Reclamaciones por cierre de negocios de Hostelería durante el Estado de Alarma
Desde HispaColex queremos agradecer a las numerosas empresas del sector de Hostelería y Turismo de Granada la confianza que han depositado en nuestro equipo de abogados y economistas al habernos encomendado la defensa de sus intereses para:
- Reclamar al Estado en vía administrativa el Lucro Cesante por el cierre de vuestros negocios durante el primer Estado de Alarma.
- Reclamar al Ayuntamiento la devolución de la tasa de basura y de los vados no utilizados así como la tasa de ocupación de la vía pública con mesas y sillas (terrazas) de los períodos en que ha habido cierre del establecimiento o reducción del aforo de las terrazas. En este caso, como gentileza y apoyo una vez más de HispaColex, tanto a la Federación de Empresas de Hostelería y Turismo de Granada como a todo el sector de la Hostelería, hemos preparado los documentos necesarios para dichas solicitudes, los cuales están a disposición de todas las empresas asociadas a la Federación granadina, que tan solo tienen que cumplimentarlos y presentarlos.
Reclamaciones por Lucro Cesante
En relación con las reclamaciones del sector de hostelería por los perjuicios y lucro cesante de su actividad, acaecidos como consecuencia del cierre de su empresa durante la vigencia del primer estado de alarma, el cual fue declarado mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, esto es, desde el 14 de marzo al 18 de junio de 2020, informarle que se trata de un supuesto de responsabilidad de configuración legal, en base a la propia regulación del estado de alarma en la Ley Orgánica 4/1981, de 4 de junio, en concreto, en su artículo 3.2, de tal manera que deben ser indemnizados aquellos daños ocasionados a las empresas que han sido un mero instrumento o medio para la consecución de un interés general por actos o disposiciones acordadas durante la vigencia del estado de alarma.
Coste de la reclamación
El presupuesto para esta reclamación asciende a un total de 550 € más IVA, más un 5% de la cantidad que se consiga, presupuesto en el que se incluye, además, el informe pericial de economista donde deben quedar justificadas las pérdidas o lucro cesante en función de la media del beneficio industrial o comercial obtenido en años anteriores.
Bonificaciones
En caso de ser miembro de la Federación Provincial de Hotelería y Turismo de Granada podrá beneficiarse de una bonificación del 50 % en el presupuesto, ascendiendo a un total de 275€ más IVA, más el 5% de la cantidad que se consiga en vía administrativa.
No obstante, de no ser socio, en caso de asociarse a la Federación de Hostelería antes del 28-02-21, se le aplicará una bonificación del 25%. En caso de estar interesado, puede contactar directamente con su secretario General, D. Antonio García, a través de la siguiente dirección de correo agarcia@hosteleriadegranada.es, quien le indicará todas las condiciones.
Documentación que se debe aportar
A continuación detallamos la documentación que se precisa para elaborar el informe individualizado del lucro cesante de su negocio. Una vez la haya recopilado, rogamos nos la remita directamente al correo:
Por último, puede enviarnos igualmente la póliza de responsabilidad civil de tu empresa o negocio, o en su caso, póliza específica de defensa jurídica (si la tuvieran contratada), al objeto de revisar si nuestros honorarios por la tramitación de la reclamación pudieran estar cubiertos por la aseguradora en cuestión.
Plazos
El plazo para remitir la documentación finaliza la última semana del mes de marzo o primera del mes de abril, pues dado que el término para poder presentar la reclamación administrativa ante el Consejo de Ministros finaliza el 18 de junio, es preciso contar con tiempo suficiente para poder preparar el informe pericial oportuno, y una vez que dispongamos del mismo, preparar la correspondiente reclamación.
Desde HispaColex, le animamos a iniciar la reclamación administrativa, pues de lo contrario, perderá el derecho a cualquier posible indemnización, pues si no se presenta esta reclamación previa, no se podrá optar posteriormente a reclamar ese lucro cesante en vía judicial. Recuerde que, llegado el caso, podrá valorar de nuevo si sigue adelante o no.
Cualquier duda o aclaración que precise, rogamos contacte con nosotros. Muchas gracias.
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