Derecho de Seguros

17/10/2012

Indemnización concedida por la caída en tu comercio habitual

La caída en el comercio.

Autor: HispaColex

Siguiendo con el caso planteado en el blog anterior, vamos a plantear que sucede con este tipo de caídas cuando se producen en un establecimiento público, como puede ser tu restaurante favorito, tu centro de salud o tu supermercado habitual. Este tipo de caídas son más frecuentes de lo que pudiera parecer, pero en la mayoría de los casos las lesiones producidas por estas caídas no son indemnizadas, bien porque se desconoce dicha posibilidad, o bien porque no sabemos cómo realizarlo. Efectivamente, es necesario conocer en que supuestos y que necesitamos para poder reclamar frente al dueño del restaurante que no dispone de las correspondientes medidas de seguridad, o ante el supermercado que no realiza una limpieza adecuada de sus instalaciones, etc.

En primer lugar, debemos conocer cuáles son los requisitos que deben de cumplirse para poder reclamar por este tipo de accidentes:

1º) Es necesario demostrar la realidad y forma de producirse el accidente.

2º) Acreditar la existencia y gravedad del daño producido como consecuencia del accidente.

3º) Por último, es imprescindible demostrar la culpabilidad o falta de diligencia de la entidad responsable, y que el siniestro producido se deba exclusivamente a esa falta de diligencia.

Lo anterior puede parecer fácil, pero en la práctica suele traer serias dificultades, dado que es necesario reunir prueba suficiente para demostrar que se reúnen los presupuestos anteriores, como puede ser: testigos presenciales del accidente, informes periciales que acrediten la falta de diligencia en el actuar del ente responsable, etc. No obstante, como decimos si se consigue demostrar lo anterior, se pueden conceder importantes indemnizaciones como por ejemplo sucede en el caso real que vamos a analizar, en el que se indemniza a una señora por importe de 17.617,25 euros, como consecuencia de la caída en el supermercado Mercadona.

En este supuesto, se consigue demostrar que la señora se cae en el supermercado tras resbalar a consecuencia de la presencia de agua y restos de productos alimenticios por el suelo, condenándose al supermercado por no haber podido las medidas adecuadas como hubiera sido proceder al correcto secado del suelo una vez realizadas las labores de limpieza. La indemnización que se concede por la fractura de la rótula derecha producida como consecuencia de la caída en el supermercado asciende a 17.617,25 euros, que se corresponde con los siguientes conceptos:

a)      Por los 4 días de hospitalización, la cantidad de 232’76 euros

b)      Por 126 días de impedimento, la cantidad de 5.957’28 euros.

c)     Por 49  días no impeditivos pero precisos para su completa curación, la cantidad de 1.247’54 euros

d)     Por las secuelas que le quedan como consecuencia del accidente, la cantidad 8.578’10 euros

e)      Por los gastos médicos soportados hasta su curación, la cantidad de 884 euros.

f)       1.601’57 euros en concepto de incremento de la indemnización básica, por el factor corrector de perjuicio económico.

g)      Por los gatos satisfechos por los gastos médicos y de rehabilitación, la cantidad de 144 euros

En conclusión, debemos de ser conscientes que existen una serie de riesgos inherentes a la vida humana que tenemos el deber de soportar, pero asimismo existen otros muchos riesgos a los que nos vemos expuestos como consecuencia no sólo de un mal funcionamiento de la Administración, sino también por una falta de diligencia en la adopción de medidas de seguridad en los establecimientos públicos, etc., que nos pueden generar un daño que no tenemos el deber de soportar y que, contando con la prueba correspondiente deben de ser reclamado al ente responsable y debidamente resarcidos.

Para resolver cualquier duda al respecto, puede consultar con nuestro equipo especializado de abogados en Granada, Jaén y Málaga.

También puede contactar con nuestros profesionales vía online a través de la oficina virtual.

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Si tiene dudas sobre como aplicar este artículo a su caso, puede realizarnos una consulta a través de nuestro formulario

144 comentarios

  • ehg dice:

    hola buenas tardes me dirijo a ustedes por que el domingo 15 de febrero sufri una caida en un bar,resbale de una tarima y sufri cortes en los dedos de la mano derecha y contusion en la cabeza con perdida de conocimiento.llevo una semana de baja,a la espera de que me quiten los puntos el miercoles dia 25 con la recuperacion correspondiente .Soy camarera y estoy preocupada por mi situacion,ya que no se cuando podre incorporarme a mi trabajo.
    queria saber si podria pedir algun tipo de indemnizacion por el tiempo de baja,daños y demas.
    espero su respuesta,gracias de antemano.
    un saludo

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimada Eva.

      Con relación a la cuestión planteada, te informamos de que en primer lugar es necesario acreditar que la causa de la caída sufrida fue el mal estado de la tarima que se encontraba en el referido local. Tras lo dicho, es necesario acreditar las lesiones sufridas como consecuencia de la caída a través de la preceptiva documentación médica. Una vez acreditado lo anterior, deberás dirigirte al establecimiento donde tuvo lugar el siniestro y presentar reclamación por las lesiones sufridas o bien a la compañía aseguradora con quien tenía suscrita póliza de multiriesgo el referido establecimiento.

      Si no son atendidas tus pretensiones podrás ejercitar las acciones legales oportunas en reclamación de las lesiones permanentes y temporales sufridas.

      No obstante, todo lo anterior debería de ser debidamente acreditado tanto con la documentación médica correspondiente, así como con una buena defensa jurídica, para lo cual quedamos a tu disposición, recordándote que la primera consulta es gratuita.

      Sin otro particular, un saludo.

  • maria garcia dice:

    Podeis dejar un ejemplo de demanda, gracias.

  • Jose Manuel dice:

    Muy buenas noches:
    Mi caso es que el día de la comunión de mi sobrina en el restaurante en el que la celebrábamos pusieron una cama elástica. Mi sobrino de 7 años se cayo de dicha cama ya que esta tenia rota la malla lateral rompiendo cubito y radio.
    Según el forense de los juzgados necesito parasu recuperación 137 días. El seguro del restaurante le ofrece en un principio a mi hermana 4.000 €, diciendo esta que no esta desacuerdo por lo que mas tarde le ofrecen 8.000€ para no ir a juicio.
    El abogado que tiene le dice que acepte ya que le están pagando el día de baja igual que si fuese un accidente de trafico unos 53€.
    Este mismo abogado le decía al principio que no sacaría mas de 300€, por eso nos genera desconfianza.
    ¿Que deberíamos hacer?
    Muchas gracias
    Un saludo

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimado Jose Manuel:

      Para poder determinar la cantidad que podría corresponder a tu sobrina por los daños sufridos en su caída, es imprescindible conocer los términos del informe del médico forense que según nos comentas la exploró. Así, hay que valorar los días impeditivos y no impeditivos que le otorgue y las secuelas que le hayan restado en su caso, para con ello calcular la indemnización que le corresponde.

      De este modo no podemos deciros si la indemnización que os están ofreciendo es correcta o no, así como tampoco los consejos de vuestro actual abogado, pues desconocemos el alcance real de los daños sufridos por tu sobrina.

      Aprovechamos para informarte que en nuestro despacho estamos un equipo de profesionales dedicados y especializados en derecho de daños, por lo que estamos a tu disposición para poder atenderte e intentar conseguir la mayor satisfacción de tus intereses.

      Un cordial saludo

  • LUCIA dice:

    Buenas tardes;
    El pasado 12 de enero en un estanco de mi localidad resbalé cuando me disponía a salir del mismo golpeándome la nariz contra la puerta. En el momento sentí mucho dolor y empecé a sangrar alarmanteme, con lo que me llevaron a mi centro de salud, el doctor me qué atendió me mandó a urgencias del hospital solicitando una prueba de Rx. En el hospital me confirmaron la fractura de huesos propios así como también desviación, me pusieron tiritas de aproximación en los cortes y me taponaron las fosas para contener el sangrado. Ibuprofeno para el dolor y la inflamación y revisiones cada tres días.
    Debido al golpe sufrido tenia tanto edema que resultaba imposible ver las secuelas del accidente, hasta que una vez baja un poco la inflamación ( el 18 de enero ) el otorrino me indica que tengo el hueso muy desviado y que eso puede provocarme muchos problemas respiratorios, también estéticos porque tengo la nariz totalmente torcida y me ha salido una giba en un lateral.

    Tienen que hacerme una septoplastia, pero por la seguridad social tardaría una eternidad, además no sé si también me la arreglarían estéticamente.
    El local ha dado parte a su seguro porque reconocen que acababan de fregar el suelo.
    Mi pregunta es la siguiente :
    Puede el seguro cubrirme la operación por lo privado para no tener que esperar 5 años por el sergas?
    Gracias

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimada Lucía,

      en relación a la consulta que nos planteas para poder saber la respuesta exacta habrá que ver la póliza en concreto que tenía suscrita el local con la aseguradora correspondiente. En cualquier caso, si queda probado debidamente que la responsabilidad es del local, la restitución de los daños debe ser íntegra (tenga o no tenga seguro que lo cubra), incluyendo la operación a la que nos haces referencia, siempre y cuando sea estrictamente necesaria y se deba exclusivamente a las lesiones producidas como consecuencia de esta caída. En todo caso, para resolver cualquier precisar tus dudas al respecto, puedes dirigirte a cualquiera de las Delegaciones de HispaColex, donde el Departamento de Seguros y su equipo especializado de abogados en Granada, Jaén y Málaga resolverán tus dudas de forma más precisa y concreta a la vista de la documentación existente.

      Recibe un cordial saludo

  • Roser dice:

    Buenos días,

    El pasado mes de noviembre del 2013, sufrí una caída en el parking de un centro comercial, debido al agua acumulada en el suelo (caí de espalda). Mi marido enseguida avisó a seguridad, ya que sufro problemas de columna vertebral, y después de la caída casi no podía ni incorporarme. Seguridad llamó a una ambulancia, la cual me quería llevar al centro médico de referencia de la localidad, a lo que yo me negué, pues iban también mis dos hijos y estaban muy nerviosos. Después de dejar a los niños en casa, mi marido me llevó a urgencias, resumiendo, estuve tres semanas de baja y después dos meses con un fisioterapeuta, pues me habían quedado dolores muy fuertes.
    Busqué un abogado, el cual, después de un año, me ha indicado que la cía del centro comercial no se hace cargo de nada, ni tan siquiera de las facturas del fisio.
    Qué debo hacer para poder reclamarles los daños? Hemos de llegar a juicio?
    Gracias de antemano,

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimada Roser:

      En relación a tu consulta indicarte que en estos casos en los que de forma amistosa el Centro Comercial no se hace cargo del siniestro, lo habitual es acudir a la vía judicial al objeto de reclamar todos los gastos satisfechos así como la indemnización correspondiente a las lesiones sufridas como consecuencia del accidente. Previamente a la vía judicial habrá que analizar si la demanda es viable, ya que con el simple hecho de alegar que te has caído en dicho centro no es suficiente para que se estime la reclamación, sino que hay que demostrar que fue una responsabilidad del centro, es decir, que la cantidad de agua existente era la suficiente como para provocar la caída, para ello, es necesario contar con fotografías, testigos, etc. En cualquier caso, es necesario estudiar cada caso en concreto para determinar la viabilidad, por lo que desde este despacho quedamos a tu disposición al objeto de ofrecerte un estudio más exhaustivo de tu asunto.

      Un cordial saludo

  • Iñigo dice:

    Muy Buenas,
    Primero felicidades por vuestro Blog, me parece muy interesante y completo.
    Quería plantearos una situación, y ver que opináis:

    Una Señora muy mayor se cayo en un bar a causa de un pequeño peldaño que había en el suelo, para acceder a una zona de mesas. Tengo dos fotos del peldaño del día de la caída y puede verse que esta bastante oscuro y que no puede apreciarse con facilidad.
    La Señora tiene rotura de cadera y fisura en pelvis, la verdad que esta hecha polvo, estuvo en el hospital mes y medio. LA familia no puede hacerse cargo de ella y a causa de su situación la han metido en una residencia cerca de casa.
    La situación económica de la familia es dramática, tengo que abaratar al máximo. Me preocupa el coste del perito y costas.
    La aseguradora Mapfhre nos ha dicho que no esta cubierto.
    Mis preguntas son las siguientes:
    – SI no lo cubre el seguro puedo dirigirme al propietario?
    – Cómo acredito la falta de diligencia del propietario? El peldaño estaba mal señalizado, pero, cómo lo acredito. Me imagino que la mejor opción un perito
    – Coste aproximado de un perito?
    – Tengo dos fotos del peldaño
    – Podría pedir los costes de residencia como parte de la indemnización?
    – Como lo veis en general, lo echaríais para adelante?
    – Había pensado en empezar con una carta amistosa a la aseguradora y al propietario, para resolver de forma extrajudicial.

    Soy abogado recién licenciado y sería mi primer caso. Estoy un poco perdido, encuentro infinidad de jurisprudencia de suelos resbaladizos, etc pero nada de peldaños apenas visibles.
    Me vendría genial una ayuda.
    Un saludo
    Iñigo Legarreta

  • gloria paino serrano dice:

    me dirijo a ustedes para que por favor me ayuden a saber que hacer,hace mas o menos un año mi marido se callo en carrefour había dos baldosas rotas y las piso,con las muletas pues el estaba operado, en consecuencia le han puesto una protesis y ha quedado cojo, con dolores y molestias.lo pusimos en abogado de oficio, y después de un año sin hacer ni tener noticias de nada nos dice que tenemos que solicitar otra vez procurador, tengo un lio muy grande y con la pena de que no van hacer nada por mi marido les agradecería mucho me ayudasen. gracias

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimada Gloria.

      Con relación a la cuestión que nos planteas, te indicamos que en primer lugar es necesario acreditar que la causa de la caída sufrida por tu marido fueron las baldosas en mal estado no señalizadas que se encontraba en el referido local comercial.
      Tras lo dicho, es necesario acreditar las lesiones sufridas como consecuencia de la caída a través de la preceptiva documentación médica. Una vez acreditado lo anterior, deberás dirigirte al establecimiento donde tuvo lugar el siniestro y presentar reclamación por las lesiones sufridas o bien a la compañía aseguradora con quien tenía suscrita póliza de multiriesgo el referido establecimiento. Si no son atendidas tus pretensiones podrás ejercitar las acciones legales oportunas.

      No obstante, todo lo anterior debería de ser debidamente acreditado tanto con la documentación médica correspondiente, así como con una buena defensa jurídica, para lo cual quedamos a tu disposición, recordándote que la primera consulta es gratuita.

  • olga dice:

    Hola,el sábado pasado me resbale en un restaurante porque estaba mojado y no señalizado,me rompí un hueso del empeine por lo tanto llevo yieso y tengo que estar de baja,los camareros se portaron muy bien y vieron que el suelo estaba mojado, la aseguradora me ha llamado y me ha dicho que no hay ningún problema que se hacen cargo. A.mi por estar de baja no me pagan el 100% y la aseguradora me ha dicho que ellos solo me pagarán la diferencia hasta llegar a la totalidad de lo que tendría que cobrar a final de mes.yo creo que eso no va a si,me tendrían que pagar por día de baja? Me podrías informar un poco como va? Muchas gracias.

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimada Olga:

      Efectivamente, te tienen que abonar todos los dias de baja a razón (en el año 2014) de 58,41 euros o 31,34 euros, dependiendo de si estás total o parcialmente impedida; igualmente deben indemnizar por las secuelas que pueden quedarte ( perjuicio estético, limitación movilidad, artrosis etc..);y todos las gastos que hayas tenido como consecuencia del accidente, así como también factores de corrección y diferencia entre lo dejado de percibir en nomina durante el tiempo de la baja.

      Si lo ves oportuno, podemos realizar, a la vista de la documentación médica que tengas, una valoración aproximada de la indemnización que puedes obtener en el presente caso.

      Quedando a tu disposicion para cuento precises en relacion al asunto

  • MARIA DEL CARMEN dice:

    Mi madre sufrio una caida en una pescaderia hace dos meses. El suelo estaba mojado porque todos los dias friegan despues de colocar el pescado. Ahora el especialista concluye con 2 aplastamientos vertebrales por la caida.
    -Se puede reclamar todavia?
    -Como probamos que el suelo estaba mojado?

  • maria teresa dice:

    Hola!!! Quería que me resolviera unas dudas sobre mi caso. Hace un mes aproximadamente me caí en un comercio de mi pueblo. Había dos escalones de mármol a la salida sin barandillas ni tiras antideslizantes. Resbalé y el resultado fue una rotura de tobillo teniendome que operar de urgencia esa misma noche. Tengo 9 tornillos y dos placas de por vida y un año aproximadamente hasta mi total recuperación. Cuatro días después de la comida me puse en contacto con la dueña del comercio para preguntar si tenía algún seguro del que me pudiera beneficiar a lo que ella me contestó que no. Ahora me da esquinazo no quiere hacerse responsable y me evade con excusas y mentiras. Que debo hacer??? En mi caso si había varios testigos. Las tiras antideslizantes las puso un día después de mi caída. Espero su respuesta. Un saludo y gracias anticipadas

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimada Mª Teresa

      Tener testigos en fundamental y si has hecho fotografías del lugar poco después del accidente, mucho mejor. Si la dueña del establecimiento no te da respuesta, será probablemente porque carece de seguro, pero esa cuestión a ti no te debe afectar, dado que la única responsable es ella y deberá responder. Se podría intentar realizar una reclamación extrajudicial a la propietaria del local en dos sentidos, uno a fin de que nos proporcione el nombre de su aseguradora y otro, la reclamación en si, es decir la cuantificación de los daños a la vista de la documentación médica que tendrás en tu poder. Si esa reclamación no surte efecto, se deberá interponer la correspondiente reclamación judicial, acompañando a la misma dos informes, uno relativo a las condiciones de la salida del establecimiento y otro de valoración del daño corporal. Seria una inversión inicial que posteriormente se podrá recuperar a través de las costas del procedimiento.

      En cualquier caso lo mejor es estar, desde un primer momento, asesorado por un profesional para que pueda plantear la reclamación de manera correcta.

      Quedamos a tu disposición para cualquier otra duda que te puede surgir.

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