LEGALTODAY: Entrevista a Javier López y García de la Serrana, Secretario General de la Asociación Española de Abogados Especializados en Responsabilidad Civil y Seguro en la celebración del XIX Congreso Nacional en Sevilla.
“La materia que más preocupa a nuestro colectivo es la relacionada con los accidentes de tráfico”
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Cerca de 500 abogados se dan cita en Sevilla desde el próximo jueves hasta el sábado 16 de noviembre para asistir al XIX Congreso Nacional de la Asociación Española de Abogados Especializados en Responsabilidad Civil y Seguro, que este año se celebra en esta ciudad, que luce sus mejores galas al conmemorarse el V centenario del viaje de Magallanes y Juan Sebastián Elcano. Los congresistas esperan disfrutar a partes iguales tanto de esta icónica ciudad como del programa científico y de ocio preparado para la ocasión, con mucho cariño y esfuerzo, por nuestro compañero José Manuel Sánchez Carrillo, diputado de la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla y miembro de la Asociación Española de Abogados Especializados en Responsabilidad Civil y Seguro. Legal Today ha querido poner el foco en este evento y en un aspecto del Derecho que cuenta con un interés transversal en la Abogacía.
¿Cuál es el número de asociados?
La Asociación Española de Abogados Especializados en Responsabilidad Civil y Seguro está compuesta en la actualidad por más de un millar de abogados, pues tras 19 años desde su constitución han sido muchos los letrados especialistas en esta materia que han visto oportuno participar en esta Asociación con objeto de profundizar en el estudio de la responsabilidad civil y el seguro. No es sencillo el asesoramiento necesario en cualquier tipo de reclamación por responsabilidad civil, ya sea esta profesional, industrial, medioambiental, en la edificación, por accidentes laborales, por productos defectuosos e incluso en la defensa del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen. Y es que los abogados especialistas en responsabilidad civil y derecho de seguros abarcan todas las materias relacionadas con estos ámbitos, desde la gestión de reclamación de indemnización por la cobertura de cualquier póliza ante un siniestro, hasta el asesoramiento y la defensa del cliente en todo tipo de procedimientos relacionados con dicha materia.
¿Qué temas preocupan más en la actualidad al colectivo?
La materia que actualmente más preocupa es la relacionada con los accidentes de tráfico, pues hace solo poco más de tres años que ha entrado en vigor un nuevo “Baremo de daños y perjuicios por accidentes de tráfico”, habiendo sufrido una importante reforma en materia de reclamación de daños por lesiones o fallecimiento de la víctima, al haberse incorporado como hechos que deben ser indemnizados el lucro cesante, tanto en supuestos de personas que trabajan y obtienen ingresos que se ven disminuidos como consecuencia del accidente, como en casos de que aún no se haya accedido al mercado laboral, así como determinados gastos que anteriormente no se indemnizaban y que por lo que ahora pueden alcanzar indemnizaciones importantes, como son los referidos a la necesidad de ayuda de tercera persona.
¿Qué ponentes y ponencias destaca de este congreso?
Es difícil destacar ningún ponente pues todos son de primer nivel, pero si tengo que hacerlo lógicamente me remito a los tres últimos en intervenir en el congreso, al ser los tres miembros del Tribunal Supremo, que defienden unas muy interesantes ponencias:
Y es que para la séptima ponencia se ha elegido este año un tema muy original, dado que pocas veces es tratado en foros de este tipo. Se trata de analizar los “Seguros de Responsabilidad Civil de explotación y Responsabilidad Civil profesional”. Será el magistrado de la Sala Primera de nuestro Tribunal Supremo Pedro José Vela Torres, ya asiduo a nuestros congresos, quien se encargue de defender esta ponencia, la cual con un gran contenido técnico nos ayudará a conocer y diferenciar esta cobertura tan ambigua que la mayoría de las pólizas confunde y recoge de forma poco clara, cuál es la RC de explotación y la RC profesional; y ello puesto que al estar destinadas ambas a cubrir los posibles daños ocasionados como consecuencia de la actividad que desarrolle la entidad asegurada y que ha sido objeto del seguro, muchas veces nos lleva al error de considerar que una póliza en cuestión está asegurando un concepto que finalmente no va a estar cubierto.
A continuación -y como octava ponencia- se nos propone uno de los temas que sin duda suscita más debate y litigio en los asuntos por hechos de la circulación, cual es la distribución de responsabilidades ante supuestos de daños recíprocos. Han sido distintas las posturas que nuestra Jurisprudencia ha venido manteniendo en este asunto, pero afortunadamente parece que nuestro Tribunal Supremo va tomando una línea uniforme y nos ofrece una solución pacífica frente a este tipo de litigios. La ponencia se ha titulado “Patologías del aseguramiento en la reciente jurisprudencia de la sala 1ª del tribunal supremo.”. El ponente Jose Luis Seoane Spiegelberg, magistrado de la Sala Primera del Tribunal Supremo, quien nos tiene acostumbrados a desplegar su lucidez jurídica y su amplio conocimiento sobre cualquier materia a la que se enfrenta, nos ayudará a comprender y conocer, entre otras muchas cuestiones, cuál es la postura seguida actualmente por nuestra Jurisprudencia en casos de daños recíprocos sin culpas probadas y por qué se da una diferente solución según se trate de daños corporales o materiales. Asimismo analizará lo que él denomina patología del conocimiento, referida a cláusulas delimitadoras, limitativas, sorpresivas y lesivas, así como las patologías del riesgo y las patologías de la buena fe, analizando en este último caso el deber de declaración, los requisitos del incumplimiento del deber de declaración y las consecuencias del incumplimiento de las exigencias del deber de declaración.
Y para finalizar el congreso se cuenta como ponente a Antonio Vicente Sempere Navarro, catedrático de universidad y magistrado de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, que ha elegido otro asunto de gran trascendencia práctica e interés dentro de la responsabilidad civil, se trata de una ponencia que además de su alto interés jurídico llamará la atención también la originalidad en su desarrollo, pues su autor nos ofrecerá, a través de la exposición de varios pronunciamientos judiciales, un estudio sobre la conexidad del derecho de indemnización del perjudicado dentro del ámbito de la jurisdicción civil y dentro del ámbito de la jurisdicción laboral. Por tanto la ponencia va mucho más allá de lo que nos pudiera sugerir su título “Apuntes sobre la responsabilidad indemnizatoria al hilo de problemas laborales de orden civil”, abordando supuestos tan interesantes como los derivados del derecho al honor de los trabajadores, la responsabilidad del administrador por deudas laborales o la responsabilidad por el deficiente cuestionario de salud, temas que entremezclan asuntos de muy diversas materias y que el ponente destacará de cada uno ellos lo más interesante a efectos prácticos.
¿Cómo ha cambiado la jurisprudencia en materia de RC?
Bastante, en los últimos cinco años se han dictado más de cincuenta sentencias por el Tribunal Supremo que han supuesto un cambio o un avance en materia de seguros. Son de destacar las sentencias referidas al impago de primas y su regulación, de 10 de septiembre de 2015 y de 18 de enero de 2018, la que aclara lo que sucede en los supuestos de transmisión del objeto asegurado de 14 de febrero de 2019, las referidas al seguro de transportes terrestres, de 17 de diciembre de 2014, 26 de noviembre de 2015, 4 de marzo de 2016 y 7 de noviembre de 2017. Sin olvidar la sentencia que analiza la falta de consentimiento informado como incumplimiento legal del médico asegurado, de 25 de noviembre de 2013, la que determina el “riesgo” asegurado en el seguro de responsabilidad civil suscrito en el ámbito de las empresas suministradoras, de 24 de mayo de 2018, o la que considera cláusula limitativa de derechos la que excluye la responsabilidad por deudas tributarias de los administradores en un seguro de directivos, de 29 de enero de 2019.
¿Qué primer consejo ofrecen a un cliente sobre el tipo de seguro a contratar?
Para contratar un seguro se debe consultar con un mediador de seguros y para cualquier problema o siniestro se debe consultar siempre con un abogado especialista en esta materia, como son los miembros de nuestra asociación, que sabrán asesorarle sobre cualquier cuestión jurídica o incidente que se haya podido producir relacionado con cualquier seguro, ya sea de daños, incendio, transportes terrestres, de lucro cesante, de crédito y caución, decenal, de construcción, de defensa jurídica, de vida, accidentes, de enfermedad o de asistencia sanitaria o cualquier otro.
¿En qué se equivocan más los usuarios?
No saben que autoasesorarse es tan peligroso como automedicarse y que ante cualquier siniestro se debe acudir a un abogado. Además, en la defensa de todos aquellos supuestos donde pueda existir una responsabilidad civil debe uno saber que la diferencia entre ganar o perder la reclamación o el pleito, la puede marcar el letrado que se elija, por lo que no elegir un especialista en esta materia puede suponer un error fatal. Asimismo, es importante saber que la mayoría de las pólizas de seguro incluyen la defensa jurídica, aunque con algunas limitaciones. Esto implica que el asegurado tiene cubiertos -hasta el límite pactado- los gastos de abogado y procurador para la interposición de cualquier tipo de reclamación, independientemente de quien el asegurado elija para ello, por lo que éste puede designar al letrado de su confianza, teniendo cubiertos el importe de sus honorarios por su aseguradora.
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