acciones legales oportunas en reclamación de las lesiones permanentes y temporales sufridas.
No obstante, todo lo anterior debería de ser debidamente acreditado tanto con la documentación médica correspondiente, así como con una buena defensa jurídica, para lo cual quedamos a tu disposición, recordándote que la primera consulta es gratuita.
Sin otro particular, un saludo.