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17/04/2019

HispaColex logra la nulidad de la licencia del tanatorio de Íllora tras 20 años de actividad

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Abogados Derecho Administrativo: Tanatorio de Íllora


El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 4 de Granada ha decretado la nulidad de la licencia del tanatorio de Íllora. Un caso especialmente llamativo dado que el tanatorio lleva en funcionamiento desde hace 20 años y los vecinos nunca se habían atrevido a demandar al Ayuntamiento de la localidad, a pesar de los graves perjuicios que vienen sufriendo.


HispaColex Bufete Jurídico, bajo la asistencia de Vanessa Fernández, Socio-Abogada y Directora del Dpto. de Derecho Administrativo, ha defendido este caso, y ya son nueve los procedimientos judiciales ganados con respecto a la actividad ilegal de los tanatorios de otras localidades granadinas como Castril, Caniles o La Malahá.

Tanatorio de Íllora

Con fecha 31 de julio de 2017 se formuló acción de nulidad interpuesta contra la licencia de actividad y apertura de tanatorio situado en la calle Avenate de la localidad de Íllora. Como consecuencia de dicha licencia, se venía desempeñando la actividad del tanatorio con las consiguientes molestias y perjuicios para la salud e inviolabilidad de sus domicilios para los vecinos.

El tanatorio está instalado en una zona residencial, con calificación urbanística de edificación residencial manzana cerrada, reiterando los graves perjuicios y molestias que causa esta actividad. Tal y como establece la normativa relativa a la ubicación de este tipo de actividades, la localización de los tanatorios “será coherente con la ordenación urbanística, lo que es incompatible con un uso residencial por tratares de una actividad molesta”.

La defensa realizada por nuestra compañera Vanessa Fernández ha hecho hincapié en los continuos problemas provocados a los vecinos por la actividad del tanatorio, llegando incluso a afectar a su salud, obligándoles a tener que tomar medicación antidepresiva y para poder dormir, ya que, el municipio de Íllora tiene estadísticas de más de 100 fallecimientos al año desde 1998.

De hecho, durante el procedimiento se presentaron estadísticas de fallecimientos en el municipio, así como fotografías que mostraban el estado de la calle Avenate cada vez que tenía lugar la celebración de un velatorio en el tanatorio. Del mismo modo, y para probar las molestias causadas a los vecinos, se presentó una grabación realizada desde el interior de una de las viviendas de uno de los vecinos defendidos por HispaColex donde se pudo apreciar la gravedad de los ruidos que tenían que soportar.

En esta ocasión, la sentencia entiende que son más dignos de protección los intereses y los derechos de los vecinos a su intimidad personal y familiar que el del titular de la actividad de tanatorio. Por lo que el fallo ha declarado la nulidad de la licencia de actividad de tanatorio por tratarse de una actividad incompatible en suelo de uso residencial, decretando el cierre o clausura de dicha actividad.

Acceso a la sentencia íntegra


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