Circulares

24/04/2014

Novedades de la Renta 2013

Circular nº 19 de 2014

La declaración de la Renta 2013 ha de entregarse vía web

Autor: HispaColex

El 1 de abril comenzó la Campaña de la Renta 2013, con la principal característica de que no se permitirá entregar declaraciones confeccionadas a mano (se podrá acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria para usar desde allí los medios informáticos).

Para presentar la declaración sin necesidad de contar con firma electrónica, la Agencia Tributaria facilita al contribuyente tanto el Sistema RENO (para acceder y modificar el borrador), como el PIN24H.

Están exentos de presentar la Declaración (entre otros) los contribuyentes que hayan obtenido rentas procedentes de rendimientos íntegros del trabajo inferiores o iguales a:

  • 22.000 € anuales, de un solo pagador o si las cantidades obtenidas del segundo y restantes no supera 1.500 €.
  • 11.200 €, procedentes de más de un pagador, siempre que las percibidas del segundo y restantes no superen los 1.500 €.

Las fechas establecidas en el calendario tributario son las siguientes:

  • Del 1 de abril al 20 de junio: solicitud y confirmación del Borrador de Hacienda (si resulta “a ingresar” finaliza el 25 de junio).
  • Del 23 de abril al 30 de junio: presentación por internet del Modelo 100, de Declaración de la Renta 2013.
  • Del 5 de mayo al 30 de junio: presentación de la Declaración en bancos, delegaciones y administraciones de Hacienda (igualmente, si resulta “a ingresar”, hasta el 25 de junio).
  • A partir del 5 de mayo se puede solicitar cita previa.
  • A partir del 12 de mayo se puede acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria.

A continuación enumeramos los principales cambios que se aplican en este ejercicio:

  • Fin de la deducción por la vivienda habitual: las adquiridas con posterioridad al 31 de diciembre de 2012 ya no tendrán derecho a la desgravación fiscal, que se sigue manteniendo para las adquiridas con anterioridad (un 15%, con un límite de 9.040 €).
  • Business angels (inversores interesados en aportar capital en el inicio de una actividad empresarial): deducción del 20% de su aportación con un límite de 50.000 €, lo que limita la desgravación a 10.000 €.
  • Premios: con efectos de 1 de enero de 2013 desparece la exención total de los premios de loterías y   apuestas  organizadas  por la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE), los órganos de las Comunidades Autónomas, Cruz Roja Española y ONCE así como premios análogos en otros Estados Miembro de la Unión Europea y se crea un gravamen especial del 20% cuando su importe sea superior a 2.500 € (en la parte que exceda dicho importe).
  • Prestaciones por desempleo percibidas en la modalidad de pago único: desaparece el límite de 15.500 €, condicionándose la exención (entre otras) al mantenimiento durante cinco años de la actividad, en el caso del trabajador autónomo.
  • Dividendos distribuidos por Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (SOCIMI): desaparece la exención de dichos dividendos cuando el perceptor sea contribuyente del IRPF sin que sea aplicable la exención de los 1.500 € anuales.
  • Los bienes en el extranjero y las ganancias especulativas, entre otras, tributarán por la base imponible general y no por la del ahorro.

En relación a las deducciones autonómicas del IRPF en el ejercicio 2013 la siguiente tabla muestra un resumen para Andalucía:

Cuadro de deducciones en la renta 2013

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