Indemnización concedida por la caída en tu comercio habitual
La caída en el comercio.
Autor: HispaColex
Siguiendo con el caso planteado en el blog anterior, vamos a plantear que sucede con este tipo de caídas cuando se producen en un establecimiento público, como puede ser tu restaurante favorito, tu centro de salud o tu supermercado habitual. Este tipo de caídas son más frecuentes de lo que pudiera parecer, pero en la mayoría de los casos las lesiones producidas por estas caídas no son indemnizadas, bien porque se desconoce dicha posibilidad, o bien porque no sabemos cómo realizarlo. Efectivamente, es necesario conocer en que supuestos y que necesitamos para poder reclamar frente al dueño del restaurante que no dispone de las correspondientes medidas de seguridad, o ante el supermercado que no realiza una limpieza adecuada de sus instalaciones, etc.
En primer lugar, debemos conocer cuáles son los requisitos que deben de cumplirse para poder reclamar por este tipo de accidentes:
1º) Es necesario demostrar la realidad y forma de producirse el accidente.
2º) Acreditar la existencia y gravedad del daño producido como consecuencia del accidente.
3º) Por último, es imprescindible demostrar la culpabilidad o falta de diligencia de la entidad responsable, y que el siniestro producido se deba exclusivamente a esa falta de diligencia.
Lo anterior puede parecer fácil, pero en la práctica suele traer serias dificultades, dado que es necesario reunir prueba suficiente para demostrar que se reúnen los presupuestos anteriores, como puede ser: testigos presenciales del accidente, informes periciales que acrediten la falta de diligencia en el actuar del ente responsable, etc. No obstante, como decimos si se consigue demostrar lo anterior, se pueden conceder importantes indemnizaciones como por ejemplo sucede en el caso real que vamos a analizar, en el que se indemniza a una señora por importe de 17.617,25 euros, como consecuencia de la caída en el supermercado Mercadona.
En este supuesto, se consigue demostrar que la señora se cae en el supermercado tras resbalar a consecuencia de la presencia de agua y restos de productos alimenticios por el suelo, condenándose al supermercado por no haber podido las medidas adecuadas como hubiera sido proceder al correcto secado del suelo una vez realizadas las labores de limpieza. La indemnización que se concede por la fractura de la rótula derecha producida como consecuencia de la caída en el supermercado asciende a 17.617,25 euros, que se corresponde con los siguientes conceptos:
a) Por los 4 días de hospitalización, la cantidad de 232’76 euros
b) Por 126 días de impedimento, la cantidad de 5.957’28 euros.
c) Por 49 días no impeditivos pero precisos para su completa curación, la cantidad de 1.247’54 euros
d) Por las secuelas que le quedan como consecuencia del accidente, la cantidad 8.578’10 euros
e) Por los gastos médicos soportados hasta su curación, la cantidad de 884 euros.
f) 1.601’57 euros en concepto de incremento de la indemnización básica, por el factor corrector de perjuicio económico.
g) Por los gatos satisfechos por los gastos médicos y de rehabilitación, la cantidad de 144 euros
En conclusión, debemos de ser conscientes que existen una serie de riesgos inherentes a la vida humana que tenemos el deber de soportar, pero asimismo existen otros muchos riesgos a los que nos vemos expuestos como consecuencia no sólo de un mal funcionamiento de la Administración, sino también por una falta de diligencia en la adopción de medidas de seguridad en los establecimientos públicos, etc., que nos pueden generar un daño que no tenemos el deber de soportar y que, contando con la prueba correspondiente deben de ser reclamado al ente responsable y debidamente resarcidos.
Para resolver cualquier duda al respecto, puede consultar con nuestro equipo especializado de abogados en Granada, Jaén y Málaga.
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144 comentarios
Hola mi nombre es Mercedes. Ayer sabado a las 10 de la manana , me cai en la terraza de una cafeteria en la que me pare con mi pareja y mi nieto a tomar un refresco. La silla estaba muy cerca drl borde de la acera ,con tan mala pata que me levante y al volverme a sentar la silla no estaba bien colocada y cai de costado a la calzada del carril bus, tal como cai me levante pensando en el autobus que acababa de pasar , por unos segundos no me atropello.. La cuestion es que se lo dije muy enfadada a la camarera que habia , que me vio de reojo y ni me ayudo , le dije que era muy peligroso esas sillas asi de esa forma… La cuestion es que les pedi la hoja de reclamaciones para poner una queja al respecto, pero no tuve valor porque pense que en parte tambien habia sido culpa mia por no caer en la cuenta de la silla, la duena que estaba en el local se porto muy bien , facilitandome si fuera preciso la direccion de la mutua y poniendolo en su nconocimiento lo ocurrido. En ese momento me dolia el costado pero lo achaque a la reciente caida, pero a medida que pasaron las horas el dolor fue en aumento, me dirigi a la cafeteria de nuevo para que me dieran un parte para la mutua y al ser sabado la mutua me derivo a urgencias de cualquier hospital. .. 4 horas despues me diagnosticaron contusion y la medico que me atendio me dijo que iba a estar fastidiada entre 2 y 3 semanas , reposo relativo , ibuprofeno y nolotil cada 8hr y nada de cargar peso. Por otra parte la duena de la cafeteria se intereso mucho por mi estado de salud incluso me quieren pagar un fisio para que me ayude a recuperarme.
Pero el problema mas gordo que tengo y no se como se resolvera , es que yo el lunes deberia de empezar a trabajar y no puedo por la situacion en la que me encuentro… Voy a perder un trabajo por culpa de esta estupida caida.
Quisiera saber si me corresponde algun tipo de indemnizacion o por el contrario se van a reir de mi ?
Gracias por todo haceis una labor magnifica.
Mercedes
Ante la cuestión que nos planteas, en primer lugar no nos termina de quedar claro si llegaste a rellenar la hoja de reclamación. En cualquier caso, si no lo has hecho deberías hacerlo. Puesto que se han ofrecido a abonarte la rehabilitación sería interesante también que se hicieran cargo de tu recuperación. No tenemos toda la información pero lo cierto es que si bien es posible que la silla se encontrara al filo cierta responsabilidad correría a tu cargo por cuanto la silla es un bien mueble que se puede desplazar. Aprovechando que parecer ser que están asumiendo responsabilidad, en primer lugar deberías realizar la reclamación formal -como te indicamos, para el caso de que no se haya hecho-, y en segundo lugar, debes realizar tu tratamiento rehabilitador para recuperarte. A la vista de la respuesta que te formulen desde la cafetería habría que estudiar la viabilidad concreta del siniestro. Para cualquier otra cuestión quedamos a tu disposición en el departamento de Seguros de Hispacolex Servicios Jurídicos.
Un cordial saludo.-
Buenos días,
Escribo para comentarles mi caso ya que no se que hacer al respecto.
Sufrí una caida en un lugar de copas, sin estar bebida, me fui a levantar, el taburete hizo palanca con un bordillo de una altura de 15 cm y caí, teniendo como resultado una fractura con sus correspondientes dias de baja.
El juez alega que fue responsabilidad mia por haberme sentado alli, cuando este, estaba sin señalizar el peligro, ni tenia el bordillo de 5 cm de seguridd que dice la ley de prevencion de riesgos……Fue realmente culpa mia
y no tengo derecho a indemnizadción? ….a la espera de respuesta, reciba un cordial saludo.
Buenas tardes, el pasado 10 de abril, sufri una caida por las escaleras del cine, por lo que sufri una fractura de los dos dedos gordos de los pies, así como inflamación de la rodilla, aún voy con muleta y policontusiones varias por todo el cuerpo.
Me tuvieron que inmovilizar y se desplazo el servicio de emergencias y me llevaron a urgencias al hospital.
Tengo el informe del servicio de asistencia medica asi como el de urgencias. Donde especifica que fue recogido en las instalacions del cine e inmovilizado hasta el hospital
No se como me cai, no lo recuerdo, fue muy rapido, 15 escaleras.
La compañia que lleva la Responsabilidad Civil ha tardado más de 40 días en ir al establecimiento y ver la sala donde me cai.
La primera semana ya presente informes al cine, y ellos me comentaron que lo emplazarian a la agencia, que en su caso es Allianz.
Despues de hablar con la abogada del cine, me ha comentado que la próxima semana la compañia les mandaria el informe del perito que estuvo en las instalaciones.
No entiendo, como es posible que el perito tardara tanto tiempo en ir, y tiempo suficiente para que la empresa subsane si habia algo, aunque podria ser, vertido de liquido etc, cualquier cosa que venden en el cine.
Agradeceria me informara si todo esto se esta cursando correctamente
Buenas tardes Fredi,
En atención a la consulta que nos planteas indicarte que respecto del seguimiento de tus lesiones que existe incidencias en la tramitación, por lo menos por lo que nos trasladas. El hecho de que te vea el médico valorador de la aseguradora es a los efectos de hacer seguimiento de tus lesiones. Por lo que se refiere al hecho de que el perito no acudiera hasta transcurridos 40 días a las instalaciones es algo excesivo pero por lo que nos indicas parece ya acreditado que la caída se produjo en dicho lugar y salvo que hubieran acudido el mismo día es difícil comprobar si había vertido líquido u otra sustancia en el suelo. Lo importante es contar con testigos y realizar un seguimiento correcto de las lesiones. Para más información quedamos a tu disposición en el Departamento de Seguros de Hispacolex Servicios Jurídicos.
Un cordial saludo.-
Fredi
En atención a la consulta que nos planteas indicarte que respecto del seguimiento de tus lesiones que existe incidencias en la tramitación, por lo menos por lo que nos trasladas. El hecho de que te vea el médico valorador de la aseguradora es a los efectos de hacer seguimiento de tus lesiones. Por lo que se refiere al hecho de que el perito no acudiera hasta transcurridos 40 días a las instalaciones es algo excesivo pero por lo que nos indicas parece ya acreditado que la caída se produjo en dicho lugar y salvo que hubieran acudido el mismo día es difícil comprobar si había vertido líquido u otra sustancia en el suelo. Lo importante es contar con testigos y realizar un seguimiento correcto de las lesiones. Para más información quedamos a tu disposición en el Departamento de Seguros de Hispacolex Servicios Jurídicos.
Un cordial saludo.-
Buenos dias os cuento mi caso y me gustaria que me informarais de si puedo denunciar y si es asi que pasos debo seguir, Fue el lunes pasado q estuvimos en Mc Donalds (cadena de restaurantes) y despues de cenar mi hija de 10 años se dirigio a la zona de juegos de dicho restaurante y al cabo de un rato aparecio con la cara llena de sangre y con una brecha en la frente bastante profunda , con los nervios del momento nos fuimos rapidamente al servicio de urgencias sin ponerselo en conocimiento a ninguna persona del restaurante. En el servicio de urgencias la dieron cuatro puntos . Y la niña me explico que se lo habia hecho con una esquina de la zona de juegos infantil. Que puedo hacer??
Nuria.
En relación con tu consulta, te indicamos que en primer lugar es necesario acreditar la realidad de los hechos, es decir que la lesión sufrida por tu hija tuvo lugar en el referido establecimiento, todo ello mediante testigos tales como otros usuarios o trabajadores del local que se encontraran presentes en el momento del siniestro, y en segundo lugar, que la causa de las heridas causadas fuera una instalación situada de modo negligente o en estado defectuoso en el referido local. Tras lo dicho, es necesario acreditar las lesiones sufridas como consecuencia del golpe sufrido a través de la preceptiva documentación médica. Una vez acreditado lo anterior, deberás dirigirte al establecimiento donde tuvo lugar el siniestro y presentar reclamación por las lesiones sufridas o bien a la compañía aseguradora con quien tenía suscrita póliza de multiriesgo el referido establecimiento.
Si no son atendidas tus pretensiones podrás ejercitar las acciones legales oportunas en reclamación de las lesiones permanentes y temporales sufridas.
No obstante, quedamos a tu disposición, recordándote que la primera consulta es gratuita.
un saludo.
Buenas Tardes,
Yo sufrí hace un año una caída en una mancha de aceite en el Centro Comercial Carrefour, vertida a través de una tuberia de la carniceria, Plantee la correspondiente reclamación ya que sufrí un esguince de tobillo en el cual estuve haciendo reposo absoluto durante 15 días y una alteración del tendón del hombro el cual estaba inflamado. Necesite aproximadamente de un año para la total recuperación de la movilidad en el hombro y que esta fuera sin dolor incurriendo en gastos de fisioterapeutas. Ayer hable con la compañía de seguros de carrefour y la indemnizacion que me ofrecen es de 1600€. ¿ Es correcta? Por otro lado se niegan a pagarme los daños materiales sufridos porque según ellos no les constan tales daños. ¿ Que puedo hacer?
Gracias,
Un Saludo.
Buenas el pasado dia 17-4-2016 sufri una caida en un bar de mi pueblo. La verdad es que no se que me sucedio. No se si resvale o sufri un desmayo o no se que me pudo pasar. Perdi el conocimiento a causa de la caida y no me acuerdo de lo que me ocurrio. Hay testigos del lugar de la caida y al oir el estruendo me vieron caido en el suelo. Se trata de un tramo de escaleras de 12 peldaños aprox y los tres ultimas carecen de pasamanos o señal que indique caida a distinto nivel. La altura sera de casi un metro. Estoy de baja por fractura de etiloides radial, tambien se me queda pequeña cicatriz en ceja drch.
Le presento informes medicos al seguro del local que es AXA y me dice que no esiste neglijencia alguna por parte de su cliente y por lo tanto no tengo derecho a ninguna indecnizacion.
Que puedo hacer tengo derecho a reclamar. Por fabor espero respuesta. GRACIAS.
Estimado Jose:
En relación a la consulta que nos realizas, te indicamos que en principio tienes derecho a reclamar tanto al propietario del local, como a su aseguradora AXA como Responsable civil, siempre y cuando puedas acreditar que la caída se produjo por una falta de diligencia en la adopción de medidas de seguridad en la escalera de dicho establecimiento público. Por ello, para poder reclamar una indemnización por las lesiones que has sufrido, es necesario demostrar que la culpa del accidente es del responsable del bar, por no cumplir la escalera con todos los estándares de seguridad exigidos, y que por tanto, la caída se produjo única y exclusivamente por ese defecto y no por ningún otro motivo, es decir, la caída debe ser un hecho previsible y evitable para poder reclamar al responsable del bar y a AXA.
No obstante lo anterior, debemos destacar que al tratarse de una cuestión totalmente probatoria, podríamos encontrarnos ante la circunstancia de que se considere tu caída como un caso fortuito, por lo que en ese supuesto no cabría depurar responsabilidades.
Esperamos haberte servido de ayuda y haber respondido a todas tus cuestiones, indicándote que estamos a tu entera disposición para cualquier otra duda al respecto.
Recibe un cordial saludo.