Augusto Méndez de Lugo y López de Ayala. Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
“Es importante no cuestionar la independencia de jueces y tribunales”
Su puesto como presidente del TSJA le supone ser la tercera autoridad en Andalucía, tras el presidente de la Junta y el presidente del Parlamento Andaluz. Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid (año 1967), con examen de grado de la licenciatura, ingresó en la carrera judicial en el año 1972. Tras diversos destinos fue nombrado presidente de la Audiencia Provincial de Córdoba en marzo de 1986, cargo que desempeñó hasta mayo de 1995. En la actualidad es presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla desde junio de 1995, habiendo sido renovado en dicho cargo en los años 2000 y 2005. Es académico de número de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de Granada y colaborador del departamento de Derecho Procesal de la Facultad de Derecho de Málaga. Entre otras distinciones, está en posesión de la Cruz Distinguida de Primera Clase y Cruz de Honor de la Orden de San Raimundo de Peñafort, Medalla de Oro de la Facultad de Derecho de Granada y Medalla al Mérito Policial. Ha desarrollado una amplía labor docente, publican- do diversos artículos doctrinales y participando en numerosas jornadas y congresos científicos.
¿Entiende a la persona que pierde la con-fianza en los jueces y tribunales?
Desde el punto de vista social no cabe duda de que existen datos que apuntan a una escasa confianza de los ciudadanos en la Administración de Justicia. Ahora bien, esta es una opinión que está más extendida entre aquellos que no han tenido algún asunto pendiente ante la Administración de Justicia, al contrario que los usuarios, que por lo general tienen una mejor opinión. Sin embargo, el problema del retraso en la resolución de los litigios y en la ejecución de las sentencias puede incrementar esa opinión, no tanto por des- confianza de la independencia, imparcialidad o preparación de los jueces, sino de la ineficacia real de la decisión jurisdiccional.
¿Por qué debe un empresario confiar más en los tribunales que en aquellas empresas que al margen de la Justicia se dedican al cobro de morosos?
Obviamente no tienen nada que ver la función constitucional del Poder Judicial y la resolución judicial de litigios, frente a las empresas a las que se refiere la pregunta. Lo primero que habría que precisar es de qué estamos hablando al referirnos a empresas de cobro de morosos. La forma en que desarrollan su actividad para obtener el cumplimiento de obligaciones es muy diversa y entre ellas hay muchas variantes, las más profesionales son aquellas que precisamente utilizan las instancias jurisdiccionales para conseguir su objetivo. Por tanto no caben generalizaciones. Pero lo que es indiscutible es que ninguna actividad privada puede suplantar el papel constitucional del juez.
¿El sistema judicial actual ampara al empresario que debe enfrentarse a la Administración pública, por ejemplo en casos ahora tan frecuentes como el impago de una deuda de un ayuntamiento con un constructor?
La eficacia y celeridad de la decisión judicial, y la capacidad para llevarla a la realidad mediante su ejecución dependen en gran medida de la clase de órganos jurisdiccionales que consideremos. La jurisdicción contencioso-administrativa, que es la que se ocupa de los litigios entre empresas o particulares y Administraciones públicas, está entre las que más atraso acumulan, arras- trando muchos de los juzgados y salas de lo contencioso-administrativo asuntos pendientes, no ya de meses, sino de años. Por otra parte, los privilegios legales de que disfruta la Administración, entre ellos la inembargabilidad de gran parte de sus bienes, hacen que la ejecución de una sentencia favorable a la empresa sea compleja y lenta. Por tanto, la situación de quien contrata con la Administración pública es bastante comprometida en este aspecto, no así en otros como el respeto a la legalidad y garantías contractuales, por lo que la especial situación del contratista para con la Administración no es nueva para nadie.
¿La crisis actual puede llevar al colapso total de los órganos judiciales?
Entiendo que se refiere a la crisis económica y financiera, y obviamente esta situación supone un aumento de la conflictividad y litigiosidad, especialmente en jurisdicciones como la laboral o mercantil, y también en buena medida en la civil. Aquellos juzgados que ya estaban en una situación complicada, lo van a acusar indudablemente. Por otra parte, los recortes anunciados en la oferta pública de empleo pueden conllevar la paralización de la cobertura de vacantes. Existe, por tanto, un riesgo cierto de empeoramiento de la situación de los juzgados como consecuencia de la crisis.
¿Por qué es importante la independencia del Poder Judicial?
La garantía de independencia de los jueces y magistrados, y del Poder Judicial en su conjunto es consustancial a la concepción del estado de Derecho. No cabe reconocer como autoridad judicial a quien no esté dotado de la independencia no sólo frente a los particulares y empresas, sino también respecto a los poderes públicos de cualquier naturaleza. Los órganos administrativos tienen que actuar sujetos a la legalidad, pero al fin y al cabo están sometidos a unos principios organizativos de dependencia jerárquica que son consustanciales a la Administración pública. Por el contrario, el Judicial es un poder esencialmente desconcentrado que radica en cada juez y tribunal, de forma independiente sin que pueda ser corregido en sus decisiones por los Tribunales superiores más que por la vía de recurso, y sin perjuicio de la responsabilidad que el juez asume al desarrollar su función.
¿Debe recordársele constantemente a la ciudadanía?
Creo que es innecesario. Lo importante es no enviar mensajes o manipulaciones informativas que pongan en cuestión la independencia de los jueces y tribuna- les, intentando asignar un alineamiento ideológico a los miembros del Poder Judicial en atención al contenido de sus resoluciones.
¿Contra quién atentan en realidad las conductas que pretenden empañar o ensuciar la imagen de la Justicia o de los jueces?
Contra el conjunto del Estado de Derecho, y con ello, contra la convivencia social. Las víctimas no son sólo o principalmente las personas afectadas, sino las instituciones y la confianza depositada en ellas por los ciudadanos. Las instituciones democráticas y las personas que las sirven pueden y deben ser objeto de crítica y en su caso de exigencia de responsabilidades por sus decisiones. Pero ello no puede servir de pretexto para campañas de descrédito generalizado de las instituciones que son imprescindibles y consustanciales a una convivencia social en paz.
¿Es real y efectiva la separación de poderes?
No cabe duda alguna de que a nivel funcional nuestra organización constitucional ha dotado a los jueces y tribunales de todas las garantías necesarias para ejercer su función con independencia del resto de los Poderes públicos. Aunque frecuentemente el papel del Congreso General del Poder Judicial se vea sometido a tensiones políticas, es la calidad profesional e independencia de criterio de las personas que han sido elegidas como miembros de dicho órgano de Gobierno la garantía última también de su independencia.
Usted ha calificado en varias ocasiones el sistema judicial actual como decimonónico, apostando por un cambio radical de modelo ¿Cuál sería el ideal?
Tanto la planta judicial, es decir, el des- pliegue de los juzgados y tribunales en el territorio nacional, como su dotación de personal de plantilla está desarrollado sobre la base de una sociedad rural, dota- da de malas comunicaciones y donde los juzgados son células de funcionamiento aisladas. Hay que tender a un modelo que en lo organizativo, se base en unidades de trabajo más amplias y flexibles, con una dotación de personal más amplia que permita suplir las vacantes que inexorablemente se producen con reajustes en la organización interna. También deben aplicarse criterios de economía de escala en aquellas tareas repetitivas o burocráticas que permiten una mecanización mayor. Por el contrario, el trabajo de juez tiene que ser, como siempre ha sido, con absoluta atención al caso individual. Este es el reto de la nueva organización judicial.
¿Podría resaltar un valor de la Justicia que pase desapercibido para los ciudadanos del que esté especialmente orgulloso?
La honestidad y profesionalidad de los que sirven a la Administración de Justicia. Pese al secular postergamiento de las inversiones en Administración de Justicia, quienes trabajan para la misma, y no me refiero sólo a los jueces, dedican su empeño personal a sacar adelante en las mejores condiciones los asuntos que les competen. Sin este compromiso personal, tan encomiable, sería imposible atender la inmensa avalancha de asuntos que todos los años viene aumentando.
¿Hacia dónde nos lleva el estado actual de la Justicia de no aplicar mejoras urgentes?
Al desencanto y desconfianza del ciudadano hacia las instituciones, no sólo de Justicia , también del Estado de Derecho. No es posible pensar en un moderno Estado Social y democrático de Derecho sin una Justicia a la altura de las necesidades de los ciudadanos.
¿Considera que hay jueces o casos estrella?
La inmensa mayoría de los jueces no tienen el menor interés en ser noticia, y su identidad pasa por completo desapercibida, y así debe ser. De hecho, la mayoría de los profesionales han tenido a lo largo de su vida algún caso con repercusión pública; y, apagado el interés informativo por el mismo, el juez es completamente anónimo. Las excepciones son confirmación de la regla general.
¿Le molestan las críticas?
En absoluto. Un responsable público tiene que estar sometido a la crítica, y si es po- sible que sea razonada y mesurada, mejor.
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