Artículos doctrinales

01/03/2011

Pérdida de los puntos del carnet. Notificación y recuperación

Últimas reformas: Infracciones que ya no quitan puntos y nueva forma de notificación de las sanciones

Desde la implantación del carnet por puntos se han ido desarrollando reformas, como las introducidas a la Ley de Tráfico, que se encuentran totalmente en vigor desde el pasado 25 de noviembre, siendo importante para todos los conductores conocer la situación actual de la casuística sancionadora que conlleva la retirada de puntos y las formas de recuperar estos si se ha producido una pérdida total o parcial de los mismos.

Las últimas reformas introducidas a la Ley de Tráfico han reducido el número de infracciones que llevan aparejada la retira de puntos del carnet de 27 a 20. Las infracciones que ya no restan puntos son circular por un carril bus, hacerlo sin el alumbrado pertinente, estacionar en curva/túnel/cambio de rasante o intersección, superar el 50% de ocupación del vehículo o dificultar un adelantamiento.

El resto de las infracciones se mantienen, pero ahora los conductores cuentan con nuevos medios para conocer las notificaciones de sanciones que no se les hayan notificado personalmente, nos referimos al Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA) donde el conductor cuenta con un lugar cierto de notificaciones en el que todas las Administraciones con competencia en materia de Tráfico remiten las diferentes comunicaciones, sea cual fuere el ámbito territorial donde el hecho se hubiese cometido.

Por su parte la Dirección Electrónica Vial (DEV), contribuye a que las infracciones en las que no se pueda notificar directamente al conductor o hayan sido captadas por rádares, puedan se notificadas por correo electrónico o en el teléfono móvil, si el titular ha facilitado este medio a Tráfico, poniendo así las nuevas tecnologías al servicio del conductor, pudiendo ser informado incluso de la caducidad del permiso, el saldo de puntos o cualquier información referente al vehículo.

Recuperación de los puntos perdidos

Para recuperar los puntos perdidos, tenemos que partir de la situación en la que nos encontramos, pérdida total o parcial de puntos. Cuando la pérdida de puntos es parcial se pueden recuperar de dos formas:

– La primera de ellas es por el mero transcurso del tiempo, ya que transcurridos dos años desde que nos sancionaron por última vez (partimos de la fecha en que la sanción es firme: es decir sin posibilidad de recurso administrativo) volvemos a tener los puntos repuestos. Si alguna de las sanciones por las que hayamos perdido puntos es muy grave, dicho plazo es de tres años.

– La segunda fórmula es mediante la realización de un curso de sensibilización y reeducación vial, que podremos realizar una vez cada dos años (los profesionales una vez al año) y mediante el que podemos recuperar hasta 6 puntos. Siendo el propio centro que imparta el curso el que comunique telemáticamente a la Dirección General de Tráfico los puntos recuperados en cada caso.

Cuando la pérdida de puntos del carnet es total, no podremos recuperarlos hasta pasados seis meses (los profesionales tres meses) desde la fecha en que la sanción es firme; pasado este plazo tendremos la posibilidad de examinarnos nuevamente en Tráfico previa realización de un curso, para recuperar los puntos. El permiso que se obtiene tras aprobar la prueba teórica dispone de un saldo de 8 puntos.

El precio de los cursos es unitario para todos lo centros que los imparten y el importe es de 359,07 euros para los cursos por pérdida total del permiso de conducción y 190,75 euros para los cursos de recuperación de puntos. Los centros que imparten estos cursos se pueden consultar en la página www.dgt.es, entrando en el apartado de consulta de saldo de puntos, de centros y cursos, pero si lo prefiere puede consultarnos directamente y le facilitaremos los centros más cercanos donde realizar estos cursos.

Teniendo en cuenta las opciones de que dispone el conductor para la recuperación de puntos, se debe evitar la pérdida total de los mismos y sus consecuencias, como son la necesidad de un nuevo examen previa realización de un curso por pérdida total de puntos (con un coste de 359,07 euros), realizando para ello, antes de dar lugar a la pérdida de todos, el curso de recuperación de puntos por el que se recuperan 6 puntos (por sólo 190,75 euros) y ello sin necesidad de nuevo examen.

Retirada de los puntos del permiso de conducción por sentencia e incautación del vehículo

En el caso de pérdida de la autorización administrativa para conducir al haber sido condenado por sentencia firme a la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a dos años, se podrá obtener una vez cumplida la condena, una autorización de la misma clase mediante la realización de un curso sobre seguridad vial y una vez aprobado el preceptivo examen teórico en Tráfico. Si la condena es inferior a dos años, para volver a conducir, únicamente deberá acreditar haber superado con aprovechamiento el curso de reeducación y sensibilización vial.

Finalmente conviene tener en cuenta que tras la entrada en vigor de la reforma del Código Penal se han ampliado los supuestos de decomiso del vehículo entre otros a los grandes excesos de velocidad y conducir sin permiso o sin puntos.

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